Resolución No. 20/035.- Apruébase el “Instructivo de Registros ON LINE”; y prorrógase hasta el 20 de abril de 2020, todas las habilitaciones y autorizaciones de carnicerías y habilitaciones de vehículos a cargo del Instituto con vencimiento posterior al 16 de marzo de 2020, así como también aquellas habilitaciones y autorizaciones que vencieron con anterioridad al día 16 de marzo de 2020 y tienen trámite documental en curso sin posibilidad material de culminarlo.
9
Documen tos
Nº 30.409 - marzo 30 de 2020
DiarioOficial |
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
12
Resolución 356/020
Desígnase miembro integrante y en calidad de Presidente de “MEVIR -
Doctor Alberto Gallinal Heber”, al Sr. Juan Pablo Delgado Mas.
(1.292)
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 23 de Marzo de 2020
VISTO: lo establecido en el artículo 473 de la Ley Nº 13.640 de 26
de diciembre de 1967;
CONSIDERANDO: que corresponde al Poder Ejecutivo la
designación de los miembros de “MEVIR - Doctor Alberto Gallinal
Heber”, entre personas de notoria versación sobre el territorio rural
y el área social;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
artículo 473 de la Ley Nº 13.640 de 26 de diciembre de 1967 y la Ley
Nº 18.676 de 13 de agosto de 2010;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase miembro integrante y en calidad de Presidente de
“MEVIR Doctor Alberto Gallinal Heber”, al señor Juan Pablo Delgado
Mas.
2
2º.- Notifíquese, comuníquese, etc.
LACALLE POU LUIS; IRENE MOREIRA; AZUCENA
ARBELECHE; LUIS ALBERTO HEBER; PABLO MIERES.
PERSONAS PÚBLICAS NO ESTATALES
INSTITUTO NACIONAL DE CARNES - INAC
13
Resolución #20/035
Apruébase el “Instructivo de Registros ON LINE”; y prorrógase hasta
el 20 de abril de 2020, todas las habilitaciones y autorizaciones de
carnicerías y habilitaciones de vehículos a cargo del Instituto con
vencimiento posterior al 16 de marzo de 2020, así como también
aquellas habilitaciones y autorizaciones que vencieron con anterioridad
al día 16 de marzo de 2020 y tienen trámite documental en curso sin
posibilidad material de culminarlo.
(1.284*R)
INSTITUTO NACIONAL DE CARNES
RESULTANDO: I) el crecimiento exponencial en el territorio
uruguayo del COVID-19.
II) el Estado Uruguayo ha determinado una serie de
recomendaciones, entre las cuales, se exhorta a las instituciones
públicas y privadas a promover el trabajo a distancia.
III) el Instituto habilitó la posibilidad de trabajar a distancia en
aquellas Gerencias en que se pudiese garantizar razonablemente el
servicio, atendiendo a las circunstancias.
IV) la Gerencia Asuntos Legales entendió prudente limitar la
atención al público y elaboró un protocolo para atención a distancia
a los usuarios, el que se encuentra publicado en la página web
institucional.
V) las habilitaciones y autorizaciones otorgadas por el Instituto
a las carnicerías del departamento de Montevideo se otorgan con
una vigencia de cinco años y las habilitaciones de los vehículos de
transporte de carnes y derivados con una vigencia de dos años; cuestión
que conlleva la necesidad del usuario de renovar las habilitaciones y
autorizaciones en caso de continuar con la actividad.
CONSIDERANDO: I) por las causas referidas, conveniente dar
cumplimiento a las recomendaciones del Poder Ejecutivo y proceder
a adoptar una decisión de carácter general respecto al plazo de las
habilitaciones y autorizaciones referidas, así como el funcionamiento
de los registros a cargo del Instituto.
II) si bien el Área de Registros elaboró un instructivo para realizar
la totalidad de los trámites vía remota, la dicultad material que puede
generar para algunos usuarios requiere implementar una tolerancia en
los plazos de las habilitaciones y autorizaciones referidas.
ATENTO: a lo dispuesto en los numerales 4) y 5) del literal A)
del artículo 3º y al literal E) del artículo 15º del Decreto Ley Nº 15.605
de 27 de julio de 1984, Decretos 110/995 de 24 de febrero de 1995 y
657/978 de 27 de noviembre de 1978; complementarias, modicativas
y concordantes.
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CARNES
RESUELVE:
1º) Aprobar el “Instructivo de Registros ON-LINE” que se adjunta
a la presente Resolución.
2º) Prorrogar hasta el día 20 de abril de 2020, todas las habilitaciones
y autorizaciones de carnicerías y habilitaciones de vehículos a
cargo del Instituto con vencimiento posterior al 16 de marzo de
2020, así como también aquellas habilitaciones y autorizaciones
que vencieron con anterioridad al día 16 de marzo de 2020 y
tienen trámite documental en curso sin posibilidad material de
culminarlo.
3º) Transcurrido el plazo otorgado en el numeral anterior, las
empresas que se encuentren en condiciones de proceder a
realizar la renovación de sus habilitaciones y autorizaciones,
deberán agendarse en la página web de INAC en la Gerencia de
Contralor y en la Sección Registros de la Gerencia de Asuntos
Legales.
4º) Notifíquese a la Gerencia General y a las Gerencias de
Contralor y de Asuntos Legales, publíquese en la página web
institucional, en el diario ocial y en dos diarios de la capital.
Ing. Agr. Fernando Maos Costa, Presidente, Instituto Nacional
de Carnes.
INSTITUTO NACIONAL DE CARNES
Gerencia de Asuntos Legales
Registros
Instructivo de Registros ON LINE
Con el objetivo de cumplir con las recomendaciones del MSP,
VISTO: la conveniencia, ante la emergencia sanitaria declarada
por el Poder Ejecutivo, de adoptar criterios respecto a los vencimientos
de las habilitaciones y autorizaciones y a la modalidad de atención al
público a distancia en los registros a cargo del Instituto.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba