Resolución 910/106.- Promúlgase el Decreto Departamental 7/016, por el que se aprueba el Presupuesto de la Junta Departamental de Treinta y Tres para el período 2016-2020

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Documen tos
Nº 29.501 - julio 22 de 2016
DiarioOf‌icial |
esta Junta y al Tribunal de Cuentas de la República a efectos de su
contralor. Declárase urgente.
Nino Báez Ferraro, Presidente; Nelly Pietracaprina, Secretaria
General.
Resolución Expediente Acta Nº
05001/2016 2016-88-01-00386 01418/2016
VISTO: que por Resoluciones números 00193/2016, de 8 de Enero
de 2016 y 00889/2016, de 28 de Enero de 2016, se remitió a consideración
de la Junta Departamental, el Proyecto de Presupuesto Departamental
para el período 2016-2020 y el mensaje complementario del mismo;
RESULTANDO: I) que la Junta Departamental, en sesión de 17
de Marzo de 2016, aprobó en principio el Proyecto de Presupuesto
Departamental, y lo remitió al Tribunal de Cuentas, de acuerdo a lo
II) que el Tribunal de Cuentas, el 27 de Abril de 2016, emitió
dictamen al tenor de lo establecido en los artículos 211 literal A y 225
III) que la Junta Departamental, el 6 de Mayo de 2016, aceptó las
observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas en los párrafos
2.4), 3.2), 3.3), 3.1), 3.4), 3.5) y 3.7) del dictamen, instruyendo a la
Intendencia a efectuar los ajustes y correcciones pertinentes; ajustó
la redacción del artículo 6º para dar cumplimiento a la observación
del párrafo 4.2) y eliminó los artículos 15º y 16º del Proyecto, en
mérito a la observación recaída en el párrafo 4.7); asimismo, la Junta
Departamental, no aceptó las observaciones formuladas por el Tribunal
de Cuentas en los párrafos 2.3), 3.6), 4.3), 4.4), 4.6), 4.8) , 4.10), 4.11),
4.12), 4.13), 4.14) y 4.15). Por ello, en cumplimiento de lo establecido en
el artículo 225 de la Constitución de la República, remitió lo actuado
a la Asamblea General;
CONSIDERANDO: I) que vencido el plazo constitucional para que
la Asamblea General se expidiera sobre las discrepancias, el expediente
fue remitido sin decisión a la Junta Departamental por Ocio Nº 69/16,
por lo que cabe tener por sancionado el Presupuesto Departamental
para el período 2016-2020;
II) que en cumplimiento de la Ordenanza Nº 71 del Tribunal de
Cuentas, la Dirección General de Hacienda realizó los correctivos
encomendados por la Junta Departamental;
III) que corresponde dictar el acto administrativo que disponga
la promulgación, publicación y comunicación del presupuesto
departamental;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en
la República, artículo 1 del Código Civil y la Ordenanza Nº 71 del
Tribunal de Cuentas;
EL INTENDENTE DE MALDONADO
RESUELVE:
1) Cúmplase, publíquese, comuníquese e insértese en el Digesto
Departamental.
2) Incorpórase la documentación anexada en actuaciones 8, 9 y 10
del expediente electrónico, en cumplimiento de lo dispuesto por la
Junta Departamental el 6 de mayo de 2016.
3) Cométese a la Dirección de Comunicaciones la publicación del
Decreto Departamental conrmatorio Nº 3947/2016 (fojas 689 a 726
del expediente físico y archivo adjunto en actuación 5 del expediente
electrónico), por lo menos, en el Diario Ocial y dos periódicos del
departamento.
4) Encomiéndase a la Dirección General de Hacienda realizar las
comunicaciones al Poder Ejecutivo y al Tribunal de Cuentas de acuerdo
a lo establecido en el artículo 227 de la Constitución Nacional, así
como a la Junta Departamental y efectuar cualquier correctivo que se
pudiese requerir al amparo de lo establecido en la Ordenanza Nº 71
del Tribunal de Cuentas.
5) Pase por su orden a la Dirección de Comunicaciones, Dirección
General de Hacienda y Dirección General de Asuntos Legales a los
efectos dispuestos. Cumplido, siga a la Pro Secretaría General.
Resolución incluída en el Acta rmada por Diego Echeverría el
20/07/2016 13:52:46.
Resolución incluída en el Acta firmada por Enrique Antia el
20/07/2016 14:04:36.
INTENDENCIA DE TREINTA Y TRES
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Resolución 910/016
Promúlgase el Decreto Departamental 7/016, por el que se aprueba el
Presupuesto de la Junta Departamental de Treinta y Tres para el período
2016-2020.
(1.101*R)
JUNTA DEPARTAMENTAL TREINTA Y TRES
La junta Departamental de Treinta y Tres en sesión de hoy ha aprobado
el siguiente
DECRETO Nº 07/2016
VISTO: El Proyecto de Presupuesto de la Junta Departamental de
Treinta y Tres, período 2016-2020.-
RESULTANDO: Que el mismo fue presentado en tiempo y forma.-
CONSIDERANDO: El informe favorable de la Comisión de
Hacienda y Presupuesto, aprobado por el Legislativo.-
ATENTO: A las facultades que le coneren la Constitución de la
República y la normativa vigente
LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DEL DIA DE LA
FECHA
DECRETA:
PRESUPUESTO JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y
TRES PERÌODO 2016 - 2020
ARTICULO 1º) Fíjase el Presupuesto de la Junta Departamental
de Treinta y Tres, en los siguientes montos:
AÑO 2016 en la suma de $ 30.029.334 (Pesos Uruguayos: Treinta
millones veintinueve mil trescientos treinta y cuatro).
AÑO 2017 en la suma de $ 30.022.006 (Pesos Uruguayos: Treinta
millones veintidós mil seis).
AÑO 2018 en la suma de $ 29.970.636 (Pesos Uruguayos:
Veintinueve millones novecientos setenta mil seiscientos treinta y seis).
AÑO 2019 en la suma de $ 29.954.910 (Pesos Uruguayos: Veintinueve
millones novecientos cincuenta y cuatro mil novecientos diez).
AÑO 2020 en la suma de $ 30.286.412 (Pesos Uruguayos: Treinta
millones doscientos ochenta y seis mil cuatrocientos doce).
ARTICULO 2º) DE LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL POR
RUBROS:
2.1 Del monto global indicado en el artículo anterior, se asignan
las siguientes partidas a los rubros que integran este presupuesto y
que a continuación se detallan:
PARA EL AÑO 2016
RUBRO 0 $ 22.278.330 (Pesos Uruguayos: Veintidós millones
doscientos setenta y ocho mil trescientos treinta).
RUBRO 1 $ 2.302.000 (Pesos Uruguayos: Dos millones trescientos
dos mil).
RUBRO 2 $ 3.205.000 (Pesos Uruguayos: Tres millones doscientos
cinco mil).
RUBRO 3 $ 302.000 (Pesos Uruguayos: Trescientos dos mil).

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