Derechos personalísimos y autonomía progresiva del menor de edad en Argentina: sus derechos a la intimidad, al honor y a la imagen

AutorMaria Bibiana Nieto
Páginas91-117
Revista de Derecho n.º 21 (enero-junio 2020) ISSN 1510-3714 ISSN en línea 2393-6193
DOI: https://doi.org/10.22235/rd.vi21.2003
Cómo citar: Nieto, M. B. (2020). Derechos personalísimos y autonomía progresiva del menor de edad en Argentina:
sus derechos a la intimidad, al honor y a la imagen. Revista de Derecho, 21, 91-117.
https://doi.org/10.22235/rd.vi21.2003
Derechos personalísimos y autonomía progresiva del menor de edad en
Argentina: sus derechos a la intimidad, al honor y a la imagen
Personal rights and progressive autonomy of minors in Argentina:
their rights to privacy, honor and image
María Bibiana Nieto
Universidad Católica Argentina
ORCID: 0000-0001-7167-4545
Correo: bnieto@uca.edu.ar
Recibido: 13/12/2019
Aceptado: 28/05/2020
Resumen:
El Código Civil y Comercial de la Nación, vigente en Argentina desde 2015, establece que, en
principio, los menores de 18 años ejercen sus derechos a través de sus representantes legales. Sin
embargo, al adoptar el sistema de autonomía progresiva, los menores pueden realizar por
mismos los actos que la ley establece, cuando han adquirido edad y grado de madurez suficiente.
En este trabajo se examina la especial protección de los derechos personalísimos del menor, y el
despliegue del principio de autonomía progresiva en el ámbito del ejercicio de los derechos de la
personalidad, poniendo énfasis en los derechos a la intimidad, al honor y a la imagen.
Palabras clave: menores de edad; derechos personalísimos; autonomía progresiva; intimidad;
imagen.
Abstract:
The Civil and Commercial Code of the Nation, in force in Argentina since 2015, establishes that,
in principle, children under 18 exercise their rights through their legal representatives. However,
by adopting the progressive autonomy system, minors can perform the acts established by law
when they have acquired enough age and maturity. This paper examines the special protection of
the child's personal rights and the deployment of the principle of progressive autonomy in the
field of the exercise of personality rights, with emphasis on the rights to privacy, honor and image.
Keywords: minors; personal rights; progressive autonomy; privacy; image.
Nieto Derechos personalísimos y autonomía progresiva del menor en Argentina
Revista de Derecho n.º 21 (enero-junio 2020), 91-117 92
Introducción
Los derechos personalísimos, derechos subjetivos inherentes a la persona humana,
requieren capacidad de ejercicio para su disposición. El Código Civil y Comercial de la
Nación (CCC), vigente en Argentina desde agosto de 2015 (Ley 26994),1 establece que,
en principio, los menores de 18 años son incapaces y ejercen sus derechos a través de sus
representantes legales. Sin embargo, al adoptar el sistema de autonomía progresiva, se
exceptúan de la representación, y los menores pueden realizar por sí mismos los actos que
la ley establece, cuando han adquirido edad y grado de madurez suficiente.
Este trabajo se propone examinar la especial protección de los derechos
personalísimos del niño y el despliegue del principio de autonomía progresiva en el
ámbito del ejercicio de los derechos de la personalidad del menor de edad, poniendo
especial énfasis en los derechos a la intimidad, al honor y a la imagen.
Teniendo en cuenta que los casos que rige la legislación del Derecho privado
deben ser resueltos de acuerdo con las leyes que resulten aplicables, interpretándolas
conforme a la Constitución Nacional y a los tratados de derechos humanos suscriptos por
Argentina (CCC, art. 1), el presente trabajo comienza analizando las normas
constitucionales y legales referida a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Posteriormente, se aborda la regulación de los derechos personalísimos en general,
para luego tratar la protección reforzada de los derechos a la intimidad, al honor y a la
imagen del menor de edad.
Seguidamente, se individualiza a los sujetos legitimados para exigir el cese de la
perturbación o ataque y/o la reparación del daño en caso de lesiones potenciales o actuales
a los derechos personalísimos a la intimidad, al honor y a la imagen del niño.
A continuación, se detallan las normas que contemplan la autonomía progresiva
en el ejercicio de los derechos del menor de edad establecidas en el CCC. Dentro de este
apartado, se estudia primero el ejercicio de los derechos a la vida y a la integridad física
vinculados a la salud y, en segundo lugar, el ejercicio de los derechos a la intimidad y a
la imagen. Finalmente, se presentan las conclusiones.
1 Sustituyó a los códigos civil y comercial de la Nación que, con diversas reformas y leyes complementarias,
imperaron desde fines del siglo XIX hasta el 1 de agosto de 2015, fecha en la cual entró en vigor.

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