Resolución No. 692/022.- Promúlgase el Decreto Departamental 5/22, que regula el uso de espacios públicos del Departamento de Rocha como locaciones cinematográficas.

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Documen tos
Nº 30.944 - junio 6 de 2022
DiarioOficial |
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE ROCHA
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Resolución 692/022
Promúlgase el Decreto Departamental 5/22, que regula el uso de
espacios públicos del Departamento de Rocha como locaciones
cinematográcas.
(1.310*R)
Junta Departamental ROCHA
Rocha, 29 de marzo del 2022
DECRETO 5/22
VISTO la Resolución 2304 de fecha 04 de noviembre de 2021 de
la Intendencia Departamental de Rocha contenida en su expediente
Nº 3322/21
RESULTANDO que por la misma remite a consideración de este
Legislativo proyecto de decreto regulatorio del uso de espacios públicos
afectados a la toma de imágenes para producciones cinematográcas
CONSIDERANDO el informe producido por la Asesora de
Legislación y Reglamento Integradas por el cual aconseja dar aprobación
al decreto, introduciendo modicaciones en el artículo 18 del proyecto
ATENTO a lo resuelto por el Plenario en su sesión del día de la fecha
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE ROCHA
Por 27 votos a favor en 27 ediles presentes aprobó el siguiente
DECRETO
I)- Regúlese el uso de espacios públicos del Departamento de Rocha
como locaciones cinematográcas, según se detalla:
De la locación.
Artículo 1: Se entiende como locación -en lo que reere a la materia
objeto de regulación en la presente ordenanza- a los espacios públicos
o bienes departamentales de uso públicos afectados a la toma de
imágenes para producciones cinematográcas
Serán aplicables -en cuanto sea posible- las disposiciones del
presente a las locaciones con destino a producciones fotográcas.
Del permiso para la instalación de locaciones.
Artículo 2: Para el uso de las locaciones denidas en el artículo
precedente será obligatorio la tramitación, y correspondiente
aprobación por parte de la autoridad competente, de un "permiso
departamental de locaciones" que será tramitado ante la Ocina de
Locaciones de la Intendencia Departamental de Rocha.
Se entiende por aprobación por parte de la autoridad competente
a la resolución rmada por el Intendente Departamental concediendo
la anuencia a la solicitud en cuestión. Los permisos aprobados serán
de carácter precario y revocable en cualquier momento a juicio de la
Administración sin que por ello corresponda indemnización por su
parte.
Artículo 3: El permiso departamental de locaciones se tramitará
ante la Ocina de Locaciones de la Intendencia Departamental de
Rocha:
I)- empresa productora responsable, y contratante del servicio
visual o audiovisual (si corresponde)
II)- Jefe de Producción
III)- fecha y hora a utilizar la(s) locación(es) solicitada(s)
IV)- habilitación de la seccional policial o de la Dirección Nacional
de Bomberos si corresponde
V)- requerimientos especiales con detalle especicado (a saber:
cierre de calles o espacios, interrupción de la circulación peatonal o
vehicular, armado de estructuras, etcétera)
VI)- uso de equipos con características peculiares (a modo
de ejemplo: fuego, armas, vehículos policiales o de emergencias
simulados, etcétera)
VII)- tipo de escena a realizar
VII)- elementos a utilizar
IX)- personal a utilizar
X)- número de registro en el ICAU
XI)- categoría de producción
Artículo 4 (plazo): La solicitud del permiso deberá tramitarse con
una antelación de diez días hábiles, contados desde el inicio proyectado
de la producción
A todos los efectos, la mera tramitación de la solicitud no implica
la aceptación de la misma; la que se noticará por expresamente a la
parte solicitante.
Artículo 5 (costo y garantía): El permiso departamental de
locaciones será gravado con un costo en unidades reajustables (UR)
considerado por hora de uso de set o locación, salvo indicación en
contrario de la habilitación que corresponda.
El costo para el caso de fotografías jas será 50% menor a los precios
establecidos para el caso de imágenes audiovisuales.
La ocupación del espacio en lo que reere al armado y desarmado
del set, superadas las seis horas reloj entre ambos, es cobrará en
proporción del 25% a 50% de la tarifa que corresponde a la locación.
Se entiende por hora de uso de set o locación al tiempo que
transcurre por jornada desde la primer toma hasta la última, según el
plan de rodaje correspondiente.
Será necesario depositar por parte de la empresa solicitante una
garantía de el cumplimiento de las obligaciones aquí estipuladas, la
que será en efectivo y de no detectarse incumplimientos será devuelta
una vez nalizada la actividad. Se calculará en torno al costo mínimo
de sanción establecida en el artículo 15 inciso primero, al referirse a
las sanciones leves.
Vía Pública
1)- área central de ciudad de Rocha y Municipios 4 UR la hora
2)- área suburbana y localidades pequeñas exceptuando las
costeras 2 UR la hora
3)- balnearios y localidades costeras 5 UR la hora
Parque, plazas y áreas protegidas
Los montos establecidos a continuación se realizan sobre la base
de un uso de 500 metros cuadrados de parque. Se tiene en cuanta la
intensidad de uso de los mismos, motivo por el cual se discriminan
los montos según el día de la semana de lmación. En todos los casos
los precios adoptados se establecen por hora de uso del set más lo
correspondiente al armado y desarmado del mismo según se establece
en el inciso tercero de este artículo.
LOCACIÓN LUNES A
VIERNES SÁBADOS, DOMINGOS,
FERIADOS
Áreas protegidas UR la hora 8 UR la hora
Teatros y Salas
La tarifa se aplica desde la llegada de la primera persona del equipo
de rodaje hasta la salida de la última. Los precios son sugeridos siendo
las Direcciones de las diferentes reparticiones las que nalmente
acuerden las condiciones de uso del espacio.
LOCACION EXTERIORES INTERIORES
Teatros, centros
culturales y salas 6 UR la hora Se ja con la dirección de
Cultura en función de las
características del rodaje
Playas, lagunas, zonas costeras
Los precios se establecen para un uso de hasta 500 metros
cuadrados de playa y por hora de uso del set. Cabe aclarar que la zona
de áreas protegidas tienen un costo mayor debido a las características
del lugar y a los especímenes naturales que se conservan en su interior,
los cuales requieren un cuidado especial.
Meses de abril a octubre inclusive
LOCACIÓN LUNES A VIERNES DE
08:00 A 20:00
SÁBADOS,
DOMINGOS Y
FERIADOS DE 08:00 A
20:00

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