Jonathan Clovin: Hay que defender al consumidor y no a competidores descontentos

Luis custodioPar istema. Clovin defiende la aplicación de la ley de competencia como la búsqueda del beneficio del consumidor y no una agencia que dirime diferencias entre competidores. "Hay que concentrarse en el consumidor, para lo demás, hay otras políticas públicas que pueden intervenir", puntualizó. Puso como ejemplo lo ocurrido con la portabilidad numérica ; "nosotros ganamos precios más bajos , ese debe ser el objetivo", subrayó. A continuación, un resumen de la entrevista.Uruguay es un país "joven" en materia de normativa sobre competencia. ¿Cuenta con las regulaciones necesarias?> > Uruguay ya tiene una trayectoria en materia de competencia, desde el año 2000 existe legislación sobre el tema, en el año 2007 tenemos la ley de competencia y después, en 2019, se realiza una reforma importante, que viene a corregir dos cosas que eran "raras" en Uruguay. La primera, todo lo relacionado con acuerdos entre competidores en materia de precios, sobre condiciones comerciales, repartición de mercado o de actuación en procesos licitatorios. > > Eso se prohibió a partir de la ley de 2019...> > Exacto, antes en Uruguay se trataba bajo lo que se llamaba la regla de razón, es decir, aun incurriendo en estas prácticas, se podían justificar si se lograba demostrar que había más beneficio que daño para el consumidor. O sea que, de cierta manera estos acuerdos eran eficientes. La realidad es que hay muy pocos países que lo ven así; en aquellos que tienen un sistema de competencia, estos acuerdos entre competidores, son considerados dañinos. Directamente no se pierde tiempo en investigar o iniciar procesos judiciales para saber cuán eficientes pueden resultar, lisa y llanamente están prohibidos. Eso le quita exigencia al regulador, y a su vez es beneficio para las empresas, porque si saben que está prohibido, no lo hacen. Es muy positivo el cambio realizado. > Y el segundo cambio fue el control de concentracionesUn tema que había quedado pendiente en la ley de 2007...> > En esa ocasión, Uruguay eligió tener un control de concentraciones que no era realmente un control. Era más un sistema de información. Cuando se llevaba a cabo una fusión, adquisición o alguna operación en el mercado que cambiaba la estructura del mercado, lo tenía que reportar. En la gran mayoría de los casos, era solamente una obligación de información. El regulador no podía hacer nada al respecto. Podía no ser una mala solución para 2007, cuando Uruguay recién comenzaba a incursionar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR