Resolución No. 2.203/2021.- Dispónese que en los casos de faena a façón, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por kilo, por el mes de enero de 2022, a efectos de la liquidación de los impuestos respectivos, son los que se determinan.

79
Último Momento
Nº 30.842 - diciembre 30 de 2021
DiarioOficial |
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI
1
Resolución Nº 2.203/2021
Dispónese que en los casos de faena a façón, autoabasto o cuando
la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al
establecimiento industrializador, los precios ctos por kilo, por el mes de
enero de 2022, a efectos de la liquidación de los impuestos respectivos,
son los que se determinan.
(3.985*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Montevideo, 29 de diciembre de 2021
VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1º del Texto Ordenado
1996.
RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe
establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el
precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne
bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon,
autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente
a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el
caso (inciso 2º de los artículos 9º y 15º del Decreto Nº 381/990 de 24
de agosto de 1990).
CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha
prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la jación de
los precios para el mes de enero de 2022.
ATENTO: a lo expuesto;
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL
IMPOSITIVA
EN EJERCICIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL
RESUELVE:
1
1º) En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta
de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al
establecimiento industrializador, los precios ctos por Kilo,
por el mes de enero de 2022, a efectos de la liquidación de los
impuestos a que hace referencia el Visto, serán:
Carne Bovina destino abasto $180,76
Carne Bovina destino industria $131,31
Carne Ovina $168,17
Carne Porcina $144,50
2
2º) Publíquese en el Diario Ocial. Insértese en la página web.
Cumplido, archívese.
Daniel E. Lae, Sub Director General de la DGI en ejercicio de
la Dirección General.
2
Resolución Nº 2.204/2021
Fíjanse los valores ctos vigentes a partir del 1º de enero de 2022,
aplicables al régimen de percepción del IVA, correspondiente a la
comercialización de aves de las especies que se indican
(3.986*R)
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Montevideo, 29 de diciembre de 2021
VISTO: el Decreto Nº 621/006 de 27 de diciembre de 2006, y la
Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 3832/2015 de 24 de
setiembre de 2015.
RESULTANDO: que las mencionadas normas establecieron
un régimen de percepción para el Impuesto al Valor Agregado
correspondiente a la comercialización de aves de la especie aviar
gallus gallus;
CONSIDERANDO: necesario establecer los valores ctos, que
regirán a partir del 1º de enero de 2022.
ATENTO: a lo expuesto;
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL
IMPOSITIVA
EN EJERCICIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL
RESUELVE:
1
1º) Para practicar la percepción a que reeren el primer inciso
del numeral 1º), el primer inciso del numeral 2º), el segundo
inciso del numeral 3º) y el numeral 4º), de la Resolución de la
Dirección General Impositiva Nº 3832/2015 de 24 de setiembre
de 2015, fíjanse los siguientes valores ctos por kilo de carne:
Aves enteras, trozadas o deshuesadas
(excepto gallinas de postura de descarte) 11,53
Gallinas de postura de descarte 2,08
Para las ventas de menudencias, la percepción del Impuesto
al Valor Agregado se calculará, en todos los casos, aplicando
la tasa mínima del tributo al 20% (veinte por ciento) del precio
de venta correspondiente, excluido el propio impuesto.
2
2º) La presente Resolución regirá desde el 1º de enero de 2022.
3
3º) Publíquese en el Diario Ocial. Insértese en la página web.
Cumplido, archívese.
Daniel E. Lae, Sub Director General de la DGI en ejercicio de
la Dirección General.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR