Una mirada a la desobediencia civil desde la teoría de justicia de John Rawls

AutorMarcia Collazo
CargoAbogada, escritora y docente del Instituto de Profesores Artigas y de la Facultad de Derecho de la UdelaR.
Páginas107-115
107
MARCIA COLLAZO| Una mirada a la desobediencia civil desde la teoría de justicia de J. Rawls
Recibido: mayo 2017
Aceptado: junio 2017
Resumen: El propósito de este trabajo es abordar el concepto de la desobedien-
cia civil en referencia a la teoría de la justicia de John Rawls, así como analizar la
relación de dicha teoría y de la figura a estudio, con los principios generales de
nuestro ordenamiento jurídico, para lo cual se pondrá como ejemplo la marcha de
los docentes uruguayos contra el decreto de esencialidad de los servicios educati-
vos, dictado en el año 2015.
Palabras clave: Desobediencia civil, teoría de la justicia, J. Rawls, estado, norma,
política.
Abstract: The purpose of this paper is to discuss the concept of civil disobedience
in reference to John Rawls theory of justice, as well as to analyze the relation of this
figure to the general principles of our legal system. For this purpose, the Uruguayan
teachers march against the essentiality decree of educational services, dictated in
2015, will be set as an example.
Key words: Civil disobedience, theory of justice, J. Rawls, state, rule, politics.
I. Introducción: la obediencia como problema
«¿Qué sentido tiene nacer libres y no vivir libres? ¿Cuál es el valor de una libertad política
sino el de hacer posible la libertad moral? ¿Alardeamos de la libertad de ser esclavos o de la
libertad de ser libres? Somos una nación de políticos y nos preocupamos sólo por una defensa
superficial de la libertad». H. D. Thoreau.
Es seguro que estas palabras de Thoreau causarán inquietud, al menos en algún
grado, en cualquier ámbito jurídico. Pocos conceptos son tan resbaladizos, confusos
e incluso alarmantes para el derecho,1 como el de desobediencia civil, y es en tal
sentido que C. Sáez Cabrera afirma que la expresión «tiene per se una evidente vaguedad
y ambigüedad en su significado».2 Desde los postulados del iusnaturalismo clásico, pa-
sando por la filosofía de la libertad, por la hermenéutica e incluso por los enfoques
UNA MIRADA A LA DESOBEDIENCIA CIVIL
DESDE LA TEORÍA DE JUSTICIA DE JOHN RAWLS
Págs. 107-115
Dra. Marcia Collazo*
*Abogada, escritora y docente del Instituto de Profesores Artigas y de la Facultad de Derecho de la
UdelaR.
1Cuando me refiero al derecho, a los efectos de esta reflexión puntual, lo hago desde su doble
dimensión de orden jurídico por un lado, y de ciencia, teoría y dogmática jurídica por el otro.
2Sáez Cabrera, Carmen, «La desobediencia civil», (2000).
Ruptura | año 7, número 8 ISSN 1688-8162

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