La regulación de la objeción de conciencia en las normas despenalizadoras del aborto en Argentina y Uruguay

AutorMariano Aramberri
CargoDoctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de la República (Uruguay). Diplomatura en Derecho de la Salud por la Universidad Austral (Argentina).
Páginas37-51
37
MaRiano ARAMBERRI*
Facultad de Derecho de la Universidad de la República (UDELAR), Uruguay.
mjal@adinet.com.uy
ORCID iD: https://orcid.org/0000-0001-8463-6628
Recibido: 30/04/2021 - Aceptado: 25/05/2021
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Aramberri, M. La regulación de la objeción de conciencia en las normas
despenalizadoras del aborto en Argentina y Uruguay. Revista de Derecho,
20(39), (2021): 37-51.
https://doi.org/10.47274/DERUM/39.3
La regulación de la objeción de conciencia
en las normas despenalizadoras del aborto
en Argentina y Uruguay
Resumen: El presente trabajo tiene por objetivo analizar el tratamiento legislativo de la objeción de
conciencia contenido en las normas despenalizadoras del aborto en Argentina y Uruguay, mediante un
estudio comparativo de algunos de sus aspectos más relevantes.
Se expone una posición crítica de la visión restrictiva del derecho a la objeción de conciencia que proponen
las normas analizadas, incluyendo el decreto reglamentario oportunamente dictado por el Poder Ejecutivo
de nuestro país que, en su día, recibió el impacto en la línea de otación que signicó el contenido de la
sentencia del TCA nro. 586, de año 2015.
Sin perjuicio de la referencia a las prescripciones que surgen de las normas vigentes en ambas márgenes del
Plata, se propone una concepción jusnaturalista del derecho a la objeción de conciencia y de ideario. En virtud
de ese posicionamiento se concluye que las restricciones que algunas preceptivas legales o reglamentarias
pretenden imponer, ceden ante la superioridad de la indispensable protección de la efectividad del derecho
humano fundamental esgrimido por el objetor que, en denitiva, mediante el ejercicio del derecho hace
saber a quien corresponda que la norma inicua no lo obliga, y porque no lo obliga no la cumplirá.
Palabras clave: aborto, objeción de conciencia, Uruguay, Argentina
* Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de la República (Uruguay). Diplomatura en Derecho de la Salud
por la Universidad Austral (Argentina).
MARIANO ARAMBERRI - LA REGULACION DE LA OBJECION DE CONCIENCIA EN
LAS NORMAS DESPENALIZADORAS DEL ABORTO EN ARGENTINA Y URUGUAY
- doi: https://doi.org/10.47274/DERUM/39.3
Revista de Derecho. Año XX (Julio 2021), Nº 39, pp. 37-51 | ISSN: 1510-5172 (papel) - 2301-1610 (en línea)

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