Resolución No. 429/021.- Autorízase en forma excepcional, el traspaso de licencia reglamentaria para los ejercicios 2022 y 2023, con la salvedad que se determinan

2Documentos Nº 30.728 - julio 20 de 2021 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 16 de julio y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
impo.com.uy/bases
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
1
Resolución 429/021
Autorízase en forma excepcional, el traspaso de licencia reglamentaria
para los ejercicios 2022 y 2023, con la salvedad que se determinan.
(2.467*R)
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
Resolución SCJ nº 429/2021 COM-1321/2021
Montevideo, 7 de julio de 2021
VISTO:
los saldos de licencias reglamentarias de los funcionarios judiciales,
a excepción del escalafón I;
RESULTANDO:
I) que al amparo de lo dispuesto en la Ley n.º 19.960, del 24 de junio
de 2021, la Suprema Corte de Justicia por Acordada n.º 8117, de fecha
25 de junio de 2021, dispuso que a partir del 5 de julio del corriente se
retomase la actividad normal en todas las sedes judiciales;
II) que se libró Circular nº 126/2020, de fecha 31 de julio de 2020,
autorizando con carácter excepcional el traspaso para el año 2021 del
total de las licencias generadas y no gozadas;
CONSIDERANDO:
I) que la Corporación en Acuerdo de fecha 20 de mayo de 2021,
autorizó la elaboración de un plan para el efectivo goce de las licencias
pendientes de usufructo, debiéndose establecer un criterio para
autorizar dichas licencias, como así también disponer el traspaso de
licencias reglamentarias para el ejercicio 2022, siempre atendiendo el
normal funcionamiento de los servicios de justicia;
II) que a efectos de la mejor prestación del servicio, se entiende
conveniente que aquellos funcionarios mayores de 65 años que, al
amparo de las recomendaciones sanitarias oportunamente emitidas
por el Poder Ejecutivo, no hubieran cumplido sus funciones en modo
presencial, deban gozar la licencia pendiente durante los meses de julio
a setiembre, en tanto no han solicitado las mismas de conformidad
con lo dispuesto por la Acordada nº 8095 del 3 de diciembre de 2020;
ATENTO:
a lo expuesto, y a lo dispuesto en el art. 239 de la Constitución de
la República, la ley n.º 19.960 de 24 de junio de 2021; Acordadas nº
7865, 8095 y 8117;
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
en acuerdo con la Dirección General de los Servicios
Administrativos
RESUELVE:
1º.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15 de la Acordada
n.º 7865, es necesario autorizar en forma excepcional, el traspaso de
licencia reglamentaria para los ejercicios 2022 y 2023:
- ejercicio 2022: se podrá traspasar hasta un máximo de 50
días de la licencia acumulada al ejercicio 2021;
- ejercicio 2023: se podrá traspasar hasta un máximo de 40
días de la licencia acumulada al ejercicio 2022.
2º.- Se exceptúa de lo dispuesto en el numeral precedente a aquellos
funcionarios mayores de 65 años mencionados en el numeral II) del
considerando, los cuales deberán usufructuar las licencias pendientes
de goce antes del 30 de setiembre de 2021, para quienes se mantendrá
en todos sus términos lo dispuesto en el art. 15 de la Acordada n.º 7865.
3º.- Remítase a conocimiento de la División Recursos Humanos,
líbrese Circular.
Dr. Tabare SOSA AGUIRRE, Presidente, Suprema Corte de Justicia;
Dra. Bernadee MINVIELLE, Ministro, Suprema Corte de Justicia;
Dr. Luis TOSI BOERI, Ministro, Suprema Corte de Justicia; Dr. John
PEREZ BRIGNANI, Ministro, Suprema Corte de Justicia; Ing. Marcelo
PESCE, Director General, Servicios Administrativos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR