Ley No. 20.419.- Establécense normas para mitigar la diferencia de los precios relativos en los países limítrofes.
| Fecha de publicación | 03 Septiembre 2025 |
| Número de Gaceta | 31744 |
| Emisor | Ministerio de Economía y Finanzas |
7
Documentos
Nº 31.744 - setiembre 3 de 2025
DiarioOficial |
del artículo 43-BIS del Decreto Nº 35/022, de 20 de enero de 2022 en
la redacción dada por el artículo 3 del Decreto Nº 276/024 , de 24 de
octubre de 2024.
2
Artículo 2º.- Comuníquese, archívese.
PROF. YAMANDÚ ORSI; CARLOS NEGRO; SANDRA LAZO.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
3
Ley 20.419
Establécense normas para mitigar la diferencia de los precios relativos
en los países limítrofes.
(4.127*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental
del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
CAPÍTULO 1
RÉGIMEN ESPECIAL DE COMERCIO DE FRONTERA
1
Artículo 1º.- Créase el régimen especial de comercio de frontera
en las zonas fronterizas del país mediante el cual se podrá importar
definitivamente determinadas mercaderías exentas del pago de
tributos y paratributos, incluidos el Impuesto al Valor Agregado y el
Impuesto Especíco Interno.
2
Artículo 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a reglamentar el
funcionamiento y contralor del régimen especial creado en el artículo
precedente, estableciendo los términos, requisitos y condiciones en
que se podrá realizar la importación, circulación y comercialización
de las mercaderías incluidas en el mismo, mediante un procedimiento
aduanero simplicado, en el que no se requerirá documentación
relativa a organismos de control con relación a las mercaderías, siempre
que se cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:
A) Las operaciones sean realizadas por micro, pequeñas y
medianas empresas cuyo giro sea comercio al por menor, que
cumplan con los requisitos que establezca la reglamentación.
B) Las mercaderías deberán destinarse exclusivamente a ventas
realizadas por comercios al por menor, siempre que la entrega
de dichos bienes sea efectuada en el propio local comercial.
C) La venta se realice exclusivamente a consumidores nales
y el pago se materialice presencialmente en el propio local
comercial.
3
Artículo 3º.- El Ministerio de Economía y Finanzas determinará la
nómina de productos que podrán importarse bajo el régimen especial
de comercio de frontera.
4
Artículo 4º.- Agrégase al artículo 15 de la Ley Nº 19.276, de 19 de
setiembre de 2014 (Código Aduanero), el siguiente literal:
“Literal G) Régimen especial de comercio de frontera”.
5
Artículo 5º.- El Poder Ejecutivo determinará la extensión y límites
de las zonas fronterizas, las que estarán ubicadas en un radio de hasta
60 (sesenta) kilómetros de los pasos de frontera terrestre, pudiendo
limitar su alcance a determinadas zonas geográcas dentro de dicho
radio.
6
Artículo 6º.- Sanciones a aplicar:
A) El incumplimiento de este régimen le impedirá al importador
volver a operar en el mismo por un plazo de 2 (dos) años.
B) La reiteración de dicho incumplimiento en el plazo de 1 (un)
año desde el cumplimiento de la sanción anterior, implicará la
suspensión denitiva del importador en el uso de este régimen.
La aplicación de lo establecido en el inciso primero, será sin
perjuicio de la eventual aplicación de otras sanciones administrativas,
tributarias o penales correspondientes. Asimismo, en caso de
constatar tales incumplimientos, la Dirección Nacional de Aduanas
lo comunicará a la Dirección General Impositiva a los efectos que
corresponda dentro de sus competencias.
Las mercaderías incautadas que resulten del incumplimiento
de este régimen serán entregadas por la Dirección Nacional de
Aduanas, exentas de todo tributo, mediante acta circunstanciada, a
las instituciones enumeradas en el literal D) del artículo 240 de la Ley
Nº 19.276, de 19 de setiembre de 2014 (Código Aduanero).
CAPÍTULO 2
EXONERACIÓN DE APORTES JUBILATORIOS PATRONALES
A NUEVOS EMPLEOS
7
Artículo 7º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar hasta el 75%
(setenta y cinco por ciento) de los aportes jubilatorios patronales a la
seguridad social a las empresas que cumplan simultáneamente con
las siguientes condiciones:
A) Su giro principal sea industria manufacturera, comercio al por
menor, minería, alojamiento y servicios de comida, actividades
administrativas y servicios de apoyo, artes, entretenimiento y
recreación, u otras actividades de servicio.
B) Desarrollen su actividad en un radio máximo de 60 (sesenta)
kilómetros de los pasos de frontera terrestre.
8
Artículo 8º.- La exoneración prevista en el artículo precedente
comprende únicamente los aportes patronales jubilatorios de nuevos
trabajadores dependientes que sean incorporados a la empresa, en
cuanto superen el promedio mensual de trabajadores empleados en
el semestre inmediato anterior a la entrada en vigencia del benecio,
de acuerdo a lo que establezca la reglamentación. En caso de que la
empresa cuente con más de un local, el aumento de trabajadores deberá
vericarse tanto respecto del total de dependientes de la empresa
como de cada uno de los locales que se encuentre dentro de las zonas
geográcas denidas, siempre que los nuevos trabajadores estén
afectados exclusivamente a dichos locales.
9
Artículo 9º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la forma y
condiciones en que operarán las disposiciones de este capítulo a
efectos de su funcionamiento y contralor, pudiendo limitar su alcance
a determinadas zonas geográcas no más allá del radio máximo
dispuesto en el literal B) del artículo 7º.
CAPÍTULO 3
REDUCCIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
10
Artículo 10.- Agrégase al Título 10 del Texto Ordenado 2023, el
siguiente artículo:
“ARTÍCULO 102 BIS. (Reducción de la tasa del Impuesto al
Valor Agregado en frontera).- Facúltase al Poder Ejecutivo a
reducir, total o parcialmente, las tasas del Impuesto al Valor
Agregado (IVA) aplicable a las enajenaciones de bienes, siempre
que se cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:
A) El monto de la operación no supere el equivalente a 2000
UI (dos mil unidades indexadas).
B) Sean realizadas por comercios al por menor con relación
a los giros que determine la reglamentación, ubicados en
un radio máximo de 20 (veinte) kilómetros de los pasos de
frontera terrestre, siempre que la entrega de dichos bienes
sea efectuada en el propio local comercial.
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.