Resolución 320/019.- Modifícase el Manual de Procedimiento para la Realización de Campañas de Medición de Tensión del Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica, y apruébase el Manual de Procedimientos para la Realización de Campañas de Medición de Perturbaciones

VISTO: que la Resolución de Ursea Nº 297/018, modificó el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica (en adelante, RCSDEE), incorporando al mismo el control de las perturbaciones de la tensión de la red (armónicas, flicker y desbalance);

RESULTANDO: I) que la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, con sus modificativas y concordantes, cometió a Ursea la regulación y control de actividades relacionadas con la energía eléctrica;

II) que en dicho marco legal, se ha dictado el RCSDEE que regula en su Sección III la Calidad del Producto Técnico;

III) que luego de consideraciones técnicas y atendiendo a las directivas del Directorio y de las Gerencias de esta Unidad Reguladora, se hizo necesario realizar algunos ajustes e incorporaciones normativas al Reglamento citado, en particular lo referido a las perturbaciones eléctricas en la red de distribución, lo cual fue realizado con el dictado de la Resolución Nº 297/018;

IV) que en dicho marco, se elaboró una propuesta de Manual de Procedimiento para la Realización de Campañas de Medición de Perturbaciones y la actualización del Manual de Procedimiento para la Realización de Campañas de Medición de Tensión;

CONSIDERANDO: I) que se le confirió vista a UTE de las propuestas de Manuales elaborados;

II) que evacuada la vista por UTE, luego de analizada la misma, la asesora técnica de la Ursea establece que en relación al "Manual de Procedimientos para la Realización de Campañas de Medición de Tensión" corresponde contemplar lo observado por UTE, adjuntando una nueva versión del referido Manual en consecuencia, mientras que en relación al Manual de Procedimiento para la Realización de Campañas de Medición de Perturbaciones recomienda mantener la propuesta original por considerarse que UTE reitera apreciaciones realizadas en el marco de la consulta pública que ya fueron oportunamente contestadas;

III) que las Gerencias comparten la propuesta elaborada;

ATENTO: a lo expuesto, a lo previsto en la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002, en su redacción actual y en el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica y la Resolución Nº 297/018;

EL DIRECTORIO RESUELVE:

1) Apruébese el Anexo I que se incluye a continuación considerándoselo como parte integrante y sustitutivo del Manual de Procedimiento para la Realización de Campañas de Medición de Tensión del Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica.

2) Apruébese el Anexo II que se adjunta a la presente Resolución que estatuye el nuevo "Manual de Procedimientos para la Realización de Campañas de Medición de Perturbaciones".

3) Esta Resolución entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2020.

4) Notifíquese y publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad.

Aprobado según Acta Referenciada Nº 38/2019 de fecha 01/10/2019

ANEXO I

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REALIZACIÓN DE CAMPAÑAS DE MEDICIÓN DE TENSIÓN

Generalidades

El control de la Calidad del Producto Técnico se realizará de acuerdo a lo establecido en la Sección III, Calidad del Producto, del Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica (RCSDEE), aprobado por Resolución de la URSEA Nº 29/003 de 24 de diciembre de 2003 y modificativas.

El presente Manual de Procedimientos establece los criterios correspondientes a la adquisición y procesamiento de información de los registros de niveles de tensión en distintos puntos de la red, a los efectos de cumplir lo especificado en el Título II de la Sección III del RCSDEE, en la redacción dada por la Resolución de la URSEA Nº 297/018.

Alcance de la campaña de medición

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 49 del RCSDEE, en la redacción dada por la Resolución de la URSEA Nº 297/018, se realizarán registros mensuales en la siguiente cantidad de puntos de la red:

0,5% de los centros de transformación MT/BT urbanos - Cant_

SB_U

0,1% de los centros de transformación MT/BT rurales- Cant_

SB_R

1 (un) usuario por cada 15.000 (quince mil) puntos de entrega

- CantJJS

50 puntos seleccionados por la URSEA (máximo)_Cant_URSEA

El número total de registros que UTE deberá realizar en cada Semestre de Control será 6 veces las cantidades definidas por los porcentajes antes mencionados:

Cant_sorteo = 6x (Cant_SB_U + Cant_SB R + Cant_US)

Cant_sem (máximo) = Cant_sorteo + 6 x Cant_URSEA

Con excepción de los puntos seleccionados por la URSEA, los restantes puntos a medir se determinarán mediante sorteo aleatorio. A continuación se describe el proceso de sorteo correspondiente:

A los efectos de definir los lugares donde se realizarán los controles de tensión, previo al inicio de cada semestre de control, se considera como universo para los transformadores MT/BT de UTE, los informados en la Tabla 14 "Instalaciones MT/BT para la configuración normal de la red (mensual)", correspondiente al último mes informado a la URSEA, y para los usuarios, los informados en la Tabla 34...

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