Resolución No. 3968/2019.- Establécense disposiciones relativas al IRPF y el IRNR aplicables a los arrendamientos temporarios de inmuebles con fines turísticos.

VISTO: los Decretos Nº 303/019 de 14 de octubre de 2019, y Nº 324/019 del 4 de noviembre de 2019.

RESULTANDO: que las mencionadas normas suspendieron transitoriamente y para determinadas entidades, el régimen de retenciones del Impuesto a la Rentas de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto a la Rentas de los No Residentes (IRNR), aplicable a los contratos de arrendamiento temporario de inmuebles con fines turísticos.

CONSIDERANDO: conveniente permitir a los contribuyentes de los referidos impuestos optar por ser retenidos a efectos de resultar liberados de realizar los pagos a cuenta correspondientes.

ATENTO: a lo expuesto y a que se cuenta con la conformidad del Ministerio de Economía y Finanzas,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

1) Los responsables designados en los literales c) y d)...

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