Resolución No. 378/021.- Promúlgase el Decreto Departamental 3.204, que aprueba las pasantías laborales “transitorias”

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Documen tos
Nº 30.709 - junio 23 de 2021
DiarioOficial |
SCS8207 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SCS9233 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SCS9354 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SJO145 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SJZ609 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SKQ462 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SLB785 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SLP493 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SLQ0891 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SLQ1041 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SLQ1378 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SLQ1824 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SME3669 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SMI3903 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SOF7987 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SOF8511 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
SPE263 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
STP6610 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
STP7455 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
STP7532 ART 1º. Decreto 2337.: Exceso de velocidad 4
Artículo 2º.- Notifíquese personalmente a los infractores a sus
efectos.
Artículo 3º.- Comuníquese.-
INTENDENCIA DE SAN JOSÉ
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Resolución 378/021
Promúlgase el Decreto Departamental 3.204, que aprueba las pasantías
laborales “transitorias”.
(2.186*R)
San José, 1 de marzo de 2021.-
RESOLUCIÓN Nº 0081/2021. VISTO: el Expediente Nº 337/2021,
Ocio Nº 103/2021 de la Intendencia Departamental, conteniendo
Proyecto de Decreto solicitando la anuencia correspondiente para
crear pasantías laborales “transitorias”. CONSIDERANDO I:
que en atención a la situación de emergencia sanitaria debido al
COVID -19 que atraviesa el país, y que ha generado dicultades
en el empleo en general y en particular en nuestro departamento,
se hace necesario instrumentar medidas paliativas que ayuden a
la población más vulnerable a sobrellevar esta situación de mejor
manera; CONSIDERANDO II: que esta iniciativa es un aporte
de signicativa importancia a efectos de contemplar en forma
transitoria, a trabajadores que no perciben ingresos, y especialmente
dirigido a jefas de hogar con niños a cargo; CONSIDERANDO III:
que el procedimiento que se solicita contemplará a los ciudadanos
que como contraprestación realizarán trabajos de mantenimiento
de espacios verdes y de infraestructura pública; ATENTO: a lo
expuesto, la Junta Departamental de San José; RESUELVE: por
mayoría de presentes (19 votos en 31 armativos) aprobar el informe
elaborado por la Comisión de Presupuesto y Asuntos Financieros;
aprobar -en principio- “ad referéndum” del informe del TCR, en
general por unanimidad de presentes (31 votos en 31) el Proyecto
de Decreto remitido por el Ejecutivo, sancionando el Decreto 3204,
y en particular de la forma que se detalla, el que quedará redactado
en los siguientes términos:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ
DECRETA:
Artículo 1º.- En atención a la situación de emergencia sanitaria
que atraviesa nuestro país, producto del COVID-19, es necesario la
inmediata acción del Gobierno Departamental contratando -dentro
de las disponibilidades presupuestales y nancieras -a ciudadanos
en situación de vulnerabilidad económica, creando el régimen de
pasantías laborales transitorias, que tendrá el mismo nivel retributivo,
carga horaria y demás benecios que los actuales pasantes de la
Intendencia, con los requisitos y condiciones que se establecen en el
presente Decreto.
Armativo unanimidad 31 votos en 31
Artículo 2º.- El plazo de la pasantía laboral transitoria será de 6
meses, no prorrogable, pudiendo rescindirse por razones de mala
conducta o incumplimiento de la tarea encomendada.
Armativo unanimidad 31 votos en 31
Artículo 3º.- Los postulantes serán elegidos por sorteo y deberán
ser ciudadanos de entre 18 y 59 años de edad a dicha fecha, residentes
en el Departamento de San José con una antigüedad de al menos tres
años debidamente comprobada, quienes no podrán poseer ingresos
por concepto de salarios, rentas, pensiones, jubilaciones o subsidios,
siendo aplicable este último requisito para todos los integrantes del
núcleo familiar. Armativo mayoría 19 votos en 31
Artículo 4º.- Los postulantes seleccionados que participen del
(los) sorteo (s) deberán reunir condiciones psicofísicas y presentar
certicado de buena conducta.
Armativo mayoría 19 votos en 31
Artículo 5º.- Las tareas a realizar por el presente régimen serán
de mantenimiento de espacios verdes (podas, corte de pasto, etc.),
mantenimiento de edicios públicos (reparación, limpieza, pintura,
etc.), así como el mantenimiento de otros espacios o bienes públicos
a denir por la Intendencia.
Armativo unanimidad 31 votos en 31
Artículo 6º.- Las erogaciones resultantes del presente régimen
serán con cargo a créditos presupuestales disponibles del Objeto del
Gasto 057 “Becas de Trabajo y Pasantías”, cuyos cupos y vigencia de
las contrataciones por el presente régimen serán determinadas por
el Ejecutivo Departamental, siendo una modalidad transitoria ante
la emergencia sanitaria, y sin afectar derechos de otras modalidades
contractuales vigentes.
Armativo unanimidad 31 votos en 31
Artículo 7º.- La reglamentación que dictará el Ejecutivo
Departamental establecerá los requisitos del sorteo y demás
condiciones, siendo realizado el mismo en forma pública, ante presencia
de representantes del Legislativo Departamental, conformando una
lista de prelación de postulantes sin perjuicio de los cupos asignados,
los cuales serán ocupados en al menos un 50% (cincuenta por ciento)
por jefas de hogar.
Armativo mayoría 19 votos en 31
Artículo 8º.- El presente Decreto será aplicable ad referéndum de
la intervención del Tribunal de Cuentas de la República.
Armativo unanimidad 31 votos en 31
Artículo 9º.- Comuníquese, publíquese, etc.-
Pase al Tribunal de Cuentas de la República.
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL
DE SAN JOSÉ, EL PRIMERO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
VEINTIÚNO.-
Dr. Jorge Chápper, Presidente; Andrés Pintaluba, Secretario
General.
San José, 8 de junio de 2021.-
RESOLUCION Nº 378/2021 EXPEDIENTE Nº 337/2021
SE PROMULGA DECRETO Nº 3204.-
VISTO: el Ocio Nº 103/2021 remitido a la Junta Departamental
de San José, el 26 de enero de 2021, conteniendo el proyecto de
decreto relativo a la creación de un régimen de pasantías laborales
“transitorias”, utilizando parte del crédito presupuestal autorizado
en el objeto del gasto 057 “Becas de Trabajo y Pasantías”, en forma
temporal para atender situaciones puntuales producto de la
emergencia sanitaria debido al Covid-19;
CONSIDERANDO: I) que la Junta Departamental de San José,
por Resolución Nº 0081/2021 de fecha 01 de marzo de 2021, sancionó
el Decreto Nº 3204;
II) que el Tribunal de Cuentas, por Resolución Nº 765/2021, en
sesión de fecha 21 de abril de 2021, no formuló observaciones;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el
artículo 275 de la Constitución de la República;
La Intendente Departamental de San José, RESUELVE:
1º.- Promúlgase el Decreto Nº 3204, aprobado por la Junta
Departamental de San José, por Resolución Nº 0081/2021 de fecha
01 de marzo de 2021, relativo a la aprobación de pasantías laborales
“transitorias”.
2º.- Cométese a la Ocina de Comunicación la publicación en el
Diario Ocial y prensa local y en la página web de esta Intendencia.

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