Diario Oficial de la República del Uruguay del 16 de Noviembre de 2022 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 31.057 - noviembre 16 de 2022
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 4, 7, 10, 11 y 14 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
1
Resolución 262/022
Reitérase el gasto observado correspondiente a las contribuciones a la
Organización del Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares
(CTBTO), en las condiciones que se especican.
(4.525)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 7 de Noviembre de 2022
VISTO: la Resolución Nº 2355/2022 adoptada por el Tribunal de
Cuentas en sesión de fecha 21 de setiembre de 2022, por la cual observa
el gasto correspondiente a las contribuciones a la Organización del
Tratado de Prohibición Completa de Ensayos Nucleares (CTBTO)
devengadas en los ejercicios 2015 a 2021;
RESULTANDO: que la observación se fundamenta en que las
contribuciones devengadas en los ejercicios 2015 a 2021 e imputadas
en el ejercicio 2022 contravienen lo dispuesto en los artículos 13 y 20
del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera
(TOCAF);
CONSIDERANDO: que se estima pertinente reiterar el gasto
observado, en mérito de la necesidad de cumplir con el pago de las
contribuciones adeudadas por la República al organismo internacional
del cual forma parte;
ATENTO: a lo dispuesto por el Art. 211 Literal B de la Constitución
de la República y a la partida asignada en los anexos de la Ley Nº
19.924, de fecha 18 de diciembre de 2020;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º. Reitérase el gasto observado relacionado en el Visto de la
presente Resolución, que a continuación se detalla, amparado en el
Art. 211 Literal B de la Constitución de la República:
ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE PROHIBICIÓN
COMPLETA DE ENSAYOS NUCLEARES (CTBTO)
CONTRIBUCIÓN EJERCICIOS 2015 A 2021 US$ 616.756,00
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2º. El Ministerio de Relaciones Exteriores librará la orden de pago en
la moneda que corresponda, por el equivalente en moneda nacional, de
las sumas dispuestas en el numeral anterior, las cuales serán atendidas
con cargo al Inciso 24, Unidad Ejecutora 06, Programa 480, Objeto del
Gasto 581, Auxiliar 001.
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3º. Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores a disponer la
transferencia de los fondos correspondientes.
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4º. Publíquese y comuníquese a la Auditoría destacada del Tribunal
de Cuentas de la República y a la Contadora Central de la Contaduría
General de la Nación.
LACALLE POU LUIS; FRANCISCO BUSTILLO; AZUCENA
ARBELECHE.
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
2
Resolución 256/022
Otórgase a MONTILUNA S.A. el título minero Concesión para Explotar,
sobre un yacimiento de arenas silíceas ubicado en la 4ª Sección Catastral
del departamento de Soriano.
(4.519)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 28 de Octubre de 2022
VISTO: la gestión promovida por MONTILUNA S.A., tendiente
a la obtención del título minero Concesión para Explotar sobre un
yacimiento de arenas silíceas ubicado en el padrón Nº 8208 (p) de la
4ª Sección Catastral del departamento de Soriano, afectando el área
total de 50 ha, 0000 m²;
RESULTANDO: I) que el Área Minería de la Dirección Nacional
de Minería y Geología informa el 5 de agosto de 2022, que el titular ha
cumplido con las exigencias requeridas por el artículo 100 del Código
de Minería, en la redacción dada por el artículo 21 de la Ley Nº 18.813,
de 23 de setiembre de 2011;
I) que asimismo, surge del expediente que se dio vista previa al
superciario;
CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica, en virtud de lo
expuesto, recomienda otorgar el título minero Concesión para Explotar
a MONTILUNA S.A.;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 100 del Código de Minería,
en la redacción dada por el artículo 21 de la Ley Nº 18.813, de 23 de
setiembre de 2011, siguientes y concordantes del mismo Código, y a
la Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de julio de 2006;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA,
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
1º.- Otórgase por el plazo de 30 (treinta) años a MONTILUNA S.A.,
el título minero Concesión para Explotar sobre un yacimiento de arenas
silíceas ubicado en el padrón Nº 8208 (p) de la 4ª Sección Catastral del
departamento de Soriano, afectando el área total de 50 ha, 0000 m².
2º.- La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión
de la mina al titular, en los términos previstos por el artículo 107 del
Código de Minería y siempre que éste acredite la obtención de la
Autorización Ambiental correspondiente.
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3º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
WALTER VERRI.
4Documentos Nº 31.057 - noviembre 16 de 2022 | DiarioOficial
La Ley en
tu lenguaje
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Resolución 257/022
Declárase la caducidad del título minero Permiso de Exploración
otorgado a BRIMOL S.A. sobre un yacimiento de caliza, afectando el
padrón 15265 de la 10ª Sección Catastral del departamento de Cerro
Largo.
(4.520)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 28 de Octubre de 2022
VISTO: que la Dirección Nacional de Minería y Geología promueve
la declaración de caducidad del título minero Permiso de Exploración,
otorgado a BRIMOL S.A., por Resolución Nº 144/18 de la Dirección
Nacional de Minería y Geología, de 7 de junio de 2018;
RESULTANDO: I) que el mencionado título fue concedido por
el plazo de treinta y seis meses, a partir del 8 de junio de 2018, sobre
un yacimiento de caliza, en el predio padrón Nº 15265 (p) de la 10ª
Sección Catastral del departamento de Cerro Largo, afectando un área
de 32 ha 0252 m²,
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo informado por el
Área Minería de la Dirección Nacional de Minería y Geología, se ha
congurado en la especie la caducidad del Permiso de Exploración
prevista en el artículo 21 del Código de Minería, por vencimiento del
plazo de validez del título el 10 de junio de 2021;
II) que la citada norma dispone que, congurada alguna de las
causales de caducidad, la misma se producirá de pleno derecho,
debiendo el Poder Ejecutivo dictar el acto declarativo de la caducidad
a los efectos de su registro;
III) que a juicio de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, corresponde por lo tanto, dictar el acto que declare
la caducidad del título minero Permiso de Exploración otorgado a
BRIMOL S.A.,
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 21, Ordinal I, Literal a) del
Código de Minería, la Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de julio de
2006, lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología
y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE
1
1º.- Declárase que el 10 de junio de 2021, se produjo la caducidad
del título minero Permiso de Exploración otorgado a BRIMOL S.A., por
Resolución Nº 144/18 de la Dirección Nacional de Minería y Geología,
de 7 de junio de 2018, sobre un yacimiento de caliza, en el predio
padrón Nº 15265 (p) de la 10ª Sección Catastral del departamento de
Cerro Largo, afectando un área de 32 ha 0252 m².
2
2º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
WALTER VERRI.
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Resolución 258/022
Declárase la caducidad del título minero Concesión para Explotar
otorgado a BERTRAM BECKER KLAR sobre un yacimiento de ágatas
y amatistas, afectando el padrón 7297 de la 3ª Sección Catastral del
departamento de Artigas.
(4.521)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 28 de Octubre de 2022
VISTO: que la Dirección Nacional de Minería y Geología promueve
la declaración de caducidad del título minero Concesión para Explotar,
otorgado BERTRAM BECKER KLAR por Resolución del Ministerio de
Industria, Energía y Minería, en ejercicio de atribuciones delegadas,
de 7 de mayo de 2012;
RESULTANDO: I) que el mencionado título fue concedido por
el plazo de tres años, sobre un yacimiento de ágatas y amatistas,
afectando al predio padrón Nº 7297 (p) de la 3ª Sección Catastral del
departamento de Artigas, en un área de 4 ha;
II) que el Acta de Toma de Posesión se labró el 5 de octubre de 2012;
III) que por Resolución del Ministerio de Industria, Energía y
Minería, en ejercicio de atribuciones delegadas de 13 de enero de 2017,
se concedió prórroga por dos años del título minero Concesión para
Explotar, otorgado por Resolución del Ministerio de Industria, Energía
y Minería, en ejercicio de atribuciones delegadas, de 7 de mayo de 2012;
CONSIDERANDO: I) que el Área Minería de la Dirección
Nacional de Minería y Geología eleva los antecedentes administrativos
a n de promover la caducidad por vencimiento de plazo de la
Concesión para Explotar, otorgado por Resolución del Ministerio de
Industria, Energía y Minería, en ejercicio de atribuciones delegadas, de
7 de mayo de 2012, conforme a lo dispuesto en el Artículo 21, ordinal
I), literal a) del Código de Minería;
II) que la citada norma dispone que, congurada alguna de las
causales de caducidad, la misma se producirá de pleno derecho,
debiendo el Poder Ejecutivo dictar el acto declarativo de la caducidad
a los efectos de su registro habiéndose producido dicha caducidad en
la especie el 6 de octubre de 2019;
III) que a juicio de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, corresponde por lo tanto, dictar el acto que declare
la caducidad del título minero Concesión para Explotar otorgado a
BERTRAM BECKER KLAR por Resolución del Poder Ejecutivo de 7
de mayo de 2012;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 21, Ordinal I, Literal a)
del Código de Minería, la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 17
de julio de 2006, lo informado por la Dirección Nacional de Minería y
Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
en ejercicio de atribuciones delegadas,
RESUELVE:
1
lº.- Declárase que con fecha 6 de octubre de 2019 se produjo la
caducidad del título minero Concesión para Explotar otorgado a
BERTRAM BECKER KLAR, por Resolución del Ministerio de Industria,
Energía y Minería, en ejercicio de atribuciones delegadas, de 7 de
mayo de 2012, sobre un yacimiento de ágatas y amatistas, afectando al
predio padrón Nº 7297 (p) de la 3ª Sección Catastral del departamento
de Artigas, en un área de 4 ha.
2
5
Documen tos
Nº 31.057 - noviembre 16 de 2022
DiarioOficial |
2º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
WALTER VERRI.
5
Resolución 259/022
Otórgase a URALCOR S.A. el título minero Concesión para Explotar,
sobre un yacimiento de piedra partida ubicado en la 8ª Sección Catastral
del departamento de Canelones.
(4.522)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 28 de Octubre de 2022
VISTO: la gestión promovida por URALCOR S.A., tendiente
a la obtención del título minero Concesión para Explotar sobre un
yacimiento de Piedra Partida ubicado en el padrón Nº 39.505 de la 8ª
Sección Catastral del departamento de Canelones, afectando el área
de 12 ha, 3251 m²;
RESULTANDO: I) que el Área Minería de la Dirección Nacional
de Minería y Geología informa que el titular ha cumplido con las
exigencias requeridas por la normativa vigente en la materia;
II) que asimismo, surge del expediente que se dio vista previa a
los superciarios;
CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica, en virtud de lo
expuesto, recomienda otorgar el título minero Concesión para Explotar
a URALCOR S.A;
ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 100 del Código de
Minería, en la redacción dada por el artículo 21 de la Ley Nº 18.813, de
23 de setiembre de 2011, siguientes y concordantes del mismo Código,
y a la Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de julio de 2006;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA,
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
1º.- Otórgase por el plazo de 15 (quince) años a URALCOR S.A. el
título minero Concesión para Explotar sobre un yacimiento de piedra
partida ubicado en el padrón Nº 39.505 de la 8ª Sección Catastral del
departamento de Canelones, afectando el área de 12 ha, 3251 m².
2
2º.- La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión
de la mina al titular, en los términos previstos por el artículo 107 del
Código de Minería.
3
3º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
WALTER VERRI.
6
Resolución 260/022
Otórgase a DAMCON S.A.S el título minero Concesión para Explotar,
sobre un yacimiento de balasto ubicado en la 4ª Sección Catastral del
departamento de Canelones.
(4.523)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 28 de Octubre de 2022
VISTO: la gestión promovida por DAMCON S.A.S., tendiente
a la obtención del título minero Concesión para Explotar sobre un
yacimiento de balasto ubicado en los padrones Nº 60.333, Nº 60.334 y
Nº 20.926 de la 4ª Sección Catastral del departamento de Canelones,
afectando el área total de 4 ha, 6236 m²;
RESULTANDO: I) que el Área Minería de la Dirección Nacional
de Minería y Geología informa que el titular ha cumplido con las
exigencias requeridas por el artículo 100 del Código de Minería, en
la redacción dada por el artículo 21 de la Ley Nº 18.813, de 23 de
setiembre de 2011;
II) que asimismo, surge del expediente que DAMCON S.A.S es la
propietaria de las fracciones de campo, de los padrones Nº 60.333, Nº
60.334 y Nº 20.926;
CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica de esta Secretaría de
Estado, informa que, en virtud de lo expuesto se recomienda otorgar
el título minero Concesión para Explotar a DAMCON S.A.S.;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 100 del Código de Minería,
en la redacción dada por el artículo 21 de la Ley Nº 18.813, de 23 de
setiembre de 2011, siguientes y concordantes del mismo Código, y a
la Resolución del Poder Ejecutivo de 17 de julio de 2006;
EL MINISTRO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA,
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
1º.- Otórgase por el plazo de 20 (veinte) años a DAMCON S.A.S.,
el título minero Concesión para Explotar sobre un yacimiento de
balasto ubicado en los padrones Nº 60.333, Nº 60.334 y Nº 20.926 de
la 4ª Sección Catastral del departamento de Canelones, afectando el
área total de 4 ha, 6236 m².-
2
2º.- La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión
de la mina al titular, en los términos previstos por el artículo 107 del
Código de Minería.
3
3º.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Minería y Geología a sus efectos.
WALTER VERRI.
7
Resolución 261/022
Autorízase la reducción del área afectada por el título minero Concesión
para Explotar, cuyo titular es EROMAR S.A., otorgado por Resolución
771/13 del MIEM de fecha 15 de julio de 2013.
(4.524)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 28 de Octubre de 2022
VISTO: la gestión promovida por EROMAR S.A. solicitando la
reducción del área del título minero Concesión para Explotar otorgado
por Resolución Nº 771/13 del Ministerio de Industria, Energía y Minería
en ejercicio de atribuciones delegadas, de 15 de julio de 2013;
RESULTANDO: que por la referida resolución se concedió el título
minero por el plazo de treinta años, sobre un yacimiento de caliza,
afectando parcialmente los padrones números 9490, 9491 y 9492 de la
4ª Sección Catastral del departamento de Treinta y Tres, en un área
de 231 hás 0330 m²;
CONSIDERANDO: I) que la división de Agrimensura de la
Dirección Nacional de Minería y Geología informa el 21 de noviembre

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