Resolución No. 359/018.- Sustitúyense los Anexos XVI y XVII del Reglamento de Especificaciones Técnicas de Calidad de Combustibles Líquidos, aprobado por Resolución de URSEA 150/008

VISTO: La nota recibida de Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), en la que se solicita la modificación del límite establecido para el parámetro punto de obturación de filtro en frío (en adelante POF) para el Gas Oil 50-S y Gas Oil 10-S, establecido en el Reglamento de Especificaciones Técnicas de Calidad de Combustibles Líquidos, aprobado por Resolución de URSEA Nº 150/008 de 18 de noviembre de 2008;

RESULTANDO: I) que la asesora técnica de la Jefatura de Combustibles de esta Unidad Reguladora, teniendo en cuenta lo solicitado, y que junto con los parámetros punto de escurrimiento y punto de enturbiamiento son los que reflejan el comportamiento del gas oil a bajas temperaturas, efectuó un análisis de los límites establecidos para dichos parámetros en Argentina y Brasil, así como lo establecido en la ASTM D 975-18 "Standard Specification for Diesel Fuel" y en la UNE - EN 590:2014+A1 "Combustibles para automoción Combustibles para motor diesel (gasóleo) Requisitos y métodos de ensayo" (octubre 2017), además de tener en consideración las temperaturas previstas en nuestro país en los meses de abril a octubre, a partir de datos meteorológicos disponibles en las páginas web del Instituto Uruguayo Meteorológico (en adelante IN UMET) y el banco de datos agroclimático del Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria (en adelante INIA);

II) que de acuerdo con lo expuesto en su informe, la asesora técnica, sugiere modificar el máximo establecido para el parámetro punto de obturación de filtro en frío (POFF) en los meses abril - julio, aceptando los valores de POFF propuestos por ANCAP, no obstante para el mes de agosto sugiere disminuir el máximo establecido para dicho parámetro en la especificación a -3®C y no a -1®C como fuera propuesto por ANCAP;

III) que se confirió vista de lo informado a ANCAP, y ésta solicitó reconsideración de lo sugerido para el mes de agosto, según argumentos que presentó, los que analizados y de acuerdo con la información aportada por el INIA, donde surge que en agosto efectivamente la actividad agrícola (siembra y cosecha) disminuye, se sugiere aceptar la propuesta del Ente de establecer un máximo de -1®C para el parámetro POFF del gas oil 50S y el gas oil IOS en el mes de agosto;

V) que la propuesta es compartida por la Jefatura de Combustibles y por la Gerencia General;

CONSIDERANDO: que se...

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