Resolución No. 810/016.- Apruébase el Memorándum de Entendimiento a celebrarse entre la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI)

6Documentos Nº 29.571 - noviembre 1° de 2016 | DiarioOficial
registros correspondientes de todas las formas alternativas que
ponennalconictopenal”.
Artículo 7º.- Sustitúyese el Título III “Derogaciones, Observancia
del Código y Disposiciones Transitorias” de la Ley Nº 19.293, de 19 de
“LIBRO VII
DEROGACIONES, OBSERVANCIA DEL CÓDIGO Y
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTÍCULO 402.-Deróganse apartir dela vigenciade este
Código,elCódigodelProcesoPenal(Decreto-LeyNº15.032,de
7dejuliode1980),susmodicacionesytodaslasdisposiciones
legales y reglamentarias que se opongan al presente.
 ARTÍCULO403. (Vigencia).-El presenteCódigo entraráen
vigencia el 16 de julio de 2017”.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo,
a 14 de setiembre de 2016.
GERARDO AMARILLA Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 23 de Setiembre de 2016
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese
en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se
modicanartículosdelaLeyNº19.293,de19dediciembrede2014,
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI; RODOLFO NIN NOVOA; PABLO
FERRERI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR
ROSSI; GUILLERMO MONCECCHI; ERNESTO MURRO; JORGE
BASSO; ENZO BENECH; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA DE
LEÓN; MARINA ARISMENDI.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
2
Resolución 810/016
Apruébase el Memorándum de Entendimiento a celebrarse entre la
Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Agencia
Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI).
(1.943*R)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 25 de Octubre de 2016
VISTO: el Memorándum de Entendimiento a celebrarse entre la
Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Agencia
Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI);
RESULTANDO: I) que el propósito del referido Memorándum
apunta a fortalecer el trabajo conjunto entre las partes en materia de
Cooperación Sur Sur y Triangular, en especial, se proyecta facilitar
la movilización de expertos y expertas impulsados por AUCI para la
ejecución de los programas, proyectos y acciones de Cooperación Sur
Sur y Triangular;
II)que laspartes prevénplanicar yejecutar conjuntamentey
en base a la demanda articulada de los gobiernos de los terceros
países,actividades decooperación enlos paísesbeneciarios, que
principalmente se desarrollarán en América Latina y el Caribe, pero
sin limitarse a ellos;
CONSIDERANDO: I) que en el marco de los compromisos
asumidos por las partes, AUCI se compromete a contribuir con la
suma de hasta $ 900.000 (pesos uruguayos novecientos mil) para
el desarrollo de los programas, proyectos y acciones que se lleven
a cabo en forma conjunta, a partir de la suscripción del presente
Memorándum;
II) que la Contadora Auditora del Tribunal de Cuentas ha realizado
la intervención correspondiente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Apruébase el Memorándum de Entendimiento a celebrarse
entre la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la
Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI), cuyo texto
luce adjunto y forma parte de la presente resolución.
2
2º.- Autorízase al señor Prosecretario de la Presidencia de la
República y Presidente del Consejo Directivo de la Agencia Uruguaya
de Cooperación Internacional, Dr. Juan Andrés Roballo, a suscribir el
referido Convenio.
3
3º.- La erogación resultante, por un monto de hasta $ 900.000
(pesos uruguayos novecientos mil), será atendida con cargo al
Inciso 02 “Presidencia de la República”, Unidad Ejecutora 001
“Presidencia de la República y Unidades Dependientes”, Programa
481 “Política de Gobierno”, Objeto del Gasto 581 “Transferencias
Corrientes a Organismos Internacionales”, Financiación 1.1 “Rentas
Generales”.
4
4º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
Memorándum de Entendimiento
entre la
Organización Internacional para las Migraciones (OIM)
y la
Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional (AUCI)
relativo a la Movilización de expertas/os para la Cooperación Sur
Sur
En la ciudad de Montevideo, a los días de de , entre
por una parte, la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional
(en adelante AUCI) domiciliada en Plaza Independencia 710 piso
7y jandodirección decorreo electrónico cooperacion@auci.gub.
uy, representada en este acto por su Presidente, Dr. Juan Andrés
Roballo; y por otra parte, la Organización Internacional para las
Migraciones(enadelanteOIM), domiciliadaenJuncal1305,ocina
501y jandodireccióndecorreoelectrónico oimmontevideo@iom.
inty representadaen esteacto porsu Encargadade OcinaOIM
Uruguay, Alba Goycoechea, en adelante “las partes”, convienen en la
celebración del siguiente Memorando de Entendimiento (en adelante
MoU, por su acrónimo en inglés) en los términos que a continuación
se expresan:
CONSIDERANDO:
1. Que la AUCI es un órgano desconcentrado que actúa con
autonomía técnica y se comunica con el Poder Ejecutivo a

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