Diario Oficial de la República del Uruguay del 25 de mayo de 2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.950 - mayo 25 de 2018
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 22 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
1
Resolución 1.226/018
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Sra. Gladys Mabel
Gonzatto González como Técnico IV Licenciado en Laboratorio Clínico,
perteneciente al Centro Departamental de Canelones.
(3.175)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 11 de Abril de 2018
VISTO: la renuncia presentada por la funcionaria GLADYS
MABEL GONZATTO GONZALEZ, C.I. Nº 3.027.470-4, quien detenta
un cargo presupuestal, perteneciente a la Unidad Ejecutora 016 -
Centro Departamental de Canelones - TÉC. IV LICENCIADO EN
LABORATORIO CLÍNICO - Escalafón “A”- Grado 07 - Correlativo
1612, para acogerse a los benecios jubilatorios por imposibilidad física;
RESULTANDO: que la Dirección Técnica de Prestaciones de Salud
del B.P.S., dictamina que la funcionaria congura una incapacidad total
y absoluta para todo trabajo a partir del 11/08/2017, con un porcentaje
de baremo del 66,00%;
CONSIDERANDO: que la incapacidad total y absoluta para todo
trabajo que le fuera dictaminada surge conforme lo establece el artículo
19 de la Ley Nº 16.713;
ATENTO: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por
Resolución Nº 5674/14 de Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria GLADYS
MABEL GONZATTO GONZALEZ, C.I. Nº 3.027.470-4, quien detenta
un cargo presupuestal, perteneciente a la Unidad Ejecutora 016 -
Centro Departamental de Canelones - TÉC. IV LICENCIADO EN
LABORATORIO CLÍNICO - Escalafón “A”- Grado 07 - Correlativo
1612, para acogerse a los benecios jubilatorios por imposibilidad
física, a partir del 01 de mayo de 2018.
2) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada para
conocimiento y noticación de la funcionaria. Pase a los Departamentos
de Cuentas Personales e Historia Laboral y de Sueldos de la Gerencia
de Recursos Humanos de A.S.S.E.
Res.: 1226/2018
Ref.: 29/016/3/35/2016/0/0
MB/lp
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
2
Resolución 1.227/018
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Sra. María Esperanza
Notta como Especialista VII S. Asis., perteneciente al Hospital Maciel.
(3.176)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 11 de Abril de 2018
VISTO: la renuncia presentada por la funcionaria MARIA
ESPERANZA NOTTA, C.I. Nº 1.400.098-3, quien detenta un cargo
presupuestal perteneciente a la Unidad Ejecutora 005 - Hospital Maciel
- ESPECIALISTA VII S. ASIS. - Escalafón “D”- Grado 03 - Correlativo
9821, para acogerse a los benecios jubilatorios por imposibilidad
física;
RESULTANDO: que la Dirección Técnica de Prestaciones de Salud
del B.P.S., dictamina que la funcionaria congura una incapacidad
absoluta y permanente para el empleo o profesión habitual con un
porcentaje de Baremo de 51,39% a partir de 03/08/2017, debiendo
realizarse examen denitivo al 03/08/2020;
CONSIDERANDO: I) que la incapacidad absoluta y permanente
para el empleo o profesión habitual que le fuera dictaminada, es
considerada como absoluta y permanente para todo trabajo, al contar
la funcionaria con la edad mínima para jubilarse, conforme lo establece
II) que según consta a fojas 16 la funcionaria acepta la jubilación
denitiva;
ATENTO: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por
Resolución de Directorio de A.S.S.E. Nº 5674/14 de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria MARIA
ESPERANZA NOTTA, C.I. Nº 1.400.098-3, quien detenta un cargo
presupuestal perteneciente a la Unidad Ejecutora 005 - Hospital Maciel
- ESPECIALISTA VII S. ASIS. - Escalafón “D”- Grado 03 - Correlativo
9821, para acogerse a los benecios jubilatorios por imposibilidad
física, a partir del 01 de mayo de 2018.
2) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada para
conocimiento y noticación de la funcionaria. Pase a los Departamentos
de Cuentas Personales e Historia Laboral y de Sueldos de la Gerencia
de Recursos Humanos de A.S.S.E.
Res.: 1227/2018
Ref: 29/005/2/371/2017/0/0
MB/lp
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
4Documentos Nº 29.950 - mayo 25 de 2018 | DiarioOf‌icial
3
Resolución 1.254/018
Reitérase el gasto correspondiente a la liquidación de haberes del
GRUPO 10, 90 y 95 de las UE mencionadas, correspondiente al mes de
febrero de 2018.
(3.177)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 28 de Febrero de 2018
Visto: la observación formulada por el Contador Delegado del
Tribunal de Cuentas al presupuesto correspondiente al pago del mes
de febrero de 2018 del Grupo 10, 90 y 95 de las UE 002, 004, 005, 006,
007, 008, 009, 010, 012, 015, 016, 017, 018, 019, 020, 021, 022, 024, 025,
026, 027, 028, 029, 030, 031, 032, 034 035, 036, 039, 040, 041, 042, 043,
044, 045, 046, 048, 049, 050, 051, 052, 053, 055, 057, 058, 059, 061, 062,
063, 064, 066, 068, 073, 076, 078, 079, 080, 081, 082, 083, 084, 086, 087,
102, 103 y 105 por un monto de $ 1.207.268.490 (mil docientos siete
millones doscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos noventa pesos
uruguayos).
Resultando: que las observaciones reeren: 1) carecer de norma
legal habilitante para liquidación de la partida por rubro 0 de los
Complementos de CTI correspondientes a la Resolución del Directorio
Nº 2818/12 en virtud de que no obedece al pago de la clausula 4ta.
del Convenio suscrito con fecha 24/05/2011 entre A.S.S.E., SMU y
FEMI visto este oportunamente por el TCR y sin observaciones,
así como por no contar con el nanciamiento necesario acorde a
lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos en virtud de
lo antes expuesto; 2) carecer de norma legal habilitante en virtud
de la consulta realizada por ésta Auditoría con fecha 21/09/2010 al
TCR referida a la aplicación del llamado “Subsidio de Enfermedad”
resuelto por el Directorio de ASSE. con fecha 31/10/09 y acorde con la
respuesta proporcionada por el TCR en carpeta Nº 229924 E 6581/10
y 6634/10 del 28 de Diciembre de 2010 en su consideración Nº 5
donde maniesta que por los artículos 59 y 61 de la Constitución
de la República y al tratarse de la licencia por enfermedad de los
funcionarios de los servicios descentralizados, materia reservada a
la ley; no puede ser objeto de negociación colectiva y por ende para
implementar un régimen de descuento es preciso una ley formal que
lo establezca; 3) incluir el pago del Convenio celebrado el 21/09/12
acorde a la Resolución del TCR carpeta Nº EE 2013-17-1-0001636 Ent
1415/13 (Art. 214 de la Constitución de la Repùblica); 4) por carecer
de norma legal habilitante para liquidación de la partida Rubro 0 de
los Complementos de Médicos Intensivistas correspondientes a la
Resolución del Directorio Nº 4781/13 en virtud de que no obedece al
pago de la cláusula 4ta. del Convenio suscrito con fecha 24/05/2011
entre A.S.S.E., SMU y FEMI visto este oportunamente por el TCR
y sin observaciones, así como por no contar con el nanciamiento
necesario; 5) Por incluir el pago del Acuerdo Colectivo (Vacunadoras)
celebrado el 14/06/2016 acorde a la Resolución del TCR carpeta Nº
EE 2016-17-1-0005413 Ent. 4151/16 (Art. 211 Lit. B de la Constitución
de la República); 6) Por no contar con nanciamiento necesario para
la nueva estructura salarial de la U.E. 068 planteada en la Resolución
Nº 928/2017, referida a las funciones de chofer;
Considerando: que se estima pertinente reiterar el gasto de
referencia a n de no interrumpir el normal funcionamiento del
Servicio;
Atento:a lo antedicho, a lo establecido en el Art. 114 del TOCAF y
al artículo 7º, Lit. b de la Ley 18.161 de fecha 29/07/07;
El Presidente (I) del Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1) Reitérase el gasto correspondiente a la liquidación de haberes
del mes de febrero de 2018 del Grupo 10, 90 y 95 de las UE 002, 004,
005, 006, 007, 008, 009, 010, 012, 015, 016, 017, 018, 019, 020, 021, 022,
024, 025, 026, 027, 028, 029, 030, 031, 032, 034 035, 036, 039, 040, 041,
042, 043, 044, 045, 046, 048, 049, 050, 051, 052, 053, 055, 057, 058, 059,
061, 062, 063, 064, 066, 068, 073, 076, 078, 079, 080, 081, 082, 083, 084,
086, 087, 102, 103 y 105 por un monto de $ 1.207.268.490 (mil docientos
siete millones doscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos noventa
pesos uruguayos) según planilla adjunta y que forma parte de la
presente resolución.
2) Pase a sus efectos al Área de Auditores Delegados de A.S.S.E..
Nota: 1372/2018
Res.: 1254/2018
/fv
Sr. Heber Galli, Presidente (I), Administración de los Servicios de
Salud del Estado
SUELDOS FEBRERO 2018
Resolución 1254/2018
GRUPOS 10 - 90 - 95
U.E. AFECT. IMPORTE U.E AFECT. IMPORTE
002 74 90.097.628 044 15 9.438.130
004 197 101.179.626 045 20 6.474.294
005 107 886.173 046 24 10.033.138
005 109 52.424.216 SIAP 048 39 12.697.269
006 152 52.810.629 049 35 10.073.898
007 74 307.307 050 40 16.141.903
007 75 24.605.968 SIAP 051 23 6.191.177
008 106 16.282.352 052 34 5.774.468
009 86 15.664.777 053 35 4.370.306
010 58 5.405.462 055 33 6.650.986
012 82 29.394.419 057 51 18.586.804
015 46 17.207.152 058 38 9.502.097
016 38 14.564.035 059 30 8.243.883
017 22 19.329.680 061 28 7.669.084
018 31 12.514.775 062 55 21.473.350
019 50 13.376.699 063 84 16.174.784
020 16 10.548.159 064 59 3.275.069
021 68 23.567.839 066 121 6.676.193
022 56 17.632.776 068 118 512.301
024 49 35.480.074 068 121 79.660.024 SIAP
025 25 24.829.926 068 119 1.098.621 SIAP G.95

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