Diario Oficial de Uruguay del 03/08/2017 (contenido completo)

3
Documen tos
Nº 29.754 - agosto 3 de 2017
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 31 de julio y 1 de agosto y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE
COMUNICACIONES - URSEC
1
Resolución 122/017
Declárase que las empresas TELEFÓNICA MÓVILES DEL URUGUAY S.A.
y AM WIRELESS URUGUAY S.A., han sido precalicadas en la Instancia
Final del Procedimiento Competitivo para la asignación de derechos de
uso de frecuencias radioeléctricas.
(2.610*R)
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES
Exp. 2017-2-9-0000838
Montevideo, 1º de agosto de 2017.
RESOLUCIÓN 122 ACTA (Extraordinaria) 025
VISTO: El Pliego de Bases y Condiciones para la Asignación del
uso de frecuencias del espectro radioeléctrico para la prestación de
servicios de comunicaciones móviles aprobado por el artículo 6º del
Decreto Nº 155/017 de 12 de junio de 2017.
RESULTANDO: I) Que por Decreto 155/017 de 12 de junio de
2017, el Poder Ejecutivo conrió la autorización genérica para la
asignación del uso de frecuencias radioeléctricas en el rango de
1770-1780 Mhz. apareado con 2170-2180 Mhz. y el rango 2120-2125
MHz. no apareado, por Procedimiento Competitivo, a los efectos
de la prestación de servicios de comunicaciones.
II) Que por Decreto 155/017 de 12 de junio de 2017, el Poder
Ejecutivo aprobó el Pliego de Bases y Condiciones que regirá
el Procedimiento Competitivo para la asignación del uso de
frecuencias radioeléctricas en las bandas de 700 MHz. y 1700/2100
MHz.
III) Que se estableció el Procedimiento Competitivo para la
asignación del uso de frecuencias radioeléctricas de conformidad con
lo dispuesto en el numeral 2 del literal d) del artículo 86 de la Ley No.
17.296 de 21 de febrero de 2001, en la redacción dada por el artículo
145 de la Ley No.18.719 de 27 de diciembre de 2010.
CONSIDERANDO: I) Que la Comisión Asesora designada por
Resolución de esta Unidad Reguladora Nº 108/017 de 14 de julio
de 2017, maniesta en su informe que se presentaron las empresas
TELEFÓNICA MÓVILES DEL URUGUAY S.A. y AM WIRELESS
URUGUAY S.A. quienes cumplen con los requisitos formales para
precalicar.
II) Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 34 del Pliego
de Bases y Condiciones relacionado, corresponde notificar a
los participantes precalificados y proceder a las publicaciones
pertinentes.
ATENTO: A lo dispuesto por la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de
2001, en la redacción dada por la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de
2010, el Decreto Nº 155/017 de 12 de junio de 2017.
LA UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE
COMUNICACIONES
RESUELVE:
1.- Declárese que las empresas TELEFÓNICA MÓVILES DEL
URUGUAY S.A. y AM WIRELESS URUGUAY S.A. han precalicado
a la Instancia Final (IFP) del Procedimiento Competitivo para la
asignación de derechos de uso de frecuencias radioeléctricas, aprobado
por Decreto Nº 155/017 de 12 de junio de 2017.
2.- Pase a Secretaría General, publíquese el resultado de ésta
precalicación en el Diario Ocial y en 2 (dos) periódicos de circulación
nacional. Notifíquese a los precalicados.
Ing. Gabriel Lombide, Presidente del Directorio, URSEC; Dr. Oscar
O. Mecol Bonilla, Secretaría General, URSEC.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 2.511/017
Constitúyese una Comisión Asesora de Adjudicaciones con el
cometido de estudiar y asesorar en el Llamado a Licitación Pública
Nº 29/2017 “Adquisición de un Acelerador Lineal dual de alta
y baja energía de fotones” para el Centro Departamental de
Tacuarembó.
(2.605)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 5 de Julio de 2017
Visto: el Llamado a Licitación Pública Nº 29/2017 efectuada para
Adquisición de un Acelerador Lineal dual de alta y baja energía de
fotones” para el Centro Departamental de Tacuarembó;
Considerando: que se estima pertinente la creación de una
Comisión Asesora a los efectos de su estudio y asesoramiento;
Atento; a lo establecido en el Artículo 66 apartado 1º del Decreto
150/2012 (TOCAF) y a Resolución del Directorio de A.S.S.E. Nº
5674/2014 del 18/12/2014;
El Gerente Administrativo de A.S.S.E.
en el ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Constitúyase una Comisión Asesora de Adjudicaciones
con el cometido de estudiar y asesorar en el Llamado a Licitación
Pública Nº 29/2017 “Adquisición de un Acelerador Lineal dual de
alta y baja energía de fotones” para el Centro Departamental de
Tacuarembó.
2º) La misma estará integrada por el Esc. Ruben Castro, Cr.
Eduardo Cáceres y Dr. Alvaro Vázquez.
3º) Notifíquese a los integrantes. Pase a sus efectos a la Dirección
de Recursos Materiales y Servicios de A.S.S.E..
Nota: 4100/2017
Res: 2511/2017
fv
Cr. HECTOR GARBARINO, Gerente Administrativo, A.S.S.E.
4Documentos Nº 29.754 - agosto 3 de 2017 | DiarioOf‌icial
3
Resolución 2.677/017
Adjudícase la Licitación Abreviada Nº 517/2017 “Contratación de
Servicio de Gestión de Soporte de las Comunicaciones de ASSE”.
(2.602)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 7 de Julio de 2017
Visto: que tratan las presentes actuaciones de la Licitación
Abreviada Nº 517/2017 “Contratación de Servicio de Gestión de
Soporte de las Comunicaciones de A.S.S.E.”;
Resultando: que en el acto de apertura realizado el día 20 de abril
de 2017 se recibió un sólo oferente;
Considerando: I) que de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión
Asesora de Adjudicaciones a fs. 109, se estima pertinente adjudicar
dicha Licitación a la rma CLADEVINA S.A., que cumple con lo
solicitado en el Pliego Particular de Condiciones;
Atento: a lo expuesto, y a la Resolución del Directorio de A.S.S.E.
Nº 5673/2014 de fecha 18/12/2014;
El Gerente Administrativo de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Adjudicase la Licitación Abreviada Nº 517/2017 “Contratación
de Servicio de Gestión de Soporte de las Comunicaciones de A.S.S.E.”,
de acuerdo al siguiente detalle:
CLADEVINA S.A. (Oferta 1)
Item 1) Monitoreo de medios en tiempo real según pliego, según
detalles en la oferta de fs. 49 a 54.
Item 2) Entrega diaria de alertas de prensa y redes sociales, según
detalles en la oferta a fs. 55 y 56.
Item 3) Análisis situacional que generan las publicaciones (informe
de coyuntura), según detalles en la oferta de fs. 57 a 60.
Item 4) Análisis mensuales cuantitativos y cualitativos de medios
y redes sociales, según detalles en la oferta de fs. 61 a 65.
Item 6) Asesoramiento en temas específicos por parte de
autoridades del departamento de Comunicación de ASSE, según
detalles en la oferta a fs. 70.
Item 7) Capacitación y asesoramiento, media training de
funcionarios propuestos como voceros de ASSE, según detalles en la
oferta a fs. 71 y 72.
El monto mensual de los ítems 1, 2, 3, 4, 7 y 8 bajo la Modalidad
Plaza es de $ 115.900 (ciento quince mil novecientos pesos uruguayos)
más impuesto según mejora de precios que luce a fs. 107. El monto
anual de los ítems asciende a $ 1.696.776 (un millón seiscientos
noventa y seis mil setecientos setenta y seis pesos uruguayos) con
IVA incluido.
Item 5) 3 (tres) investigaciones de opinión pública, según detalles
en la oferta a fs. 66 y 67.
El costo unitario de este ítem bajo la Modalidad Plaza es de $
80.000 (ochenta mil pesos uruguayos) más impuesto según mejora de
precios que luce a fs. 107. El monto por las 3 investigaciones anuales
asciende a $ 292.800 (doscientos noventa y dos mil ochocientos pesos
uruguayos) con IVA incluido.
Item 6) 2 (dos) Focus Group, según detalles en la oferta a fs. 68
y 69. El costo unitario de este ítem bajo la Modalidad Plaza es de $
30.000 (treinta mil pesos uruguayos) más impuesto según mejora de
precios que luce a fs. 107. El monto por lo 2 Focus Group anuales
asciende a $ 73.200 (setenta y tres mil doscientos pesos uruguayos)
con IVA incluido.
2º) El presente llamado se realiza para cubrir las necesidades del
Establecimiento durante doce meses. La contratación se prorrogará
automáticamente por hasta dos períodos de 1 año salvo manifestación
en contrario de cualquiera de las partes.
3º) La actualización del valor hora se realizará de acuerdo con lo
establecido en el Pliego Particular de Condiciones: 20% por variación
del IPC en forma semestral (1º de enero y 1º de julio) y 80% por la
variación de los salarios en los momentos y porcentajes que se acuerden
para el grupo de actividad que corresponda.
4º) El Monto Total anual adjudicado en la presente licitación
abreviada en la Modalidad Plaza forma de pago crédito SIIF 60 días
es de $ 2.062.776 (dos millones sesenta y dos mil setecientos setenta y
seis pesos uruguayos) impuestos incluidos.
5º) Pase a la Dirección de Recursos Económicos Financieros de
A.S.S.E para efectuar la reserva del gasto. Cumplido pase al Contador
Delegado del Tribunal de Cuentas para su intervención y a la Dirección
de Recursos Materiales para noticar a la rma.
Ref.: 456/2017 - 690/2017
Res.: 2677/2017
fv
Cr. HECTOR GARBARINO, Gerente Administrativo, A.S.S.E.
4
Resolución 2.850/017
Incorpórase al padrón presupuestal del Centro Hospitalario Pereira
Rossell a la Sra. Romina Jacqueline Ferreira Trindade.
(2.603)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 6 de Julio de 2017
Visto: la solicitud debidamente fundada de pase a cumplir
funciones en la Unidad Ejecutora 004 - Centro Hospitalario Pereira
Rossell, formulada por la Sra. Romina Jacqueline Ferreira Trindade,
la cual reviste presupuestalmente en la Unidad Ejecutora 019 - Centro
Departamental de Durazno, con un cargo de Técnico IV Obstetra
Partera (Escalafón “A”- Grado 7 - Correlativo 1861).
Resultando: I) que la Dirección de la UE 019 - Centro Departamental
de Durazno; entiende oportuno acceder al pase a cumplir funciones
siempre y cuando reciba una unidad o vacante a cambio;
II) que la Dirección de la UE 004 - Centro Hospitalario Pereira
Rossell, ofrece ceder la vacante 6434;
Considerando: que las Direcciones Regionales Sur y Norte,
entienden pertinente proceder a la Redistribución Interna.
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido por
Resolución Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en el ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1º) Incorporase al padrón presupuestal de la Unidad Ejecutora 004
- Centro Hospitalario Pereira Rossell, el cargo de Técnico IV Obstetra
Partera (Escalafón “A” - Grado 7 - correlativo Nº1861), Presupuestada,
perteneciente a la Unidad Ejecutora 019 - Centro Departamental de
Durazno, a la Sra. Romina Jacqueline Ferreira Trindade;
2º) Asignase a la Sra. Romina Jacqueline Ferreira Trindade, el
correlativo 6423 en el cargo de Técnico IV Obstetra Partera. (Escalafón
A” - Grado 7), en la Unidad Ejecutora 004 - Centro Hospitalario
Pereira Rossell;
3º) Suprímase el cargo de Técnico IV Obstetra Partera (Escalafón
A” - Grado 7, correlativo Nº 6434), de la Unidad Ejecutora 004 - Centro
Hospitalario Pereira Rossell;
4º) Crease en la Unidad Ejecutora 019 - Centro Departamental
de Durazno, el cargo de Técnico IV Obstetra Partera (Escalafón “A” -
Grado 7, correlativo Nº 2017);
5º) Comuníquese a las Unidades Ejecutoras involucradas para su
conocimiento y noticación de la interesada. Cumplido, archívese en
la Unidad Ejecutora 004 - Centro Hospitalario Pereira Rossell;
Res: 2850/2017
Ref. 29/019/2/41/2016
SC/tg.
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.

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