Ley N° 17188, de Establecimientos Comerciales

ARTÍCULO 1

La presente ley rige para los establecimientos comerciales de grandes superficies destinados a la venta de artículos alimenticios y de uso doméstico.

ARTÍCULO 2

Quedan comprendidos los establecimientos comerciales de grandes superficies que consten de un área total destinada a la exposición y venta al público de un mínimo de 200 m2, excluyéndose los comercios de prestación de servicios.

La superficie de exposición y venta al público es aquella en donde se produce el intercambio comercial, constituida por los espacios destinados a la exposición de los artículos ofertados, ya sea mediante mostradores, estanterías, vitrinas, góndolas, cámaras o murales, los probadores, las cajas registradoras, en general, todos los espacios destinados a la permanencia y paso del público, excluyéndose expresamente las superficies destinadas a oficinas, estacionamientos, zonas de carga y descarga y depósito no visitables por el público y, en general, todas aquellas dependencias o instalaciones de acceso restringido al mismo.

ARTÍCULO 3

Créanse las Comisiones Departamentales de Protección de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Comercial y Artesanal, que actuarán con autonomía técnica asesorando preceptivamente al Intendente del departamento correspondiente quien resolverá, en definitiva, sobre los proyectos mencionados en el artículo 4º de la presente ley.

Estarán integradas por:

1) Un representante del Poder Ejecutivo, que la presidirá.

2) Un representante de la Intendencia Municipal del respectivo departamento.

3) Un representante del sector privado, que será designado por las entidades más representativas de cada departamento.

4) Un representante de los consumidores, que será designado por las asociaciones de defensa del consumidor de cada departamento que posean personería jurídica y se encuentren inscriptas en el Area de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas.

En caso de empate, el Presidente tendrá doble voto.

ARTÍCULO 4

Ante la Comisión se presentarán los proyectos para instalar nuevos emprendimientos comerciales o para realizar ampliaciones sobre los ya existentes, siempre que excedan el mínimo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR