Resolución No. 19/018.- Establécese la habilitación de la reserva administrativa de captura para la especie besugo (Pagrus pagrus) para el año 2018 en la Zona Común de Pesca.

Visto:

El estado del recurso besugo y la necesidad de adoptar medidas relativas a su conservación y racional explotación en la Zona Común de Pesca.

Considerando:

1) Que el Tratado otorga a la Comisión los cometidos de realizar estudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación y racional explotación de las especies en las aguas de interés común, bajo su jurisdicción.

2) Que la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo encomendó al Grupo de Trabajo Costeros la tarea de sugerir una captura biológicamente aceptable para el año en curso, en base a lo cual se estableció por Resolución Nº 6/18 una Captura Total Permisible (CTP) de 3.900 toneladas para el año 2018.

3) Que, ante eventos que pudieran impactar sobre el desarrollo de la pesquería, fue prevista en dicha Resolución una reserva administrativa de 400 toneladas.

4) Que a la fecha los registros de capturas indican que la CTP establecida está próxima a ser alcanzada.

5) Que, analizada la situación, la Comisión concluye que las condiciones socio - económicas de la pesquería hacen recomendable habilitar la reserva prevista.

Atento:

A lo establecido en los Artículos 80 y 82 incisos a), c) y d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO RESUELVE:

Artículo 1º

) Habilítese para la especie besugo el total de la reserva administrativa de captura de 400 t prevista en el Art 2º) de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR