Resolución No. 228/021.- Autorízase excepcionalmente la comercialización en plaza de eventuales stock de refrigeradores, incluidos en el Anexo II del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión, que no cuenten con autorización de la Ursea.

16 Documentos Nº 30.777 - setiembre 28 de 2021 | DiarioOficial
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Resolución 3.749/021
Acéptase la donación ofrecida por la empresa Montes del Plata
(Eurofores S.A.), con destino al Centro Departamental de Río Negro.
(3.139)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 17 de Agosto de 2021
Visto: la donación ofrecida por parte de la Empresa MONTES
DEL PLATA (Eurofores S.A.) consistente en 2 camas eléctricas de
tres movimientos marca Foshan, 3 camas manuales articuladas de 3
movimientos marca Kaiyang, 100 sobretúnicas impermeables y 500
tapabocas N 95, con destino al Centro Departamental de Río Negro;
Resultando: que la Dirección del mencionado Centro Asistencial
maniesta que se trata de un valioso equipamiento que permitirá
ampliar las unidades de internación, tan necesarias en esta situación
de emergencia sanitaria que vive nuestro país;
Considerando: I) que la Unidad de Análisis y Desarrollo de
Proyectos ha dado su aval para recibir la donación destacando la
importancia de la misma, así como también la Gerencia General de
A.S.S.E;
II) que en tal sentido corresponde proceder en consecuencia
aceptando la donación ofrecida por la Empresa MONTES DEL PLATA
(Eurofores S.A.);
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el
Artículo 5º de la Ley 18161 del 29/07/07 y a la Resolución del Directorio
de A.S.S.E. N.º 1516/2020 de fecha 26/03/2020;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Acéptase la donación ofrecida por la Empresa MONTES
DEL PLATA (Eurofores S.A.) consistente en 2 camas eléctricas de
tres movimientos marca Foshan, 3 camas manuales articuladas de 3
movimientos marca Kaiyang, 100 sobretúnicas impermeables y 500
tapabocas N 95, con destino al Centro Departamental de Río Negro.
2º) Agradézcase. Comuníquese a la U.E. 026, a las Gerencias
General y Asistencial de A.S.S.E, la Dirección Región Oeste y a la
Unidad de Análisis y Desarrollo de Proyectos de la Gerencia General.
Tome nota la División Contabilidad Patrimonial.
Nota: 7256/2021
Res.: 3749/2021
/mmf
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
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Resolución 3.755/021
Suprímese el Departamento de Información General y de Programas
Asistenciales, dependiente de la Dirección de Sistemas de Información.
(3.140)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 17 de Agosto de 2021
Visto: que en el marco del análisis de funcionamiento y
reestructura de la Dirección de Sistemas de la Información, se plantea
la implementación de diversos cambios en la misma;
Resultando: que del análisis referido se surge la necesidad de
reestructurar la Dirección mencionada con la intención de mejorar y
potenciar el funcionamiento de esta Administración, a n de cumplir
con la misión de la misma;
Considerando: que en tal sentido, de acuerdo a los objetivos
estratégicos que las autoridades se han planteado, se entiende
pertinente suprimir el Departamento de Información General y de
Programas Asistenciales, dependiente de la Dirección de Sistemas de
Información, pasando sus cometidos a dicha Dirección;
Atento: a lo expuesto y a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley
18.161 del 29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Suprímase el Departamento de Información General y de
Programas Asistenciales, dependiente de la Dirección de Sistemas de
Información.
2º) Establécese que los cometidos de dicho Departamento pasen a
la órbita de la Dirección de Sistemas de Información.
3º) Delégase en la Gerencia General la reorganización y
redistribución del personal afectado al Departamento suprimido.
4º) Comuníquese a las Gerencias General, Administrativa,
Asistencial y de Recursos Humanos y a la Dirección de Comunicaciones.
Tome nota la Dirección de Sistemas de Información.
Res.: 3755/2021
VS/FN
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE
ENERGÍA Y AGUA - URSEA
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Resolución 228/021
Autorízase excepcionalmente la comercialización en plaza de eventuales
stock de refrigeradores, incluidos en el Anexo II del Reglamento de
Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión, que no cuenten con
autorización de la Ursea.
(3.133*R)
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE ENERGÍA Y AGUA
Resolución Expediente Acta Nº
Nº 228/021 Nº 0498-69-001-2021 49/2021
VISTO: La nota de la Cámara de Comercio de Artículos de
Electricidad y Electrónica de fecha 24 de agosto de 2021, referida a
la incorporación de los aparatos de refrigeración eléctricos de uso
doméstico al Anexo II del Reglamento de Seguridad de Productos
Eléctricos de Baja Tensión (RSPEBT), con vigencia al 1º de setiembre
de 2021;
RESULTANDO: I) que en dicha nota, expresan diversas dicultades
que enfrentan sus asociados para cumplir con lo establecido en la citada
reglamentación y solicitan se posterguen el inicio de control: a) de las
importaciones para el 1º de enero del 2022; b) en empresas mayoristas
para el 1º de julio del 2022, y c) de empresas minoristas para el 1º de
enero del 2023 en Montevideo y 1º de enero del 2024 en el interior;
II) que en materia de comercialización de equipamiento eléctrico
de baja tensión, el RSPEBT establece los requisitos esenciales de
seguridad que deben cumplir todos los productos eléctricos de baja
tensión que se comercialicen en el país (Anexo 1 - Reglamento técnico
MERCOSUR sobre requisitos esenciales de seguridad para productos
eléctricos de baja tensión);
III) que, Ursea tiene la potestad de exigir a fabricantes o
importadores que demuestren el efectivo cumplimiento de los
requisitos esenciales de seguridad (Artículo 4). De esta forma, para un

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