Resolución No. 1.578/012.- Promúlgase el Decreto Departamental 3.081, por el que se modifica el Art. 11 del Decreto Departamental 3.032, relativo a Ordenanza de Estructuras, Soportes y Antenas

IM.P.O.
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14 Documentos Nº 28.568 - octubre 4 de 2012 | DiarioOf‌icial
mayoría de los presentes y cuando exista empate el voto del Presidente
tendrá valor doble, aun si ese empate se hubiese producido como
consecuencia de su propio voto.
En todo lo no previsto expresamente respecto a su integración
y forma de funcionamiento, la Comisión Delegada se regirá por la
normativa aplicable al Directorio del Instituto del Niño y Adolescente
del Uruguay.
3
Artículo 3º.- (Remuneraciones).- Las remuneraciones de los
miembros de la Comisión Delegada, incluida la dedicación permanente
y gastos de representación, serán las mismas que las previstas para
el Presidente y los integrantes del Directorio del Instituto del Niño y
Adolescente del Uruguay, respectivamente.
4
Artículo 4º.- (Asistentes directos de la Comisión Delegada).- Cada
uno de los miembros de la Comisión Delegada podrá contar con hasta
dos asistentes para desempeñar tareas de apoyo directo a los mismos.
A tales efectos, se extiende la facultad conferida al Instituto del Niño y
Adolescente del Uruguay por el artículo 289 de la Ley Nº 18.172, de 31
de agosto de 2007, y en las condiciones allí establecidas. La contratación
de los referidos asistentes será realizada por el Directorio del Instituto
del Niño y Adolescente del Uruguay a propuesta de la Comisión
Delegada del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (SIRPA)
y solo podrá apartarse de esa propuesta por motivos fundados. Dichas
contrataciones se nanciarán con la partida prevista en el artículo 254
de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo,
a 5 de setiembre de 2012.
JORGE ORRICO, Presidente; JOSÉ PEDRO MONTERO, Secretario.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 14 de Setiembre de 2012
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se modica
el artículo 4º de la Ley Nº 18.771, de 1º de julio de 2011, y se establecen
normas relativas al funcionamiento del Sistema de Responsabilidad
Penal Adolescente (SIRPA).
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; DANIEL OLESKER;
EDUARDO BONOMI; FERNANDO LORENZO; RICARDO
EHRLICH; JORGE VENEGAS.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE SAN JOSÉ
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Resolución 1.578/012
Promúlgase el Decreto Departamental 3.081, por el que se modica
el Art. 11 del Decreto Departamental 3.032, relativo a Ordenanza de
Estructuras, Soportes y Antenas.
(1.754*R)
San José, 3 de setiembre de 2012
RESOLUCIÓN No 1159/2012.- VISTO: el Ocio No 1110/2012 de la
Intendencia Municipal, Expedi ente No 3752/2012; CONSIDERANDO
I: que adjunto al mismo se remite Proyecto de Decreto tendiente
a modicar el Art. 11 del Decreto No 3032 referido a “Ordenanza
de Estructuras, Soportes y Antenas” del 26 de setiembre de 2008;
CONSIDERANDO II: que la Sub Comisión de Categorización,
sugirió una ampliación al artículo 11 del aludido Decreto a efectos
de contemplar la problemática que plantean los parques eólicos a
instalarse en zonas rurales;
ATENTO: a lo solicitado en Sala para que el tema sea considerado
sin discusión; la Junta Departamental de San José, por unanimidad
de presentes (29 votos en 29), RESUELVE: aprobar en general el
Proyecto de Decreto presentado por el Ejecutivo Departamental
para Modicar el artículo 11 del Decreto Nº 3032, Ordenanza de
estructuras, soportes y antenas, y en particular por unanimidad
de presentes (30 votos en 30) sancionar el Decreto Nº 3081, el que
textualmente expresa:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ DECRETA:
Artículo 1º- Modifícase el artículo 11 del Decreto Nº 3032 de fecha
26 de setiembre de 2008, el que quedará redactado de la siguiente
forma: “En zonas rurales o suburbanas de características rurales
con baja densidad poblacional, la ubicación de los artefactos dentro
del predio deberá contemplar una distancia mínima de los linderos,
equivalente a la altura máxima de la instalación.
En el caso de la implementación de Parques Eólicos en distintos
padrones de un mismo propietario, la instalación de los artefactos
quedará exceptuada de cumplir la limitación de distancia entre
padrones prevista en el párrafo anterior.
Cuando los padrones del emprendimiento no sean del mismo
propietario, deberá probarse el vínculo al mismo, mediante
certicación notarial.
Artículo 2º- Comuníquese, publíquese, etc.
A sus efectos, vuelva al Ejecutivo Departamental.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DE SAN JOSÉ, EL DÍA TRES DE SETIEMBRE DE DOS MIL
DOCE.-
Fredy Fabre Sánchez, Presidente; Alexis Bonnahón, Secretario
General.
San José, 26 de setiembre de 2012.-
RESOLUCIÓN Nº 1578/2012 EXPEDIENTE Nº 3752/2012
SE PROMULGA DECRETO Nº 3081
VISTO: el Ocio Nº 1110/2012 de fecha 30 de agosto de 2012,
remitido por este Ejecutivo a la Junta Departamental de San José;
RESULTANDO: que a través del mismo se solicita la anuencia
para aprobar el Proyecto de Decreto para modificar el artículo
11 del Decreto Nº 3032 -Ordenanza de estructuras, soportes y
antenas-;
CONSIDERANDO: que la Junta Departamental de San José, por
Resolución Nº 1159/2012 de fecha 3 de setiembre de 2012, sancionó,
el Decreto Nº 3081;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el
El Intendente de San José, RESUELVE:
1º.- Promúlgase el Decreto Nº 3081, aprobado por la Junta
Departamental de San José, por Resolución Nº 1159/2012 de fecha 3
de setiembre de 2012.
2º.- Cométese a la Ocina de Comunicación la publicación en el
Diario Ocial y prensa local y en la página web de esta Intendencia.
3º.- Pase a conocimiento de la Dra. Mónica Tedesco, Asesoría
Letrada, Dirección de Arquitectura, Ordenamiento Territorial y
Dirección de Gestión Ambiental y Salud.
4º.- Regístrese.
José Luis FALERO, Intendente; Cra. Ana María BENTABERRI,
Secretaria General.

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