Diario Oficial de Uruguay del 08/02/2018 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.884 - febrero 8 de 2018
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 5 de febrero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
1
Resolución 5.193/017
Exclúyase de la Estructura Salarial correspondiente a los Auxiliares de
Enfermería y Auxiliares de Servicio de los CTI de ASSE a la Sra. Loreley
Barboza, e inclúyese en la citada Estructura a la Sra. Lourdes Miriam
Estradet.
(922)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 20 de Diciembre de 2017
Visto: que por Resolución Nº 6098/2015 del Directorio de
A.S.S.E. de fecha 02/12/2015 se aprobó la Estructura Salarial para
los Auxiliares de Enfermería y Auxiliares de Servicio de los CTI de
A.S.S.E.;
Resultando: I) que dicha resolución establece una serie de
condiciones y particularidades respecto a la adecuación de los salarios
de dichas funciones en los CTI de A.S.S.E. y al cumplimiento efectivo
de funciones en esos Servicios;
II) que la Dirección del Centro Hospitalario Pereira Rossell
ha aceptado el egreso del servicio a partir del 05/03/16, de la Sra.
Loreley Barboza (C.I. 1.767,084-8), Auxiliar de Enfermería y solicita
la incorporación en dicho complemento de la funcionaria Sra.
Lourdes Miriam Estradet (C.I. 2.562.861-9), quien presta funciones
en el Servicio de Recién Nacidos del Establecimiento a partir del
11/10/17;
Considerando: que según informe de la Dirección Administrativa
Financiera de la Gerencia de Recursos Humanos no existen
impedimentos económico para incluir en la Estructura Salarial referida
según los criterios jados, a la funcionaria Sra. Estradet;
Atento: a lo expuesto y a la Resolución Nº 5674/14 del Directorio
de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia General de A.S.S.E.
en el ejercicio de las atribuciones delegadas
Resuelve:
1º) Exclúyase de la Estructura Salarial correspondiente a los
Auxiliares de Enfermería y Auxiliares de Servicio de los CTI de A.S.S.E.,
de acuerdo a Resolución Nº 6098/2015 del Directorio de A.S.S.E. a la
Sra. Loreley Barboza (C.I. 1.767.084-8) a partir del 05/03/2016.
2º) Inclúyase en la citada Estructura a la Sra. Lourdes Estradet (C.I.
2.562.861-9) a partir del 11/10/2017.
3º) Comuníquese a la U.E. 004 a n de tomar conocimiento y
noticar a las funcionarias interesadas. Pase a sus efectos a la Gerencia
de Recursos Humanos de A.S.S.E. y sus ocinas competentes. Tome
nota la Dirección de Región Sur de A.S.S.E.
Form.: 004/1273/2017
Res.: 5193/2017
me
Dr. Richard Millán, Gerente General, A.S.S.E.
2
Resolución 5.787/017
Reitérase el gasto correspondiente a los Lotes 1828, 1829 y 1834,
Objetos del Gasto 133, 231, 271, 276, 278 y 279, correspondientes a
gastos varios.
(886)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 7 de Diciembre de 2017
Visto: la observación formulada por la Auditoría Delegada del
Tribunal de Cuentas de la República a los Lotes 1828, 1829 y 1834
Objeto del Gasto 133, 231,271, 276, 278 y 279 por un monto total de
$ 961.835 (novecientos sesenta y un mil ochocientos treinta y cinco
pesos uruguayos);
Resultando: I) que la Auditoría Delegada del Tribunal de Cuentas
observó el gasto de los Lotes 1828 y 1829 por no apegarse a los
procedimientos de contratación establecidos en el artículo 33 del
TOCAF, en virtud de ser gastos ya comprometidos y ejecutados;
II) que la Auditoría Delegada del Tribunal de Cuentas observó
el gasto del Lote 1834 por no apegarse a los procedimientos de
contratación establecidos en el artículo 50 del TOCAF y artículo 211,
Considerando: I) que el Lote 1828 Objeto del Gasto 133,
corresponde a impresión de tríptico para lanzamiento de proyecto
de promoción de buenas prácticas de atención en maternidades de
A.S.S.E., el mismo tiene autorización de la Gerencia General y es por
un monto inferior al tope denido para la Compra Directa;
II) que el Lote 1829 Objeto del Gasto 231, corresponde a compra
de pasajes que se realizaron por contratación directa debido a que
los pasajes dentro del país se encuentran tarifados, en muchos de los
destinos existe una sola empresa que presta el servicio, y cuando hay
varias, en general lo hacen a distintos horarios, y en caso de adjudicarse
a uno sólo haría que las comisiones de servicios fueran más extensas,
provocando incremento de los gastos relacionados. En estos ejercicios
se procedió a la licitación de estos servicios obteniendo resultados
negativos, que no provocaron reducciones en los costos;
III) que el Lote 1834 Objeto del Gasto 278, 271, 279 y 276, corresponde
a contratación de servicios de mantenimiento para Edicio Libertad,
mediante Compra Directa, debido a que se encuentra en proceso
de intervención el procedimiento realizado. Siendo imprescindible
contar con el servicio, debido a que no se cuenta con personal de
mantenimiento en el Edicio;
IV) que A.S.S.E. de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 18.161,
ley de creación como Servicio Descentralizado, en su artículo 5º se
le otorga la potestad de administrar el patrimonio y los recursos del
organismo para el cumplimiento de los cometidos establecidos por la
legislación vigente;
IV) que por lo manifestado anteriormente, se estima pertinente
reiterar el gasto de referencia;
Atento: a lo establecido por los Artículos 33 y ss. del TOCAF y a la
Resolución Nº 5667/2015 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 13/11/15;
El Director Administrativo de la Unidad Ejecutora 068
Resuelve:
1º) Reitérase el gasto correspondiente a los Lotes 1828, 1829 y 1834
Objeto del Gasto 133, 231,271, 276, 278 y 279 por un monto total de
$ 961.835 (novecientos sesenta y un mil ochocientos treinta y cinco
pesos uruguayos).

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