Diario Oficial de la República del Uruguay del 21 de noviembre de 2022 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 31.060 - noviembre 21 de 2022
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 16 y 17 de noviembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
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IMPO
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
1
Resolución S/n
Apruébanse los Requisitos para la Habilitación de Plantas de
Procesamiento de Cannabis no psicoactivo (Cáñamo) y el formulario Nº
308 “Solicitud de Habilitación de Plantas de Procesamiento de Cáñamo
Industrial”.
(4.587*R)
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
R 1033
Montevideo, 14 de Noviembre de 2022
VISTO: lo dispuesto por el literal C del artículo 3º del Decreto-
Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el
artículo 5º de la Ley Nº 19.172, de 20 de diciembre de 2013 y artículo
2º del Decreto Nº 372/014, de 16 de diciembre de 2014, en la redacción
dada por el Decreto Nº 250/015, de 14 de setiembre de 2015;
RESULTANDO: I) que el literal C del artículo 3º del Decreto-
Ley Nº 14.294, establece que quedan prohibidos la plantación, el
cultivo, la cosecha y la comercialización de cualquier planta de la que
puedan extraerse estupefacientes y otras sustancias que determinen
dependencia física psíquica, con la excepción de cannabis de uso
no psicoactivo (cáñamo). Las plantaciones o cultivos, en tal caso,
deberán ser autorizados previamente por el Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca y quedarán bajo su control directo;
II) que el artículo 2º del Decreto Nº 372/014, establece que el
desarrollo de cualquiera de las actividades descritas en el literal C
del artículo 3º del Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974,
en la redacción dada por el artículo 5º de la Ley Nº 19.172, de 20 de
diciembre de 2013, quedarán sujetas a la autorización del Ministerio
de Ganadería, Agricultura y Pesca, quien podrá requerir a tales efectos
la información establecida por el artículo 7 del Decreto Nº 120/014,
de 6 de mayo de 2014, a n de solicitar el informe de la Secretaría
Nacional Antilavado de Activos, previamente a otorgar la autorización
en forma expresa;
III) que la Asesoría Técnica de la Dirección General de Servicios
Agrícolas, junto a la División Inocuidad y Calidad de Alimentos
(DICA) han elaborado los requisitos para la Habilitación de Plantas
de Procesamiento de Cáñamo Industrial;
CONSIDERANDO: la necesidad de establecer los requisitos para
la habilitación de Plantas de Procesamiento de Cannabis no psicoactivo
(cáñamo) que aseguren el cumplimiento de las normas precitadas y
con ello la calidad e inocuidad del producto para su comercialización
tanto en el mercado interno como en el internacional;
ATENTO: a las razones expuestas y a lo dispuesto en el artículo 3º
del Decreto-Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción
dada por la Ley Nº 19.172, de 20 de diciembre de 2013 y artículo 2º
del Decreto Nº 372/014, de 16 de diciembre de 2014, en la redacción
dada por el Decreto Nº 250/015, de 14 de setiembre de 2015 y demás
normas concordantes y modicativas;
EL MINISTRO INTERINO DE GANADERÍA, ARGRICULTURA
Y PESCA
RESUELVE:
1
1º).- Apruébanse los Requisitos para la Habilitación de Plantas
de Procesamiento de Cannabis no psicoactivo (Cáñamo), que se
identican como Anexo I y forman parte de la presente Resolución.
2
2º).- Apruébase el formulario Nº 308 “Solicitud de Habilitación de
Plantas de Procesamiento de Cáñamo Industrial”, el que se identica
como Anexo II y forma parte de la presente Resolución.
Dicho formulario estará disponible en la página web del MGAP
y deberá ser completado por el usuario para iniciar el trámite de
habilitación.
3
3º).- La vericación del cumplimiento de los requisitos del Anexo
I será realizada por técnicos de la Dirección General de Servicios
Agrícolas (DGSA).
4
4º).- La habilitación tendrá una vigencia de tres (3) años a partir
de la resolución correspondiente. La solicitud de renovación deberá
ser presentada dentro de los sesenta (60) días previos al vencimiento
de la habilitación. No obstante si durante el período de vigencia de
la habilitación la Empresa no mantiene vigencia la inscripción en el
Registro Único de Operadores de la DGSA, la habilitación caducará.
5
5º).- La habilitación podrá ser suspendida o revocada en caso de
constatarse incumplimientos a la presente normativa. La suspensión
de la habilitación durará, al menos, el tiempo que requiere el habilitado
para implementar las medidas correctivas y su posterior vericación
por parte de la DGSA.
6
6º).- El incumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución,
independientemente de lo establecido en el numeral 5º), dará lugar a
la aplicación de las sanciones dispuestas en el artículo 285 de la Ley
Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo
87 de la Ley Nº 19.535, de 25 de setiembre de 2017.
7
7º).- Publíquese en el Diario Ocial y en la página web institucional
y de la DGSA.
8
8º).- Dése cuenta a la Dirección General de Servicios Agrícolas,
Asesoría Técnica y a la División Inocuidad y Calidad de Alimentos.
9
9º).- Cumplido, archívese.
JUAN I. BUFFA.
Los ANEXOS I y II se encuentran publicados en el siguiente link:
https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/
institucional/normativa
4Documentos Nº 31.060 - noviembre 21 de 2022 | DiarioOficial
Publicaciones
Jurídicas
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE COLONIA
2
Resolución 954/022
Autorízase la aplicación en el Departamento de Colonia de las nuevas
tarifas para el servicio de taxímetros.
(4.604*R)
Exp. Nº 01-2022-2838
RESOLUCIÓN Nº 954/022
Colonia, 13 de setiembre de 2022.-
VISTO: lo peticionado en las presentes actuaciones.
RESULTANDO: que por Resolución del Ministerio de Economía
y Finanzas Nº 141/022 se jan las tarifas máximas para el servicio de
automóviles con taxímetro.
CONSIDERANDO: que es potestad del Intendente autorizar la
aplicación en el departamento de las nuevas tarifas para el servicio
de taxímetro.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo informado a fojas
5 por la Dirección de Tránsito y Transporte, y a lo dispuesto por el
artículo 53 de la Ordenanza que rige el servicio.
EL INTENDENTE DE COLONIA.
RESUELVE
I) Autorizar la aplicación en el Departamento de Colonia de las
nuevas tarifas para el servicio de taxímetros, jadas por Resolución
del Ministerio de Economía y Finanzas, según el siguiente detalle:
a) Bajada de bandera con 700 m de recorrido $ 63,98
b) Fichas cada 140 m. de recorrido subsiguiente $ 9,20
c) Hora de espera $ 495,24
d) Tarifa nocturna (de 22 a 06 hs.) recargo máximo: 20% (veinte
por ciento) sobre la tarifa diurna.
e) Tarifa domingos y feriados, recargo máximo: 20% (veinte por
ciento) sobre la tarifa diurna.
f) Valijas: una sin cargo; cada valija adicional de más de 0.90 x 0.40
x 0.30. un máximo de $ 22,57
II) Siga a sus efectos a la Dirección de Relaciones Públicas y Prensa.
III) Cumplido, siga para su conocimiento, noticación y demás
efectos correspondientes a la Dirección de Tránsito y Transporte.
IV) Diligenciado, archívese.
Firma: Intendente de Colonia, Carlos Moreira Reisch; Secretario
General, Guillermo Rodríguez.
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
CENTRO DE GESTIÓN DE MOVILIDAD
3
Resolución 1.012/022
Aplícase a los propietarios de los vehículos cuyas matrículas se detallan,
las multas dispuestas en base a las infracciones constatadas.
(4.597)
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
Montevideo, 15 de noviembre de 2022
VISTO: Las detecciones efectuadas por los equipos de scalización,
y/o inspectores de tránsito.
RESULTANDO:
I) Que el cuerpo inspectivo constató las infracciones de tránsito
que surgen del listado que se adjunta;
II) Que se dió vista personal de estas actuaciones a los interesados
propietarios de los vehículos;
CONSIDERANDO:
I) Lo dispuesto en el artículo D.723 del Digesto Departamental
en el Libro IV, Capítulo IV, Título I del Volumen V “Tránsito
y Transporte”.
La Directora de Tránsito
RESUELVE - Resolución número 243/22/4700
Artículo 1º.- Aplicar a los propietarios de los vehículos cuya
matrícula se detalla en la siguiente planilla, las multas dispuestas en
base a las infracciones constatadas.
Matrícula
Artículo
Valor
en UR
SAA2957
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAB 5598
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SAC7851
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SAD2104
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAF5801
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAG9577
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAH5513
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAI3459
ART. 1/110/B: TICKET VENCIDO
1
SAJ4563
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAK4940
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAL 9887
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SAQ 6993
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SAQ2451
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAQ3501
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SAT1902
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SAT2147
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBA7334
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBB3727
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBB8935
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBD7030
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBF 5591
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SBF6063
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBF9589
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBG 3381
ART. 1/68: CIRCULAR POR IZQUIERDA
0,99
SBH 5402
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SBH 9982
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SBJ 6229
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SBJ 8401
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBJ 9839
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBJ3727
ART. 1/110/B: TICKET VENCIDO
1
SBK 9079
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SBK1545
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBK8880
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SBL 8947
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SBL1729
ART. 1/103/2C: Exceso de velocidad
12
SBL4468
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBL5892
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SBM 4569
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
5
Documen tos
Nº 31.060 - noviembre 21 de 2022
DiarioOficial |
SCA4553
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCA4610
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SCA7849
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCA7897
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCA8181
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SCA9846
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCB 1290
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SCB 2693
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SCB 2693
ART. 8/17: VEHICULO GUINCHADO
3
SCB 7861
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCB9900
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCE 1155
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SCE1707
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCE2570
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCE3623
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCE6932
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCF 4512
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SCF 6279
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SCF 7516
ART. 1/111/I: EST EN ENTRADA GARAJE
0,99
SCF 7516
ART. 8/17: VEHICULO GUINCHADO
3
SCF 9961
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCF3591
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCG 4376
ART. 1/111/A: ESTACIONAR EN DOBLE FILA
5
SCG 5056
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SCG3537
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SCG3623
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SCG5720
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SCG8564
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCG9059
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCH 3780
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCH 7106
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SCH 7587
ART. 1/111/A: ESTACIONAR EN DOBLE FILA
5
SCH 9391
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SCH2105
ART. 1/110/B: TICKET VENCIDO
1
SCH2254
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SCH4642
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCH6060
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCH6746
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCH8113
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCH8479
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCH9153
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCI 1716
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCI 9901
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SCI1054
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCI4144
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCI4343
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCI5268
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCI5580
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCI7983
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCI8297
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCJ 3000
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCJ 4845
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCJ 8707
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCJ2816
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCJ2939
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCJ4542
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCJ7094
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCK 1670
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCK5180
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCK5574
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCK5863
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCK7186
ART. 1/110/B: TICKET VENCIDO
1
SCK7864
ART. 1/110/B: TICKET VENCIDO
1
SCK9983
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCL 2474
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCL 3240
ART. 1/141: NO LLEVA LIC O DIV
0,99
SCL1458
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCL2791
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SCL3327
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCL4507
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCL7313
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCL8139
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCL9400
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCM6857
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCM7627
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCM8103
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCM8731
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCM9367
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBM 6268
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBM3883
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBM4077
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SBM6112
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SBM6461
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBM8036
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBM9475
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBM9915
ART. 1/103/2C: Exceso de velocidad
12
SBN 3455
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBN3957
ART. 1/110/B: TICKET VENCIDO
1
SBN5108
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBO 9625
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBO1950
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBO2186
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBO2994
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SBO6486
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBO9598
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBP 4603
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SBP 8771
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SBP1531
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBP8876
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBQ1197
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBQ2803
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SBQ3530
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBQ6735
ART. 1/110/B: TICKET VENCIDO
1
SBQ6800
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBQ9011
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBQ9519
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBR3945
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBR4158
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBS 3695
ART. 1/106: Cruzar o girar con luz roja
5
SBS 5304
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SBS2296
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBS3985
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBS7584
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBS9601
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBT 1309
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBT2171
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBT2893
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBT3342
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBT5010
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBT6186
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBT6513
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBT7831
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBT8064
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBU5056
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBU5081
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBV 3264
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBV 4398
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBV 7927
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBV1097
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBV3314
ART. 1/103/2B: Exceso de velocidad
8
SBV4813
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBV5656
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBV7107
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBV7467
ART. 1/110: EST PROHIBIDO O ZONAS DE CARGA
2
SBV8472
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBV9985
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBX 6885
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBX 7304
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBX1608
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBX4717
ART. 1/103/2C: Exceso de velocidad
12
SBX6416
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBX6650
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBX7217
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBY2557
ART. 1/103/2C: Exceso de velocidad
12
SBY4002
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SBZ 1203
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBZ 4584
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBZ 8821
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SBZ 9460
ART. 1/111/A: ESTACIONAR EN DOBLE FILA
5
SBZ2958
ART. 1/110/B: TICKET VENCIDO
1
SBZ4459
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCA 5175
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCA2166
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCA3388
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2
SCA3402
ART. 1/103/2A: Exceso de velocidad
5
SCA3631
ART. 1/110/A: EST. SIN ABONAR TARIFA
2

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