Resolución No. 125/018.- Fíjanse las tarifas para las publicaciones, ejemplares y otros productos y servicios, que brinda la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IM.P.O.)

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Resolución 125/018

Fíjanse las tarifas para las publicaciones, ejemplares y otros productos y servicios, que brinda la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IM.P.O.).

(1.617)

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

RESOLUCIÓN 0237/018

Asunto 040/018 2018-11-0001-0400

Montevideo, 8 de Marzo de 2018

VISTO: la solicitud formulado por la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IM.P.O.) referente a la aprobación de los nuevos valores de las tarifas generales de algunos de sus productos y servicios.

RESULTANDO: I) que el Director General de IM.P.O. solicita al Poder Ejecutivo aplicar un cambio en la forma de determinación de la tarifa del rubro del Diario Oficial “Unión Concubinaria”, fijando un valor total para el aviso, independientemente de la cantidad de días que se realice la publicación.

II) que para el resto de los rubros de avisos del Diario Oficial así como para los documentos oficiales que en él se publican, la Dirección General de IM.P.O. propone mantener la forma de cobro (ya sea ésta por aviso, por centímetro o por página) y actualizar sus tarifas mediante la aplicación de la paramétrica habitual: 50% de la variación del Índice de Precios al Consumo del período julio 2017 a diciembre 2017, más 50% de la variación de sueldos producida durante igual período.

III) que la propuesta expresada está fundamentada en un análisis del estado financiero de la Empresa, y en razones de buena administración.

IV) que las tarifas se expresan con el Impuesto al Valor Agregado incluido.

CONSIDERANDO: I) que corresponde al Poder Ejecutivo prestar aprobación a las tarifas propuestas por la Dirección General de IM.P.O., de acuerdo con lo previsto por el literal C) del artículo 4o de la Carta Orgánica de IM.P.O. contenida en el artículo 341 de la Ley No 16.736 de 5 de enero de 1996.

II) que no existen objeciones a los criterios sustentados.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo previsto por el literal C) del artículo 4 de la Carta Orgánica de IM.P.O. contenida en el artículo 341 de la Ley No 16.736 de 5 de enero de 1996.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA -en ejercicio de las atribuciones delegadas-

RESUELVE:

1ro.- FÍJANSE las tarifas para las publicaciones, ejemplares y otros productos y servicios que brinda la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IM.P.O.), en los siguientes montos:

SECCIÓN AVISOS DEL DIARIO OFICIAL -PUBLICACIONES....................................... TARIFA POR AVISO (1)

Apertura de Sucesiones - Procesos Sucesorios .................. $5.413.00

Disolución y Liquidación de Sociedades Conyugales...... $9.214.00

Disolución de Sociedades Comerciales............................... $1.302.00

Divorcios, Incapacidades, Segundas Copias, Venta de Comercios, Unión...

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