Ley No. 20.043.- Declárase 'Ciudad del Carmen' a la actual 'Villa del Carmen', departamento de Durazno.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo 1

Declárase ciudad a "Villa del Carmen", ubicada en la Cuarta Sección Judicial del departamento de Durazno.

Artículo 2

A partir de la fecha de promulgación de esta ley su denominación será "Ciudad del Carmen".

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 7 de junio de 2022.

OPE PASQUET, Presidente; FERNANDO RIPOLL FALCONE, Secretario.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 14 de Junio de 2022

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se declara "Ciudad del Carmen" a la actual "Villa del Carmen"...

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