El innovador rol del mediador en el proceso concursal. La gestión cooperativa de la insolvencia

AutorMaría José Briz Clariget, Daniel Martínez Vigil Cibils, Florencia Rychtenberg Milans
CargoUniversidad Católica del Uruguay/Universidad de Montevideo/Universidad Católica del Uruguay
Páginas90-111
Revista de Derecho n.º 22 (julio-diciembre 2020) ISSN 1510-3714 ISSN en línea 2393-6193
DOI: https://doi.org/10.22235/rd22.2289
Cómo citar: Briz Clariget, M. J., Martínez Vigil Cibils, D., y Rychtenberg Milans, F. (2020). El innovador rol del
mediador en el proceso concursal. La gestión cooperativa de la insolvencia Revista de Derecho, 22, 90-111.
https://doi.org/10.22235/rd22.2289
El innovador rol del mediador en el proceso concursal.
La gestión cooperativa de la insolvencia
The innovative role of the mediator in bankruptcy procedures.
Cooperative management of insolvency
María José Briz Clariget1
ORCID: 0000-0002-7620-8073
Daniel Martínez Vigil Cibils2
ORCID: 0000-0002-1105-1706
Florencia Rychtenberg Milans3
ORCID: 0000-0003-4133-4034
1 3Universidad Católica del Uruguay.
2Universidad de Montevideo, Uruguay.
Correos: mbriz@ucu.edu.uy; danielmartinezvigil@gmail.com; frychten@gmail.com
Recibido: 25/09/2020
Aceptado: 27/10/2020
Resumen: El artículo se centra en el análisis del rol del mediador en el proceso concursal y en
las ventajas que este método tiene tanto para el deudor como para los acreedores. Se realiza un
abordaje descriptivo y analítico, que presenta la mediación como herramienta de gestión de
conflictos, teniendo en cuenta la experiencia internacional y la situación en Uruguay, donde se
presentó un proyecto de ley que procura modificar la Ley Concursal y crear la figura del mediador
en los procesos concursales. Se concluye que el derecho concursal uruguayo necesita actualizar
su normativa legal y adoptar soluciones no adversariales como la mediación, que son tendencia
mundial.
Palabras clave: mediación concursal; mediador concursal; procesos concursales; mediación;
resolución alternativa de conflictos; soluciones no adversariales.
Abstract: The article focuses on the analysis of the role of the mediator in the bankruptcy
procedure and the advantages that this method has for both the debtor and the creditors. A
descriptive and analytical approach is made, which presents mediation as a tool for conflict
management, taking into account the international experience and the situation in Uruguay, where
a bill was presented to modify the Bankruptcy Law and to create the figure of the mediator in the
bankruptcy proceedings. It is concluded that Uruguayan bankruptcy law needs to update its legal
regulations and adopt non-adversarial solutions such as mediation, which are a worldwide trend.
Keywords: bankruptcy mediation; bankruptcy mediator; bankruptcy procedures; mediation;
alternative dispute resolution; non-adversarial solutions.
Briz Clariget, Martínez Vigil Cibils y Rychtenberg Milans Innovador rol del mediador en el proceso concursal
Revista de Derecho n.º 22 (julio-diciembre 2020), 90-111 91
Introducción
La ley de Declaración Judicial de Concurso y Reorganización Empresarial, Ley
18.387 (en adelante, la Ley o Ley Concursal) es la única fuente formal en Uruguay que
rige en materia de concursos empresariales. En esta se establecen los supuestos que
habilitan el ingreso al concurso, procedimientos y requisitos para la presentación de los
acreedores, así como los términos y condiciones para llegar a un acuerdo judicial y
permitir el fin último de la ley que es la continuidad de la empresa, siempre y cuando sea
viable.
La aplicación del proceso concursal como único mecanismo para resolver los
conflictos de la insolvencia empresarial ha cercenado la posibilidad de explorar otras
opciones que podrían obtener mejores resultados.
Dada la situación en la que se encuentra el mundo hoy, podemos concluir que a
nivel internacional el concurso ha pasado a ser una situación normal en el ciclo vital de
los agentes económicos, frente a períodos anteriores a este tipo de crisis en los que era
más raro que se diera (muchos menos deudores concursados). Ello ha obligado a los
países a buscar soluciones que permitan encontrar un equilibrio entre los intereses de los
acreedores, de los deudores (gran parte de los cuales ven afectado no solo su patrimonio
y futuro profesional o empresarial, sino, incluso, el personal, lo que los enfrenta a un
manifiesto riesgo de exclusión social) y del sistema económico en su conjunto (para el
que resulta fundamental salvar y estimular el tejido empresarial, seriamente dañado en
estos últimos años) (Sánchez, 2018).
El ofrecimiento por parte del legislador de un nuevo modelo de resolución de
situaciones de crisis empresariales o de insolvencia con menores costes y con plazos
determinados, junto a la posible extinción de las deudas, puede llevar a los potenciales
emprendedores de actividades empresariales a arriesgarse en el inicio de una actividad de
este tipo. El resultado final es la ampliación e impulso de la red empresarial a nivel estatal
con un impacto indirecto en la mejora de la situación económica.
En derecho comparado, la mediación mercantil o mediación concursal no es
novedosa, sino que se viene aplicando hace más de diez años, lo que permite evitar los
significativos costos de los procesos judiciales y honorarios de profesionales, acortar
plazos y preservar la reputación de la empresa que transita una situación de insolvencia
en el marco de la confidencialidad. Esto habilita a las partes a negociar sin la obligación

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