Ley No. 19833.- Modifícase la Ley 18.159 de 20 de julio de 2007, relativa a la defensa de la libre competencia en el comercio.

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo 1º Sustitúyese el artículo 4º de la Ley Nº 18.159, de 20 de julio de 2007 por el siguiente:

"ARTÍCULO 4º. (Prácticas prohibidas).- Las prácticas que se indican a continuación, se declaran expresamente prohibidas, en tanto configuren alguna de las situaciones enunciadas en el artículo 2- de la presente ley.

La enumeración que se realiza es a título enunciativo.

  1. Concertar o imponer directa o indirectamente precios de compra o venta u otras condiciones de transacción.

  2. Limitar o restringir la producción, la distribución y el desarrollo tecnológico de bienes, servicios o factores productivos, en perjuicio de competidores o de consumidores.

  3. Aplicar a terceros condiciones desiguales en el caso de prestaciones equivalentes, colocándolos así en desventaja importante frente a la competencia.

  4. Subordinar la celebración de contratos a la aceptación de obligaciones complementarias o suplementarias que, por su propia naturaleza o por los usos comerciales, no tengan relación con el objeto de esos contratos.

  5. Impedir el acceso de competidores a infraestructuras que sean esenciales para la producción, distribución o comercialización de bienes, servicios o factores productivos.

  6. Obstaculizar el acceso al mercado de potenciales entrantes al mismo.

  7. Establecer zonas o actividades donde alguno o algunos de los agentes económicos operen en forma exclusiva, absteniéndose los restantes de operar en la misma.

  8. Rechazar injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios.

  9. Las mismas prácticas enunciadas, cuando sean resueltas a través de asociaciones o gremiales de agentes económicos".

Artículo 2º Incorpórase el artículo 4º bis a la Ley Nº 18.159, de 20 de julio de 2007:

"ARTÍCULO 4º BIS. (Prácticas expresamente prohibidas).- Las prácticas, conductas o...

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