El 'principio de equilibrio presupuestal': entre el derecho, la teoría económica y la ideología

AutorAndrés Blanco
Páginas29-35
EL “PRINCIPIO DE EQUILIBRIO PRESUPUESTAL”: ENTRE EL
DERECHO, LA TEORÍA ECONÓMICA Y LA IDEOLOGÍA
Andrés Blanco1
Sumario. 1. El equilibrio presupuestal y las “leyes de responsabilidad
scal”. 2. Crítica del principio de equilibrio presupuestal desde el punto
de vista de la teoría económica.
1. Elequilibriopresupuestalylas“leyesderesponsabilidadscal”
Si se preguntara a cualquier persona, jurista o no, acerca de algún “principio” o “regla”
indudable que debiera regir el presupuesto del Estado, muy probablemente diría “el equi-
librio entre gastos e ingresos”; esto es, casi todo el mundo tiende a pensar que es bueno y
saludable para toda la sociedad que el Estado no gaste más de lo que ingrese, o todavía más,
que gaste menos de lo que le ingrese y “ahorre para los tiempos difíciles”.
El régimen constitucional del presupuesto nacional uruguayo está construido sobre esa
idea: a ella responden la iniciativa privativa del Poder Ejecutivo para las leyes de presupuesto
y rendición de cuentas (artículo 214); la prohibición de que el Poder Legislativo aumente
los gastos más allá de los previstos en la iniciativa del Poder Ejecutivo (artículo 215); etc.
En el plano departamental la consigna es explícita, ya que el artículo 225 de la Constitución
prohíbe la aprobación de presupuestos departamentales decitarios. La dogmática, por su
parte, también está en línea con esta tesis. Por ejemplo Cassinelli, a la vez que establece que el
presupuesto no signica una “obligación de gastar” sino una simple autorización a hacerlo,
valora positivamente el ahorro y muy negativamente el décit presupuestarios2.
Varios países han puesto en vigor “leyes de responsabilidad scal” basadas en dicho
“principio del equilibrio presupuestal”, o están en vías de hacerlo. Estas leyes signican es-
tablecer un límite objetivo al gasto público, como –por ejemplo– un determinado porcentaje
del Producto Bruto Interno.
La defensa del equilibrio presupuestal, y –mejor– del superávit, como medidas muy
sanas y necesarias, está bien sintetizada por Stiglitz3. Lo que nos dice Stiglitz es que si el
Estado gasta más de lo que obtiene a través de los tributos y otros “ingresos genuinos” (por
ejemplo, precios), la diferencia necesariamente tiene que ser cubierta mediante la emisión de
deuda. Como esa deuda (nos dice el autor), más tarde o más temprano, deberá ser pagada, en
algún momento deberán incrementarse los tributos para saldarla; de lo contrario, se deberá
incurrir en más endeudamiento para pagar la deuda anterior, ingresándose en un círculo
vicioso que causará la ruina general.
Tesis: falsedad de los supuestos y efectos del equilibrio, y carácter ideológico del “prin-
cipio de equilibrio presupuestal”.
1 Trabajo realizado en régimen de extensión horaria de docentes de la Facultad de Derecho de la
Universidad de la República.
2 Cassinelli Muñoz, Horacio: “Derecho Público”, FCU, Montevideo, 2002, págs. 302 y 303.
3 Stiglitz, Joseph: “La economía del sector público”, Antoni Bosch, Barcelona, 2002, págs. 697 y ss.

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