Resolución No. 20/035.- Apruébase el “Instructivo de Registros ON LINE”; y prorrógase hasta el 20 de abril de 2020, todas las habilitaciones y autorizaciones de carnicerías y habilitaciones de vehículos a cargo del Instituto con vencimiento posterior al 16 de marzo de 2020, así como también aquellas habilitaciones y autorizaciones que vencieron con anterioridad al día 16 de marzo de 2020 y tienen trámite documental en curso sin posibilidad material de culminarlo.

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Documen tos
Nº 30.409 - marzo 30 de 2020
DiarioOf‌icial |
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
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Resolución 356/020
Desígnase miembro integrante y en calidad de Presidente de “MEVIR -
Doctor Alberto Gallinal Heber”, al Sr. Juan Pablo Delgado Mas.
(1.292)
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 23 de Marzo de 2020
VISTO: lo establecido en el artículo 473 de la Ley Nº 13.640 de 26
de diciembre de 1967;
CONSIDERANDO: que corresponde al Poder Ejecutivo la
designación de los miembros de “MEVIR - Doctor Alberto Gallinal
Heber”, entre personas de notoria versación sobre el territorio rural
y el área social;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
artículo 473 de la Ley Nº 13.640 de 26 de diciembre de 1967 y la Ley
Nº 18.676 de 13 de agosto de 2010;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase miembro integrante y en calidad de Presidente de
“MEVIR Doctor Alberto Gallinal Heber”, al señor Juan Pablo Delgado
Mas.
2
2º.- Notifíquese, comuníquese, etc.
LACALLE POU LUIS; IRENE MOREIRA; AZUCENA
ARBELECHE; LUIS ALBERTO HEBER; PABLO MIERES.
PERSONAS PÚBLICAS NO ESTATALES
INSTITUTO NACIONAL DE CARNES - INAC
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Resolución #20/035
Apruébase el “Instructivo de Registros ON LINE”; y prorrógase hasta
el 20 de abril de 2020, todas las habilitaciones y autorizaciones de
carnicerías y habilitaciones de vehículos a cargo del Instituto con
vencimiento posterior al 16 de marzo de 2020, así como también
aquellas habilitaciones y autorizaciones que vencieron con anterioridad
al día 16 de marzo de 2020 y tienen trámite documental en curso sin
posibilidad material de culminarlo.
(1.284*R)
INSTITUTO NACIONAL DE CARNES
RESULTANDO: I) el crecimiento exponencial en el territorio
uruguayo del COVID-19.
II) el Estado Uruguayo ha determinado una serie de
recomendaciones, entre las cuales, se exhorta a las instituciones
públicas y privadas a promover el trabajo a distancia.
III) el Instituto habilitó la posibilidad de trabajar a distancia en
aquellas Gerencias en que se pudiese garantizar razonablemente el
servicio, atendiendo a las circunstancias.
IV) la Gerencia Asuntos Legales entendió prudente limitar la
atención al público y elaboró un protocolo para atención a distancia
a los usuarios, el que se encuentra publicado en la página web
institucional.
V) las habilitaciones y autorizaciones otorgadas por el Instituto
a las carnicerías del departamento de Montevideo se otorgan con
una vigencia de cinco años y las habilitaciones de los vehículos de
transporte de carnes y derivados con una vigencia de dos años; cuestión
que conlleva la necesidad del usuario de renovar las habilitaciones y
autorizaciones en caso de continuar con la actividad.
CONSIDERANDO: I) por las causas referidas, conveniente dar
cumplimiento a las recomendaciones del Poder Ejecutivo y proceder
a adoptar una decisión de carácter general respecto al plazo de las
habilitaciones y autorizaciones referidas, así como el funcionamiento
de los registros a cargo del Instituto.
II) si bien el Área de Registros elaboró un instructivo para realizar
la totalidad de los trámites vía remota, la dicultad material que puede
generar para algunos usuarios requiere implementar una tolerancia en
los plazos de las habilitaciones y autorizaciones referidas.
ATENTO: a lo dispuesto en los numerales 4) y 5) del literal A)
del artículo 3º y al literal E) del artículo 15º del Decreto Ley Nº 15.605
de 27 de julio de 1984, Decretos 110/995 de 24 de febrero de 1995 y
657/978 de 27 de noviembre de 1978; complementarias, modicativas
y concordantes.
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARNES
RESUELVE:
1º) Aprobar el “Instructivo de Registros ON-LINE” que se adjunta
a la presente Resolución.
2º) Prorrogar hasta el día 20 de abril de 2020, todas las habilitaciones
y autorizaciones de carnicerías y habilitaciones de vehículos a
cargo del Instituto con vencimiento posterior al 16 de marzo de
2020, así como también aquellas habilitaciones y autorizaciones
que vencieron con anterioridad al día 16 de marzo de 2020 y
tienen trámite documental en curso sin posibilidad material de
culminarlo.
3º) Transcurrido el plazo otorgado en el numeral anterior, las
empresas que se encuentren en condiciones de proceder a
realizar la renovación de sus habilitaciones y autorizaciones,
deberán agendarse en la página web de INAC en la Gerencia de
Contralor y en la Sección Registros de la Gerencia de Asuntos
Legales.
4º) Notifíquese a la Gerencia General y a las Gerencias de
Contralor y de Asuntos Legales, publíquese en la página web
institucional, en el diario ocial y en dos diarios de la capital.
Ing. Agr. Fernando Maos Costa, Presidente, Instituto Nacional
de Carnes.
INSTITUTO NACIONAL DE CARNES
Gerencia de Asuntos Legales
Registros
Instructivo de Registros ON LINE
Con el objetivo de cumplir con las recomendaciones del MSP,
VISTO: la conveniencia, ante la emergencia sanitaria declarada
por el Poder Ejecutivo, de adoptar criterios respecto a los vencimientos
de las habilitaciones y autorizaciones y a la modalidad de atención al
público a distancia en los registros a cargo del Instituto.

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