Ley No. 20.100.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Organización Internacional para las Migraciones

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN

Artículo Unico

Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 2 de marzo de 2021.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 6 de diciembre de 2022.

BEATRIZ ARGIMÓN, Presidenta; GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO, Secretario.

"Ver información adicional en el Diario Oficial digital."

ACUERDO DE COOPERACION ENTRE EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE

URUGUAY Y LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM)

El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay, representado por la Sra. Viceministra Dra. Carolina Ache Batlle con domicilio en la calle Colonia 1206, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), representada por la Jefa de Misión en la República Oriental del Uruguay, Sra. Tanja Pacífico con domicilio en Plaza Independencia 831 oficina 606, suscriben el siguiente ACUERDO DE COOPERACION, que se rige por el Derecho Interno, tomando como base lo siguiente:

1) Que la República Oriental del Uruguay es Estado Miembro de la OIM y que conforme la Ley 15830 se aprobó el Acuerdo sobre Privilegios e Inmunidades entre la República Oriental del Uruguay y el Comité Intergubernamental para las Migraciones (CIM), celebrado en Montevideo el 8 de enero de 1985 y que la Ley N° 16.415 del 8 de setiembre de 1993 establece el Convenio de Cooperación entre la República Oriental del Uruguay y la OIM, así como las acciones de cooperación con el gobierno en el campo migratorio.

2) Que la OIM ha brindado asistencia y cooperación técnica al Gobierno de la República Oriental del Uruguay en materia de normativa e institucionalidad migratoria, lineamiento y actividades sobre la política; acuerdos y tratados internacionales sobre los derechos humanos de las personas migrantes y sus familias, las políticas de vinculación y retorno voluntario de los nacionales en el exterior, de la información y estadísticas sobre migraciones internacionales, capacitación y formación a funcionarios, de las políticas sobre migraciones internacionales, la Conferencia Sudamericana sobre Migraciones, la cooperación sur-sur para el Desarrollo, de migración e inclusión social, migración y cambio climático, entre otros, apoyando particularmente la gestión de la Dirección General de Asuntos Consulares y Vinculación.

3) Tomando en...

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