Normas de derechos humanos: colisión y complementariedad

AutorLaura Nahabetián Brunet
CargoUniversidad de la República
Páginas65-110
Revista de Derecho (UCUDAL). 2da época. Año 10. N° 14 (dic. 2016). ISBN 1510-3714. ISBN on line 2393-6193
Recibido: Recibido: 18/01/2016. Observado: 21/4/16. Corregido: 20/5/16. Aceptado: 15/6/16
Normas de derechos humanos:
Colisión y complementariedad
Human rights standards:
Collision and complementarity
Laura Nahabetián Brunet
Universidad de la República
lnahabetian@gmail.com
RESUMEN: El artículo refiere al análisis de necesaria realización frente a la existencia
de disposiciones normativas que reconociendo derechos fundamentales, pudieren ve-
rificarse en situación de complementariedad y eventualmente en aquella de colisión.
De esta forma se pretende avanzar sobre la consideración de los diferentes análisis
que deben realizarse a partir de la existencia de las siempre presentes, antinomias nor-
mativas, considerando con especial énfasis la estructura de las normas continentes de
derechos humanos, el significado de su limitación y su contenido esencial.
Asimismo, se analizan algunas consideraciones relacionadas con los principios que
deben estar presentes en tanto sustento de las decisiones en la materia.
PALABRAS CLAVE: derechos humanos; eficacia; límites; contenido esencial; principios.
ABSTRACT: This article is created due to the necessary analysis of law dispositions that
recognize fundamental rights and can be verified both in situations of complementarity
and collision.
In this scenario, the article intends to advance in the consideration of the different analy-
sis that have to be done due to the constant existence of regulation antinomies, consi-
dering a special emphasis in the structure of regulations that refer to human rights, the
meaning of their limitation and their essential content.
Furthermore, an analysis of some considerations related to principles that have to ap-
pear as sustentation of the decisions related to this matter is presented.
KEYWORDS: human rights; efficacy; limits; essential content; principles.
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SUMARIO: 1. Introducción. a) Respecto de la constitucionalización del Derecho. b) Efi-
cacia normativa de las normas constitucionales. c) Eficacia horizontal de los derechos
fundamentales. d) Acerca de las antinomias normativas. e) Colisión o complementa-
riedad. I) Teoría negatoria. II) Teoría de la aceptación. 2. Estructura de las normas de
derechos humanos. a) Disposiciones normativas y norma de derecho fundamental. b)
Derechos fundamentales como normas de principio. c) Dimensiones subjetiva y objetiva
de las normas que garantizan derechos fundamentales. 3. Limitación a los derechos
humanos. a) Limitar un derecho fundamental. b) Delimitación de los derechos funda-
mentales: límites internos. c) Límites de los derechos fundamentales en sentido propio:
los límites externos. d) Límite de los límites: Contenido esencial de los derechos hu-
manos. 4. Principio de proporcionalidad. 5. Principio de razonabilidad. Strict scrutiny.
Intermediate scrutiny. Rational basis review. 6. Interpretación normativa. La directriz de
preferencia de normas. La directriz de preferencia. 7. Ley de ponderación
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1.
INTRODUCCIÓN
A) RESPECTO DE LA CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO
El término constitucionalización no reviste precisamente exactitud. Tal y como se ha
indicado por varios autores, implica la designación de una mutación de un estado a otro. Así,
se lo designa como “un proceso al término del cual el Derecho es “impregnado”, “saturado”
o “embebido” por la Constitución1.
Es imposible por tanto, a rmar con rigurosidad en qué consiste con precisión este
proceso. Sin embargo, sí es posible establecer que después de él, el derecho es diferente. En
ese sentido, la constitucionalización implica una modi cación de paradigma en relación
con el antiguo Estado Legal de Derecho determinándose que “un ordenamiento jurídico
constitucionalizado se caracteriza por una Constitución extremadamente invasora, entrome-
tida, capaz de condicionar tanto la legislación como la jurisprudencia y el estilo doctrinal, la
acción de los actores políticos, así como las relaciones sociales”2.
Se trata de la Constitución y su poderoso efecto de irradiación, explicado como “el
desbordamiento de un derecho constitucional que ahora inunda el conjunto del ordena-
miento; ya no se trata sólo de regular las relaciones entre los poderes del Estado, sino que casi
podría decirse que todo con icto jurídico, desde el horario de las panaderías al etiquetado de
chocolate, encuentra alguna respuesta constitucional”3.
1 Comanducci, Paolo, “Formas de neoconstitucionalismo: un análisis metateórico”, en AAVV Neoconstitucionalismo
(Madrid, Trotta, 2003), 81.
2 Guastini, Riccardo, “La constitucionalización del ordenamiento jurídico: el caso italiano”, en AAVV
Neoconstitucionalismo (Trotta, Madrid, 2003), 49.
3 Prieto Sanchís, Luis, “Constitucionalismo y garantismo”, en AAVV Garantismo, Estudios en homenaje a Ferrajoli
(Trotta, Madrid, 2005), 48.

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