Diario Oficial de la República del Uruguay del 01 de septiembre de 2026

Fecha de publicación01 Septiembre 2026
Número de Gaceta31989
3
Documentos
Nº 31.989 - setiembre 1º de 2026
DiarioOficial |
Librería
IMPO
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
1
Ley 20.515
Autorízase la salida del país, de una delegación de 47 efectivos del
Ejército Nacional, a efectos de participar en la ejecución del “Ejercicio de
Simulación Constructiva y Virtual - EJ MINUANO”, a llevarse a cabo en
las ciudades de Pelotas y Santa María, República Federativa de Brasil, en
los períodos que se indican.
(3.659*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental
del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
1
Artículo único.- Autorízase la salida del país de una delegación
de 47 (cuarenta y siete) efectivos del Ejército Nacional, a efectos de
participar en la ejecución del “Ejercicio de Simulación Constructiva y
Virtual - EJ MINUANO”, a llevarse a cabo en las ciudades de Pelotas -
RS y Santa María - RS, República Federativa de Brasil, en los períodos
comprendidos entre el 10 y el 21 de agosto de 2026 y entre el 19 de
setiembre y el 1º de octubre de 2027.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo,
a 4 de agosto de 2026.
RODRIGO GOÑI REYES, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 14 de Agosto de 2026
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se autoriza
la salida del país de una delegación de 47 (cuarenta y siete) efectivos del
Ejército Nacional, a efectos de participar en la ejecución del “Ejercicio
de Simulación Constructiva y Virtual - EJ MINUANO”, a llevarse a
cabo en las ciudades de Pelotas - RS y Santa María - RS, República
Federativa de Brasil, en los períodos comprendidos entre el 10 y el 21
de agosto de 2026 y entre el 19 de setiembre y el 1º de octubre de 2027.
PROF. YAMANDÚ ORSI; JOEL RODRÍGUEZ; CARLOS NEGRO;
VALERIA CSUKASI.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 1.969/026
Dispónese no hacer lugar a lo peticionado por la oferente TEREGAL
S.A., y adjudícase la Licitación Pública Nº 6/2025 para la “Contratación
de Servicio de Conserjería” con destino al Hospital Maciel, a la rma
SELKESUR S.A.
(3.664)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 21 de Mayo de 2026
Visto: la Licitación Pública Nº 6/2025 para la “ Contratación de
Servicio de Conserjería” con destino al Hospital Maciel;
Resultando: I) que con fecha 14/08/2025 se realizó la publicación
en el sitio web de ARCE y con fecha 19/08/2025 en el Diario Ocial;
II) que al acto de apertura realizado con fecha 23/09/2025 se
presentaron 8 (ocho) oferentes;
III) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones según informes a
fs. 513 a 514, fs. 547 y fs. 581 sugiere adjudicar la presente licitación a
la rma SELKESUR S.A.;
Considerando: I) que el Tribunal de Cuentas de la República
por Resolución Nº 3230/2025 de fecha 17/12/2025 decidió cometer la
intervención del gasto;
II) que se conrió la vista prevista en el artículo 67 del TOCAF la que
fue evacuada por la oferente TEREGAL S.A. planteando observaciones
a la oferta presentada por SELKESUR S.A. las que fueron debidamente
analizadas por la Comisión Asesora, quien mantiene su informe;
III) que según informa la Asesoría Jurídica y la Dirección Jurídica
Notarial procede desestimar los descargos formulados por la oferente
TEREGAL S.A. los que de acuerdo a lo previsto por el artículo 65
del TOCAF constituyen una petición administrativa en los términos
de los artículos 30 y 318 de la Constitución de la República, a la que
corresponde no hacer lugar al momento del dictado de resolución de
adjudicación;
IV) que no existen impedimentos para la realización de la
contratación según lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 18.244;
V) que por lo expuesto corresponde proceder en consecuencia;
Atento: a lo expuesto, a lo dispuesto por los artículos 33 y siguientes
del TOCAF y 5º de la Ley Nº 18.161 de fecha 29/07/2007;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) No hacer lugar a lo peticionado por la oferente TEREGAL S.A..
2º) Adjudícase la Licitación Pública Nº 6/2025 para la “Contratación
de Servicio de Conserjería” con destino al Hospital Maciel, a la rma
SELKESUR S.A.. según el siguiente detalle:
4Documentos Nº 31.989 - setiembre 1º de 2026 | DiarioOficial
IMPOmultimedia
3º) El plazo de contratación será de un año a partir de la fecha que
se establezca en la noticación al adjudicatario, luego de la intervención
del Tribunal de Cuentas de la República y/o Contador Delegado según
corresponda de acuerdo a lo dispuesto por el Literal B del artículo 211
de la Constitución de la República y se prorrogará automáticamente
por hasta dos períodos de doce meses cada uno.
4º) La forma de pago será mediante Crédito por el Sistema
Integrado de Información Financiera (SIIF) y se realizará a los sesenta
días del cierre del mes al que pertenezca la factura.
5º) La actualización de precios será de 80% de la variación de los
salarios y se realizará en el mes de enero de cada año de acuerdo a
lo establecido en el punto 6 del Pliego de Condiciones Particulares.
6º) El nanciamiento se realizará con cargo a la nanciación 1.1
Rentas Generales y/o 1.2 Recursos con Afectación Especial, de acuerdo
a la existencia de crédito disponible en cada nanciamiento.
7º) El monto total adjudicado en la presente Licitación Pública
Nº 6/2025 asciende a la suma de $ 50.669.625,60 (cincuenta millones
seiscientos sesenta y nueve mil seiscientos veinticinco con 60/100 pesos
uruguayos) impuestos incluidos para el período inicial de doce (12)
meses.
8º) Pase a la Auditoría Delegada de A.S.S.E. para su intervención.
Exp.: 53/2026
Res.: 1969/2026
bb
Dr. Álvaro Danza, Presidente, Administración de los Servicios de
Salud del Estado; Dra. Marcela Cuadrado, Vocal, Administración de
los Servicios de Salud del Estado.
3
Resolución 3.389/026
Dispónese no hacer lugar a lo peticionado por la oferente SELKESUR
S.A., y adjudícase la Licitación Pública Nº 13/2025 de “Servicio de
Conserjería para las dependencias de la Región Centro Oeste de la RAP
Metropolitana, a la rma TEREGAL S.A.
(3.665)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 4 de Junio de 2026
Visto: la Licitación Pública Nº 13/2025 de “Servicio de Conserjería
para las dependencias de la Región Centro Oeste de la R.A.P.
Metropolitana”;
Resultando: que con fecha 19/02/2025 se realizó la publicación
en el sitio web de ARCE y con fecha 24/02/2025 en el Diario Ocial;
II) que al acto de apertura realizado con fecha 28/03/2025 se
presentaron 6 (seis) oferentes;
III) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones sugiere a fs. 279
adjudicar la presente licitación a la rma TEREGAL S.A.;
Considerando: I) que se conrió la vista prevista en el artículo
67 del TOCAF, la que fue evacuada por la oferente SELKESUR S.A.
quien solicita la validación de su oferta por la Comisión Asesora de
Adjudicaciones, peticionando a la Administración que tenga por
subsanadas las referencias presentadas así como que se le aplique a
la misma el porcentaje relativo al benecio de la Industria Nacional;
II) que convocada la Comisión Asesora de Adjudicaciones, ésta
se pronuncia sobre los descargos formulados por SELKESUR S.A. en
el sentido de que la correcta presentación de la oferta constituye un
requisito de cumplimiento obligatorio no subsanable, no resultando
posible corroborar la información relativa a la preferencia alegada por
la oferente en virtud de que el archivo se encuentra en blanco;
III) que según informan la Asesoría Jurídica y la Dirección Jurídica
Notarial de A.S.S.E., se concluye que no surgen elementos que
desvirtúen lo dictaminado por la Comisión Asesora de Adjudicaciones
entendiendo que la Administración actuó conforme a derecho en tanto
los extremos alegados por la oferente constituyen errores sustanciales
no subsanables que impiden tomar su oferta como válida en el marco
del presente procedimiento, correspondiendo considerar su evacuación
de vista como petición administrativa conforme los artículos 30 y
318 de la Constitución de la República y artículo 67 del TOCAF en
oportunidad del dictado de la resolución de adjudicación;
IV) que el Tribunal de Cuentas de la República por Resolución
Nº 534/2026 de fecha 11/03/2026 resolvió cometer la intervención del
gasto al Contador Delegado;
V) que no existen impedimentos para la contratación de acuerdo
a lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley Nº 18.244;
VI) que en mérito a lo referenciado corresponde proceder en
consecuencia;
Atento: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 33 y siguientes
del TOCAF y artículo 5º de la Ley N.º 18.161 de fecha 29/07/2007;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) No hacer lugar a lo peticionado por la oferente SELKESUR S.A..
2º) Adjudícase la Licitación Pública Nº 13/2025 de “Servicio de
Conserjería para las dependencias de la Región Centro Oeste de la
R.A.P. Metropolitana a la rma TEREGAL S.A.. según el siguiente
detalle:
Item Nº 1 Servicio de Conserjería Horas Diurnas
Proveedor Cantidad
Hasta Precio
Unitario Impuestos Precio Total
TEREGAL S.A. 82840 $ 378,89 IVA Básico $ 38.292.442,07
Item Nº 2 Servicio de Conserjería Horas Nocturnas
Proveedor Cantidad
Hasta Precio
Unitario Impuestos Precio Total
TEREGAL S.A. 14826 $ 492,56 IVA Básico $ 8.909.287,36
3º) El plazo de la contratación será de un año a partir de la fecha que
se establezca en la noticación al adjudicatario, luego de la intervención
del Tribunal de Cuentas de la República y/o Contador Delegado
según corresponda, y se prorrogará automáticamente por hasta
dos períodos de un año cada uno, salvo manifestación en contrario
de una de las partes que deberá ser comunicada a la otra mediante
telegrama colacionado, carta con aviso de retorno o cualquier otro
medio fehaciente, con una antelación no menor a treinta días (30) de
la fecha de vencimiento del plazo original del contrato o de cualquiera
de sus prórrogas.
4º) La forma de pago será mediante Crédito por el Sistema
Integrado de Información Financiera (SIIF) y se realizará a los sesenta
días del cierre del mes al que pertenezca la factura, siempre que se
haya presentado la totalidad de la documentación exigida al efecto.
5º) La actualización del valor hora se realizará en el mes de enero de
cada año y será por el 80% de la variación de los salarios y de acuerdo a
lo establecido en el Artículo Nº 6 del Pliego de Condiciones Particulares.
6º) El nanciamiento se realizará con cargo a la nanciación 1.2
Recursos con Afectación Especial, existiendo disponibilidad de crédito,
correspondiendo su imputación al rubro de gastos de funcionamiento
y al objeto del gasto Nº 289.
7º) El monto total adjudicado en la presente Licitación Pública Nº
13/2025 para el plazo de un año asciende a la suma de $ 47.201.729,43
(cuarenta y siete millones doscientos un mil setecientos veintinueve
con 43/100 pesos uruguayos) impuestos incluidos.
8º) Pase a la Auditoría Delegada de A.S.S.E. para su intervención.
Exp.: 1387/2025
Res.: 3389/2026
bb
Dr. Álvaro Danza, Presidente, Administración de los Servicios de
Salud del Estado; Dra. Marcela Cuadrado, Vocal, Administración de
los Servicios de Salud del Estado.
5
Documentos
Nº 31.989 - setiembre 1º de 2026
DiarioOficial |
4
Resolución 3.462/026
Déjase sin efecto el llamado a Licitación Pública Nº 1/2025, de
“Contratación de Servicio de Vigilancia” con destino al Centro
Departamental de Paysandú.
(3.666)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 4 de Junio de 2026
Visto: el llamado a Licitación Pública Nº 1/2025 de “Contratación
de Servicio de Vigilancia” con destino al Centro Departamental de
Paysandú - U.E. 024;
Resultando: que la Gerencia General recomienda dejar sin efecto
el procedimiento en atención a que la Administración se encuentra
avocada a la modificación de los pliegos modelo variando las
condiciones particulares para este tipo de servicio;
Considerando: I) que según surge del punto 11 del pliego particular
de condiciones de la licitación de referencia, la Administración se
reservó el derecho de adjudicar total o parcialmente el llamado o
dejar sin efecto el mismo en cualquier etapa del procedimiento según
se estime conveniente a los intereses del Organismo;
II) que según dispone el artículo 68 del TOCAF, recibido el informe
de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, el ordenador competente
deberá adjudicar, declarar desierta o rechazar todas las ofertas, solicitar
ampliación de información o seguir otros cursos de acción por razones
de buena administración;
III) que por lo expuesto y en atención a los fundamentos planteados
por la Gerencia General y Gerencia Administrativa Financiera
corresponde proceder en consecuencia, y dejar sin efecto el llamado
de referencia;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
Artículo 5º de la Ley 18.161 de fecha 29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Déjase sin efecto el llamado a Licitación Pública Nº 1/2025
de “Contratación de Servicio de Vigilancia” con destino al Centro
Departamental de Paysandú - U.E. 024.
2º) Pase al Centro Departamental de Paysandú a efectos de
continuar el trámite.
Exp.: 1788/2025
Res.: 3462/2026
/xb
Dr. Álvaro Danza, Presidente, Administración de los Servicios de
Salud del Estado; Dra. Marcela Cuadrado, Vocal, Administración de
los Servicios de Salud del Estado.
5
Resolución 3.484/026
Adjudícase la Compra Directa “Obra para la reforma de servicio de
internación con destino al Centro Departamental de San José”, a la
rma Stiler S.A.
(3.667)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 8 de Mayo de 2026
Visto: estos antecedentes relacionados con la Compra Directa
Obra para la reforma de servicio de internación con destino al Centro
Departamental de San José;
Resultando: que de acuerdo a lo informado por la Gerencia
Administrativa Financiera de A.S.S.E. y el precio cotizado se sugiere
adjudicar a la empresa Stiler S.A.;
Considerando: que por lo expuesto corresponde proceder en
consecuencia;
Atento: a lo establecido por el Artículo 33 del TOCAF y lo dispuesto
por las Resoluciones N.º 2348/2016 del Directorio de A.S.S.E. de fecha
18/05/2016 y Resolución N.º 3881/2025 de fecha 06/05/2025;
La Gerencia General de ASSE
en ejercicio de atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Adjudícase la Compra Directa Obra para la reforma de servicio
de internación con destino al Centro Departamental de San José, a la
rma Stiler S.A. según detalle de fs 104 a 113, por un monto total de
$ 29.509.276 (veintinueve millones quinientos nueve mil doscientos
setenta y seis pesos uruguayos) IVA incluido, con un monto imponible
de $ 5.072.457 (cinco millones setenta y dos mil cuatrocientos cincuenta
y siete pesos uruguayos).
2º) El monto total del presente llamado asciende, con pago Crédito
a través de la Comisión de Inversiones de la U.E. 068, a la suma de
$ 29.509.276 (veintinueve millones quinientos nueve mil doscientos
setenta y seis pesos uruguayos) IVA incluido.
3º) Pase a la Comisión de Inversiones de la UE 068 para noticar
a la rma.
Nota: 029/74/2025
Res.: 3484/2026
bb
Dr. Federico Martiarena Izquierdo, Gerente General, Administración
de los Servicios de Salud del Estado.
6
Resolución 4.899/026
Acéptase la renuncia a la función de Adjunta a Vicepresidencia del
Directorio de ASSE, presentada por la Sra. María del Luján Rodríguez
Hortiguera, a partir de la fecha que se indica.
(3.668)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 18 de Junio de 2026
Visto: la nueva conformación del equipo de trabajo de la
Vicepresidencia del Directorio de A.S.S.E.;
Resultando: I) que las Resoluciones del Directorio de A.S.S.E.
N.º 2767/10 de fecha 10/11/2010, N.º 1324/14 de fecha 11/06/2014, N.º
2373/16 de fecha 18/05/2016, la N.º 5529/17 de fecha 22/11/2017 y la N.º
2388/25 de fecha 26/03/2025 establecen la integración y la permanencia
del Equipo de Trabajo vinculado a cada Director;
II) que por Resolución del Directorio de A.S.S.E., N.º 2386/2025 de
fecha 26/03/2025 se designó en la función de Adjunta a Vicepresidencia
del Directorio de A.S.S.E. a la Sra. María del Luján Rodríguez
Hortiguera;
III) que la Sra. Rodríguez presenta ante la Comisión de Apoyo nota
con fecha 01/06/2026 en la que maniesta su voluntad de renunciar a
la función mencionada;
Considerando: que en tal sentido, se entiende pertinente proceder
en consecuencia aceptando la renuncia a la función de Adjunta a
Vicepresidencia del Directorio de A.S.S.E. presentada por la Sra. María
del Luján Rodríguez Hortiguera;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el
artículo 5º de la Ley N.º 18.161 de 29/07/2007;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Acéptase la renuncia a la función de Adjunta a Vicepresidencia
del Directorio de A.S.S.E. presentada por la Sra. María del Luján

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