Resolución No. 319/009.- Apruébase el Reglamento Aeronáutico Uruguayo (RAU) 11 'Reglas para la formulación, emisión y enmienda de los RAUs'.

IM.P.O.
IM.P.O.
322-A Nº 27.784 - Julio 31 de 2009
CARILLA Nº 8
3
Resolución 319/009
Apruébase el Reglamento Aeronáutico Uruguayo (RAU) 11
"Reglas para la formulación, emisión y enmienda de los RAUs".
(1.751*R)
DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E
INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA
RESOLUCION Nº 319 2009
09-EX18064
Aeropuerto Internacional de Carrasco, Gral. Cesáreo L. Berisso, 27
JUL 2009
VISTO: La necesidad de continuar con el proceso de adecuación de
las reglamentaciones aeronáuticas nacionales de acuerdo a las normas
internacionales vigentes para la República.
RESULTANDO: I) Que durante el período 8 al 17 de diciembre
nuestro Estado fue objeto de una auditoría para la vigilancia de la seguridad
operacional por parte de la Organización de Aviación Civil Internacional.
II) Que de la referida auditoría surgieron una serie de constataciones
entre las que figura la necesidad de promulgar los Reglamentos
Aeronáuticos Uruguayos (RAUs) pertinentes a los Anexos de la OACI a
fin de aplicar sus disposiciones en todas las áreas de su competencia.
CONSIDERANDO: I) Que de acuerdo a las constataciones
efectuadas por la auditoría de la vigilancia de la seguridad operacional de
la OACI, específicamente, implica la creación de un nuevo Reglamento
Aeronáutico Uruguayo (RAU), el cual refleje la formulación, emisión y
enmienda de los mismos.
II) Que con el presente Reglamento se solucionan varias de las
constataciones ya que se contempla la formulación, emisión y enmienda
de los actuales RAUs así como los futuros a promulgar en las áreas
faltantes.
III) Que el proceso de adecuación de las Reglamentaciones a los
Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional ha avanzado
sustancialmente mediante los Decretos 349/000 de 28 de noviembre de
2000 y 183/001 de 26 de abril de 2001.
IV) Que a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica se le han delegado atribuciones por parte del Poder Ejecutivo
para la aprobación y modificación de las reglamentaciones del Código
Aeronáutico y demás leyes aplicables, entre otras materias en lo referido
a los Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional por
Resolución Nº 1808/003 de 12 de diciembre de 2003 dictada en Consejo
de Ministros.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en el numeral
4º del artículo 168 de la Constitución de la República y al Convenio sobre
Aviación Civil Internacional suscrito en Chicago el 7 de diciembre de
1944 ratificado por Ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953.
EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL
E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA
EN USO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS
DISPONE
Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento Aeronáutico Uruguayo (RAU)
11 "Reglas para la formulación, emisión y enmienda de los RAUs" que se
encuentra adjunto a la presente y forma parte de la misma.
Artículo 2º.- Comuníquese a la Presidencia de la República y al
Ministerio de Defensa Nacional.
Artículo 3º.- Publíquese en el Diario Oficial y en el sitio en web de
la DINACIA, www.dinacia.gub.uy.
Artículo 4º.- Pase al Director de Secretaría a efectos de la
instrumentación de lo dispuesto en los Artículos 2º y 3º.
Artículo 5º.- Remítase copia de la presente Resolución al Director
General de Aviación Civil y al Director General de Infraestructura
Aeronáutica a sus efectos. Cumplido archívese.
EL DIRECTOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL E
INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA
BRIGADIER GENERAL (AV.)
DANIEL OLMEDO. ---o---
(Ley Nº 16.603, antecedentes, exposición de motivos y normas complementarias) .......................................... $ 150
(Con enmiendas Plebiscitos 1989, 1994, y 1996) ............................................................................................ $ 275
- NORMAS ARANCELARIAS DEL MERCOSUR
(Arancel Externo Común, Decreto 527/01, Lista de Excepciones, Nomenclaturas Arancelarias y otras relacionadas.
Contiene indice temático y cronológico) .......................................................................................................... $ 150
- PRESUPUESTO NACIONAL
(Ley Nº 17.930) ............................................................................................................................................. $ 140
- NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO .......................................................................................................... $ 140
- REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL
(Decreto Nº 315/994 y normas complementarias) ............................................................................................ $ 140
- TOCAF 1996 - TEXTO ORDENADO DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACION FINANCIERA
(Decreto Nº 194/997 y normas complementarias) ............................................................................................ $ 140
- CODIGO GENERAL DEL PROCESO ................................................................................................... $ 150
- CODIGO DE COMERCIO ........................................................................................................................ $ 150
- REGISTRO NACIONAL DE LEYES Y DECRETOS........................................................................... $ 150
(1er. Semestre de 2008) ............................................................................................................................ $ 150
CD’s (actualizados a la fecha de su compra)
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