Histórico: terrorismo en Bolivia se juzga en Uruguay

Es la primera vez y la consecuencia de negar la extradición.

La Justicia deberá resolver una serie de complejos problemas técnicos cuando por primera vez se disponga a juzgar en Uruguay a un ciudadano por un delito cometido en el extranjero. Se trata del uruguayo-boliviano Alejandro Melgar, sobre el que el Tribunal de Apelaciones denegó la extradición a Bolivia, donde se lo pretendía juzgar en el marco de una causa por terrorismo en Santa Cruz.

"Es la primera vez en la historia, no hay antecedentes de que se juzgue a una persona en Uruguay por un delito cometido en el extranjero. Eso planteará problemas técnicos de primer nivel como, por ejemplo, la legislación aplicable, si será la uruguaya o la boliviana. Las normas procesales serán las uruguayas y en cuanto a las leyes, supongo, que será la de la pena más benigna. Pero todo eso hay que estudiarlo, es un proceso novedoso", explicó a El País el abogado Miguel Langón. La posibilidad de juzgar en un país un delito cometido en otro es una aplicación de la Convención Internacional Contra los Actos de Terrorismo, al tiempo que los tratados modernos de extradición que establecen excepciones para las personas, sugieren la aplicación del principio "no se entrega pero se juzga". Esta norma ya se incluyó en el tratado de extradición con Brasil en 1915, donde Brasil no extraditaba nacionales.

Melgar ya ostenta otra particularidad en su caso. Cumplió el arresto administrativo más largo de la historia del país. Estuvo en Cárcel Central entre abril de 2012 y diciembre de 2015.

La jueza del crimen organizado, Adriana De los Santos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR