Diario Oficial de la República del Uruguay del 25 de febrero de 2019 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 30.140 - febrero 25 de 2019
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 20 y 21 de febrero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
1
Resolución S/n
Prorrógase la excepción de la aplicación del arancel jado por el Decreto
643/006 a los productos cuyo ítem se especica, productor y exportador
(TABLEPLAST SRL.) e importador (MYL S.A.).
(1.087)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 20 de Febrero de 2019
VISTO: que la empresa MYL S.A. se presenta al amparo de lo
dispuesto por el Decreto Nº 367/011 de fecha 14 de octubre de 2011,
solicitando se prorrogue la excepción obtenida al régimen de pérdida
de preferencia arancelaria establecida en el artículo 9, literal a), del
Decreto Nº 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006;
RESULTANDO: I) que el artículo 1 del Decreto Nº 367/011 de
14 de octubre de 2011, establece que todo importador que haya sido
exceptuado del arancel jado de conformidad con el artículo 1 del
Decreto 473/006 de 27 de noviembre de 2006, al amparo de lo dispuesto
en el artículo 9 del citado decreto deberá presentar cada dos años un
certicado emitido por la Administración Federal de Ingresos Públicos
(AFIP) de la República Argentina que establezca que no ha recibido
benecios tributarios al amparo del régimen de Zonas de Promoción
Industrial en los últimos dos años para los productos clasicados en
la misma partida arancelaria que el producto incluido en el régimen
y/o productos que sean insumos o formen parte del producto nal
incluido en el régimen;
II) que la empresa MYL S.A. presentó constancia de inscripción,
emitido por la AFIP de la República Argentina con fecha 07 de
diciembre de 2018 de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 3 del
Decreto 367/011 de 14 de octubre de 2011, ante la Dirección Nacional
de Industrias;
II) que la Dirección Nacional de Industrias ha verificado el
cumplimiento de los extremos establecidos en el artículo 1 del Decreto
Nº 367/011;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
Decreto Nº 473/006 de fecha 27 de noviembre de 2006, el Decreto Nº
643/006 de 27 de diciembre de 2006 y el Decreto Nº 367/011 de 14 de
octubre de 2011;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
1
1º.- Prorrógase la excepción otorgada mediante Resolución
Ministerial de 29 de noviembre de 2007, prorrogada por última vez
por Resolución Ministerial de 07 de diciembre de 2017 (a regir para los
despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección
Nacional de Aduanas desde el 26 de enero de 2018 y hasta el 25 de enero
de 2019) de la aplicación del arancel jado por el Decreto Nº 643/006
de 27 de diciembre de 2006, en su Anexo I a los productos, productor,
exportador e importador especicados a continuación:
NCM -
Descripción Productor Exportador Importador
3925.90.90.00:
ARTÍCULOS
PARA LA
CONSTRUCCIÓN,
DE PLÁSTICO,
NO
EXPRESADOS NI
COMPRENDIDOS
EN OTRA PARTE.
Los demás.
Los demás.
Exclusivamente:
plaquetas de
luz para líneas
de embutir
de instalación
domiciliaria, sus
soportes (puentes,
bastidores),
accesorios
(ribetes), así como
cajas exteriores.
TABLEPLAST
SRL. TABLEPLAST
SRL. MYL S.A. RUT:
210029770017
2
2º.- Esta prórroga de la excepción arancelaria regirá para todos los
despachos de importación numerados y registrados ante la Dirección
Nacional de Aduanas desde el 26 de enero de 2019 y hasta el 25 de
enero de 2021 de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto
367/011 de fecha 14 de octubre de 2011.
3
3º.- Comuníquese y publíquese en el Diario Ocial y en la página
web del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
4
4º.- Cumplido, archívese por la Dirección Nacional de Industrias.
GUILLERMO MONCECCHI.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 4.714/018
Acéptase la renuncia presentada por el funcionario Dr. Marcos Alfredo
Pini Rodríguez como Técnico III Médico, perteneciente al Centro
Departamental Río Negro.
(981)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 30 de Agosto de 2018
Visto: la renuncia presentada por motivos particulares del
funcionario Sr. Marcos Alfredo Pini Rodríguez, de la Administración
de los Servicios de Salud del Estado;
Considerando: que para su tramitación se dio cumplimiento a los
requisitos exigidos en los formularios respectivos;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
4Documentos Nº 30.140 - febrero 25 de 2019 | DiarioOficial
113 años
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada por el funcionario MARCOS
ALFREDO PINI RODRÍGUEZ - C.I.: 1.914.394-0, como Técnico III
Médico, Presupuestado, perteneciente al Centro Departamental Río
Negro, (Unidad Ejecutora 026 - Escalafón A” - Grado 08 - Correlativo
1045), a partir del 06 de setiembre de 2018.
2) Comuníquese, pase a la Unidad Ejecutora pertinente,
Habilitaciones, Historia Laboral, y División Remuneraciones de la
Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E. - Cumplido, archívese en
la Unidad Ejecutora respectiva.
Res: 4714/18
Ref: 29/026/2/47/2018
/ms.
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.
3
Resolución 4.809/018
Autorízase la modicación del compromiso funcional de la Sra. Rosario
Cardozo.
(983)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 17 de Setiembre de 2018
Visto: la baja por jubilación del Sr. Carlos Olivera, C.I. 1.544.106-3,
quien cumplía funciones en la Intendencia del Edicio Libertad;
Resultando: I) que de acuerdo a lo solicitado por la Dirección
Administrativa de la Unidad Ejecutora 068 se estima necesario designar
a la Sra. Rosario Cardozo como Analista Contable Administrativo,
según la estructura aprobada para la Gerencia Administrativa en
Resolución del Directorio de A.S.S.E. No. 2341/2016 de fecha 18/05/2016;
II) que se cuenta con el visto bueno nanciero de la Dirección
Gestión Administrativa de Recursos Humanos de A.S.S.E
Considerando: que se estima pertinente proceder en consecuenca;
Atento: a lo expuesto y a la Resolución del Directorio de A.S.S.E.
Nº 5674/2014 de fecha 18/12/14.
El Gerente Administrativo de A.S.S.E.
en el ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Autorízase la inclusión de la funcionaria Sra. Rosario Cardozo,
C.I. 1.965.298-3 (Programa 5, Correlativo 23520, Presupuestado,
Escalafón E, Grado 11) de la U.E. 068, en la estructura aprobada para
la Gerencia Administrativa de A.S.S.E. en Resolución del Directorio
de A.S.S.E. No. 2341/2016 de fecha 18/05/2016, como Analista Contable
Administrativo.
2º) Adecúese el salario a las funciones asignadas.
3º) Comuníquese a la U.E. 068 para conocimiento y noticación de
la interesada y a la División Remuneraciones. Tomen nota las Gerencias
General y de Recursos Humanos de ASSE y sus Ocinas competentes.
Nota: 068/5773/2018
Res.: 4809/2018
fv
Cr. HECTOR GARBARINO, Gerente Administrativo, A.S.S.E.
4
Resolución 4.835/018
Apruébanse las Bases Generales de los concursos para la asignación de
funciones de Gerente Asistencial de ASSE.
(984)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
Montevideo, 29 de Agosto de 2018
Visto: que en el marco del Proyecto de Fortalecimiento,
Profesionalización y Reestructura de la Gerencia General de A.S.S.E.,
corresponde asignar funciones de Gerente Asistencial de A.S.S.E.
mediante la realización de concurso;
Resultando: que la Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia
General de A.S.S.E. han proyectado la realización de concursos de
antecedentes, méritos y prueba de oposición para a la asignación de
funciones de Gerente Asistencial;
Considerando: que resulta pertinente proceder a aprobar las bases
generales del concurso;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el
artículo 5º, literal E de la Ley Nº 18.161 en la redacción dada por el
art. 454 de la Ley 18.362;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Apruébase el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente
Resolución, donde se establecen las Bases Generales de los concursos para
asignar funciones de Gerente Asistencial de A.S.S.E. mediante la realización
de concursos de antecedentes, méritos y prueba de oposición.
2º) Desígnanse como integrantes del Tribunal de Selección
que intervendrá en este Concurso, a Dr. Jorge Cerdeña (Abogado)
-Director de Auditoría y Transparencia de A.S.S.E.- Presidente; Prof.
Dr. Fernando Tomasina -Especialista en Administración de Servicios
de Salud, Profesor Titular del Departamento de Salud Ocupacional- y
el Dr. Oscar Gianneo -Especialista en Administración de Servicios
de Salud, Asesor de la Dirección General de la Salud, Docente
colaborador del Posgrado de Administración de Salud UDELAR.
En carácter de veedor habrá un delegado de las organizaciones
representativas de los concursantes (SMU, FEMI, FFSP), quien
tendrá voz pero no voto. La Dirección de Desarrollo Humano,
perteneciente a la Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.,
cumplirá funciones de asesoramiento técnico y apoyo administrativo
al Tribunal interviniente.
3º) Comuníquese, publíquese en Diario Ocial, en el sitio Web de
A.S.S.E. Cumplído, archívese.
Nota: 7114/2018
Res.: 4835/2018
Dr. ME / mcm
Dr. Marcos Carámbula, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dra. Marlene Sica, Vicepresidente, Administración
de los Servicios de Salud del Estado.
BASES
Concurso para cumplir la función de Gerente Asistencial
Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE)
ÍNDICE
1. Requisitos generales obligatorios.
2. Régimen de incompatibilidades.
3. Particularidades de la asignación de funciones.
4. Inscripciones y comunicaciones.
5. Proceso de selección.
6. Lista de prelación.
7. Tribunal del Concurso.
8. Anexo 1
5
Documen tos
Nº 30.140 - febrero 25 de 2019
DiarioOficial |
BASES DEL LLAMADO
La Administración de los Servicios de Salud del Estado (en adelante
ASSE), llama a concurso de Antecedentes, Méritos y Oposición, para
cumplir la función de Gerente Asistencial de ASSE, dependiente de
la Gerencia General.
1. REQUISITOS GENERALES OBLIGATORIOS
Los postulantes deberán:
* Cumplir con los requisitos excluyentes establecidos en el
llamado:
- Ser funcionario Presupuestado y/o Contratado por Rubro 0,
- Título de Médico registrado y habilitado por el M.S.P. Acreditar
inscripción vigente en el Colegio Médico del Uruguay (Ley Nº.
18.591 - Art. 2º). No presentar antecedentes funcionales negativos y
que revistan gravedad provenientes de cualquier Entidad Pública de
acuerdo a lo establecido en el decreto 5500.
Presentar actuación funcional en A.S.S.E, como mínimo 2 años
de actividad, contabilizado al cierre del período de inscripción del
presente llamado.
* Completar el formulario de inscripción del llamado con los
datos que se indican.
* Presentar el Currículo Vitae que incluya la relación de
antecedentes laborales y méritos requeridos. La información tendrá
carácter de Declaración Jurada, y con los alcances del Art. 239 del
2. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES
Previo a asumir la función, quien resultare seleccionado deberá
completar y rmar Declaración Jurada en relación a:
* No mantener vigente otros vínculos con la Administración
Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros
cargos o funciones establecidos en la normativa, siempre que no
exista coincidencia total o parcial de los horarios establecidos para el
cumplimiento de las tareas.
* No encontrarse dentro de las prohibiciones o incompatibilidades
previstas en el Decreto 30/2003, de fecha 28 de enero 2003.
3. PARTICULARIDADES DE LA ASIGNACIÓN DE FUNCIONES
3.2 Compromiso de gestión:
La persona seleccionada deberá suscribir un Compromiso de
Gestión con la Gerencia General. El cumplimiento del compromiso
asumido será evaluado a través de la medición de lo ejecutado, en
la que se vericará el grado de cumplimiento de las metas jadas,
vinculadas a objetivos de procesos y resultados de gestión; en el marco
de los recursos efectivamente asignados y de la sostenibilidad de los
lineamientos denidos.
3.3 Remuneración:
Será acorde a lo dispuesto según resolución de Directorio
N.º 3170/2010 de fecha 17 de noviembre de 2010 con los ajustes
correspondientes.
3.4 Régimen horario:
Deberá cumplir un mínimo de 40 horas semanales presenciales y
estar a disposición de la Administración, de acuerdo a lo establecido
en la Resolución de Directorio N.º 3170/2010 de fecha 17 de noviembre
de 2010.
3.5 Función:
Las que se establecen en el Anexo 1 “Descripción Perl” para la
función de Gerente Asistencial.
3.6 Cese de la función:
El desempeño en el cumplimiento de la función, podrá ser
interrumpido por resolución expresa y fundada de la Jerarquía en las
siguientes situaciones:
* Por sanción disciplinaria, de acuerdo a lo dispuesto en el
Reglamento de Procedimiento Administrativo de ASSE y en la
normativa vigente.
* Si el rendimiento inherente a la función asignada se encontrara por
debajo de las metas jadas en el Compromiso de Gestión respectivo.
El funcionario que cesa en el ejercicio de la función objeto del llamado
volverá a desempeñar tareas inherentes a su cargo y nivel retributivo.
4. INSCRIPCIONES Y COMUNICACIONES
Al momento de la inscripción deberán presentar:
* Los formularios denidos en el numeral 1.
* Curriculo Vitae.
* Documentación que acredite la formación y antecedentes
laborales (original y fotocopias). Las fotocopias deberán presentarse
debidamente foliadas y serán cotejadas con los originales en las
instancias que correspondan. El no cumplimiento de dicho requisito
hará que la misma no sea considerada para su valoración.
* El cumplimiento de los requisitos se tomará a la fecha de cierre
del período de inscripción.
* Todas las notificaciones se realizarán únicamente a través
del correo electrónico que el postulante declare al momento de la
inscripción.
* Quienes tuvieran formación de grado y/o posgrado en el exterior
de la República y pretendan que sea considerada en el concurso, la
documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso
certicada mediante “Apostilla”, si el país extranjero está adherido
al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 del 8 de noviembre de 2011,
así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo
Nacional competente.
5. PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección se efectuará a través del Tribunal designado.
Los pasos y factores con los puntajes asignados a considerar en
dicho proceso serán:
5.1 Control de requisitos
excluyentes y vericación de
documentación requerida
5.2 Valoración de antecedentes y
méritos 40 puntos Antecedentes
Méritos
5.3 Prueba de oposición 35 puntos
5.4 Defensa de resolución del
problema 25 puntos
Total de Puntos 100 puntos
La aprobación del concurso implicará la obtención de 70 puntos
como mínimo del total de 100 puntos.
Etapa 5.1.
Control de requisitos excluyentes y verificación de la
documentación requerida. El no cumplimiento de los requisitos
excluyentes y la no presentación de toda la documentación requerida,
así como la discrepancia frente a lo vertido en el formulario de
inscripción, inhabilitará al postulante a continuar con el proceso del
llamado.
Etapa 5.2.
Valoración de méritos y antecedentes.
PUNTAJE MÁXIMO
MÉRITOS 20 puntos
ANTECEDENTES LABORALES 20 puntos
Puntaje Total 40 puntos
De existir deméritos, el puntaje total obtenido en esta etapa se
reducirá teniendo en cuenta la gravedad de la falta imputada y el plazo
de la misma, según lo dispuesto en el Reglamento de Procedimiento
Administrativo de ASSE.
5.2.1 Méritos:
A los efectos del presente llamado, se entiende por Méritos a la
resultante de: la formación académica (que no sea la excluyente) y todo
otro elemento que surja del legajo y/o otras formas documentales que
reeran al funcionario.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR