Resolución No. 3/022.- Habilítese a partir del 1 de mayo de 2022 la pesca dirigida a la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca

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Documen tos
Nº 30.922 - mayo 4 de 2022
DiarioOficial |
2º) Inclúyase a la Aux. de Enf. Romero en la Escala Salarial de
A.S.S.E. por la nueva función asignada.
3º) Establécese que la Aux. de Enf. Romero deberá presentar la
Declaración de conicto de Interés ante la Unidad de Transparencia
de A.S.S.E. y asimismo la Declaración Jurada de Bienes e Ingresos
correspondiente ante la JUTEP (Capítulo 5º de la Ley Nº 17.060).
El incumplimiento será considerado falta grave y podrá acarrear el
descuento de hasta el 50% de sus ingresos.
4º) Comuníquese a la Unidades Ejecutoras 087 y 057 a n de
tomar conocimiento y noticar a la funcionaria involucrada y a la
División Sueldos de A.S.S.E.. Tomen nota las Gerencias General,
Asistencial, Administrativa y de Recursos Humanos, la Dirección
Región Sur de A.S.S.E., Dirección de Auditores Delegados, Dirección
de Comunicaciones y Unidad de Transparencia.
Res.: 5590/2021
sr
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa Abella, Vicepresidente,
Administración de los Servicios de Salud del Estado.
COMISIONES BILATERALES
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE
MARÍTIMO
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Resolución 3/022
Habilítese a partir del 1 de mayo de 2022 la pesca dirigida a la especie
calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.
(1.048*R)
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución Nº 3/22
Norma estableciendo la apertura del período de pesca dirigida a la
especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca
Visto:
La conveniencia de dar inicio al período de pesca dirigida a la
especie calamar (Illex argentinus) durante la temporada extractiva
2022 en la Zona Común de Pesca.
Resultando:
La información disponible sobre la presencia del recurso en la
Zona Común de Pesca.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la
Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo 1º) Habilítese a partir del 1 de mayo de 2022 la pesca dirigida
a la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.
Artículo 2º) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores
y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones
Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República
Argentina y en el Diario Ocial de la República Oriental del Uruguay.
Montevideo, 29 de abril de 2022
CN (R) Zapicán Bonino, Presidente CTMFM; Embajadora Mariana
Inés Llorente, Vicepresidenta CTMFM.

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