Ley No. 20.032.- Apruébase el Memorando de Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de Acción Social, Familia y Promoción de la Mujer de la República de Angola

PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Ley 20.032

Apruébase el Memorando de Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de Acción Social, Familia y Promoción de la Mujer de la República de Angola.

(1.169*R)

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General.

DECRETAN

Artículo Unico

Apruébase el Memorando de Cooperación entre el Ministerio de Desarrollo Social de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de Acción Social, Familia y Promoción de la Mujer de la República de Angola, suscrito en Luanda el 19 de febrero de 2019.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de mayo de 2022.

BEATRIZ ARGIMÓN, Presidenta; GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO, Secretario.

MEMORANDO DE COOPERACIÓN

ENTRE

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

Y

EL

EL MINISTERIO DE ACCIÓN SOCIAL, FAMILIA Y PROMOCIÓN DE LA MUJER DE LA

REPÚBLICA DE ANGOLA

MEMORANDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLLO SOCIAL DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL MINISTERIO DE ACCIÓN SOCIAL, FAMILIA Y PROMOCIÓN DE LA MUJER DE LA REPÚBLICA DE ANGOLA

EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, por sus siglas MIDES

Y EL MINISTERIO DE ACCIÓN SOCIAL, FAMILIA Y PROMOCIÓN DE LA MUJER DE LA REPÚBLICA DE ANGOLA, por sus siglas MASFAMU, con sede en Luanda, Avenida Hoji Ya Henda n° 117

En adelante y en conjunto designados las "Partes";

Considerando que el MASFAMU, en el ámbito de sus responsabilidades, debe definir, promover y asegurar la formulación e implementación de políticas y programas integrados, buscando la protección, asistencia y el desarrollo de la familia, la promoción de la igualdad y equidad de género así como la unidad y cohesión familiar;

Considerando también que el MIDES, dentro de sus atribuciones, manifiesta la voluntad de cooperar con su contraparte angolana en lo que se refiere a Transferencia monetaria, Empoderamiento de la Mujer, Descentralización de servicios sociales, Derechos de la Mujer y Protección infantil, a través de un programa llamado URUGUAY CRECE CONTIGO.

Ambas Partes acuerdan celebrar entre sí el presente Memorando de Cooperación, en los términos y con los fundamentos de las cláusulas siguientes;

Artículo 1°

(Objetivos)

Se celebra entre las Partes el presente Memorando de Cooperación con el...

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