El papel, los deberes y las responsabilidades de los escabinos en el sistema acusatorio

AutorIngo Bott
CargoAbogado con el bufete Wessing & Partner, Düsseldorf, Alemania
Páginas11-15
EL PAPEL, LOS DEBERES Y LAS RESPONSABILIDADES DE
LOS ESCABINOS EN EL SISTEMA ACUSATORIO
INGO BOTT1
1. INTRODUCCIÓN
Un Juzgado Municipal (Amtsgericht) de nivel distrital en Alemania.El proceso llega a su fin.El fiscal ya
ha hecho su alegato, el defensor ha presentado su defensa, el acusado ha tenido la última palabra. Lo que
falta es la sentencia: entonces el juez se levanta para retirarse a su despacho en el fondo de la sala. Pero no
está sólo.A su derecha y a su izquierda también se levantan dos personas que acompañan al juez para su
consultación. Y no sólo eso; los llamados escabinos ya estaban presentes durante todo el proceso. Aunque
obviamente no son jueces ellos mismos,no llevan toga y al comienzo del proceso el juez no les presentó como
colegas sino como escabinos, a la vez explicando su papel particular,tienen exactamente los mismos derechos
que el propio juez. Interrogaron al acusado y a los testigos, y evaluaron las pruebas.
Para un lector del mundo hispanohablante a primera vista esto puede parecer bastante extraño.2 Por esa
razón resulta interesante ocuparse del tema, sobre todo como la idea de tener escabinos – legos jurídicos –
en la posición y con el poder de un juez, no es común en los sistemas jurídicos del mundo hispanohablante.
Entretanto, en Alemania es un fenómeno bastante común queen particular, aunque no exclusivamente, se
encuentra en el ámbito del Derecho Penal.3
2. PANORAMA GENERAL: ¿QUÉ SON LOS ESCABINOS?
Los escabinos son jueces honoríficos en el sistema judicial penal alemán. Siempre son dos personas que
participan en las sesiones penales al lado de un juez (Juzgado Municipal) o de dos o tres jueces en la justicia a
nivel de estado (Tribunal Regional).4 A diferencia del sistema con un jurado, el sistema alemán no contempla
un órgano formado por una multitud de personas que sustituye al juez,5 mientras que él – el juez profesional
– tiene el mero papel de la moderación del proceso. En Alemania los escabinos aparecen al lado, y al mismo
nivel, que el juez profesional.Forman parte de los juicios orales y públicos en los casos en que la ley GVG
(Gerichtsverfassungsgesetz; Ley Orgánica de Tribunales) prevee su participación. Como los jueces profesio-
nales – juristas originales – también los escabinos tienen la posición de un juez independiente. Solamente
responden a la ley. A través de los escabinos la población de una región tiene la posibilidad de participar en
la jurisprudencia de los tribunales de tal región.
3. ¿EN QUÉ TIPOS DE PROCESOS PARTICIPAN LOS ESCABINOS?
La GVG prevee la presencia de escabinos en los juicios de los Tribunales Municipales, salvo que decida
un juez unipersonal (§ 28 GVG). Es decir, la ley declara la participación de escabinos como la regla.6 La ex-
cepción – que decida un juez unipersonal – sólo rige para delitos de criminalidad menor cuando no se espera
1 Dr. Ingo Bott es abogado con el bufete Wessing & Partner, Düsseldorf, Alemania. Es especialista en Derecho Penal, sobre todo
Derecho Penal de la Economía, Derecho Penal de las Propiedades Intelectuales y Derecho Penal Procesal. En los últimos años ha dado
ponencias sobre problemas y fenómenos del Derecho Penal y del Derecho Penal Procesal e n España, Uruguay, Venezuela y México.
Contacto: bott@strafrecht.de
2 No obstante, el concepto de escabinos es también conocido en algunos países, como por ej. Venezuela (Artículo 149 del Código
Orgánico Procesal Penal). Véase el artículo de Fernandez en http://www.analitica.com/va/sociedad/articulos/6367475.asp
3 Otras vías legales donde se encuentra la participación de escabinos en Alemania son los del Juzgado Laboral, de los Asuntos de
Seguridad Social,de lo Contencioso-Administrativo y de lo Económico-Administrativo.
4 Una visión general sobre el desarrollo histórico de los escabinos en Alemania en español puede encontrarse en www.catedrahendler.
org de la Universidad de Buenos Aires.
5 El concepto de un jurado está previsto – con diferencias esenciales en lo concreto – por ej. en el orden jurídico de los EEUU,
Canada, Bélgica, Malta, Francia y Austria. Para una introducción véase http://es.wikipedia.org/wiki/Jurado.
6 El sistema respecto a los tribunales tutelares de juveniles es parecido, §§ 33 y ss. JGG (Jugendgerichtsgesetz).

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