Ley No. 19.939.- Prorrógase desde el 1º de febrero de 2021 hasta el 1º de febrero de 2025, la facultad del Poder Ejecutivo para encomendar al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el cumplimiento de las funciones transitorias de guardia perimetral en determinadas Unidades de Internación para personas privadas de libertad

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo único Prorrógase desde el 1º de febrero de 2021 hasta el 1º de febrero de 2025 la facultad del Poder Ejecutivo para encomendar al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el cumplimiento de las funciones transitorias de guardia perimetral en aquellas Unidades de Internación para personas privadas de libertad a determinar.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 23 de febrero de 2021.

MARTÍN LEMA,

Presidente.

Fernando Ripoll Falcone,

Secretario.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 5 de marzo de 2021.

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