Resolución No. 12/020.- Prohíbese la pesca dirigida a la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca
12 Documentos Nº 30.516 - setiembre 7 de 2020 | DiarioOficial
La Ley en
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Resolución 12/020
Prohíbese la pesca dirigida a la especie calamar (Illex argentinus) en la
Zona Común de Pesca.
(3.637*R)
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Norma estableciendo el cierre de la temporada de pesca dirigida a
la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca
Visto:
La necesidad de adoptar medidas para la conservación y racional
explotación de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común
de Pesca.
Resultando:
Que, de acuerdo al asesoramiento técnico recibido por la Comisión,
resulta necesario proteger las actuales concentraciones de ejemplares
juveniles de la especie para la temporada extractiva 2021.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del
Río de la Plata y su Frente Marítimo
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo 1º) Prohíbese la pesca dirigida a la especie calamar
(Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir de la fecha de
publicación en los Diarios Ociales de las Partes.
Artículo 2º) Considérese la transgresión de la presente Resolución
como un incumplimiento grave.
Artículo 3º) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones
Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 4º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República
Argentina y en el Diario Ocial de la República Oriental del Uruguay.
Montevideo, 28 de agosto de 2020
Capitán de Navío (R) Julio Suárez, Presidente; Embajadora Mariana
Inés Llorente, Vicepresidenta.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
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Resolución 5.654/019
Promúlgase el Decreto Departamental 37.278 de 14 de noviembre de
2019, y aplícanse medidas cautelares a los bienes inmuebles que se
determinan.
(3.690*R)
Resolución Nro.: 5654/19 Nro. de Expediente:
2019-9777-98-000094
SECRETARIA GENERAL Fecha de Aprobación:
02/12/2019
Tema:
PROMULGACIONES DE DECRETO
Resumen:
SE PROMULGA EL DECRETO NO. 37.278 Y SE APLICAN
MEDIDAS CAUTELARES A LOS BIENES INMUEBLES QUE SE
INDICAN.-
Montevideo, 02 de Diciembre de 2019.-
VISTO: el Decreto Nº 37.278 sancionado por la Junta Departamental
el 14 de noviembre de 2019, por el cual de conformidad con la
Resolución Nº 4788/19 de 1/10/19 se faculta a este Ejecutivo a aplicar
medidas cautelares según lo dispuesto en el Art. 24 del Capítulo
V de la Ley No. 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible a los bienes inmuebles que se indican, en las condiciones
que se establecen;
EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1. Promúlgase el Decreto Nº 37.278 sancionado el 14 de noviembre
de 2019.-
2. Aplicar medidas cautelares según lo dispuesto en el Art. 24
del Capítulo V de la Ley No. 18.308 de Ordenamiento Territorial y
Desarrollo Sostenible a los bienes inmuebles que se indican:
a) padrón No. 417212, Edicio de la ex Estación Central “General
José Artigas” de los ferrocarriles del Estado.
b) padrones Nos. 417213 y 417214, Área de la ex Playa de Maniobras
de la referida Estación y galpones contiguos con frente a la calle Paraguay.
3. Establecer que la vigencia de la cautela mencionada en el
numeral anterior es de 12 (doce) meses a partir del día siguiente a
la promulgación del decreto prorrogables hasta por igual período
hasta la aprobación por la Junta Departamental del instrumento de
ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, que en aplicación del
Art. 20 de la Ley No. 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible se considere adecuado a las nalidades perseguidas y
explicitadas en los lineamientos estratégicos.
4. Comuníquese a la Junta Departamental, al Municipio B, a las
Divisiones Asesoría Jurídica, Planicación Territorial, al Servicio
Centro Comunal Zonal No. 1, a los Equipos Técnicos de Actualización
Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca de Jurídica y pase
por su orden al Sector Despacho para su incorporación al Registro
y al Departamento de Planicación para proseguir con los trámites
pertinentes.
CHRISTIAN DI CANDIA, Intendente de Montevideo;
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.
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