Resolución No. 8107/017.- Promúlgase el Decreto Departamental 3.975, relativo a la creación del Registro Único Obligatorio de Empresas habilitadas para el uso de contenedores “volquetas”

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Documen tos
Nº 29.824 - noviembre 14 de 2017
DiarioOf‌icial |
la República, observando el procedimiento y el gasto derivado del
mismo por todo el ejercicio;
Considerando: I) que el servicio de referencia se adquirió mediante
Compra Directa a la espera de la culminación del proceso de licitación
que se encuentra en trámite para su regularización;
II) que por lo manifestado anteriormente, se estima pertinente
reiterar el gasto de referencia;
Atento: a lo expuesto, al artículo 114 del TOCAF y al Artículo 5º
de la Ley 18.161 de fecha 29/07/07;
El Directorio de A.S.S.E.
Resuelve:
1º) Reitérase el gasto correspondiente al Lote 1779 Objeto del
Gasto 283, correspondiente a la contratación de Exámenes Clínicos
para el Hospital Español del mes de agosto de 2017, por la suma de
$ 4.387.050 (cuatro millones trescientos ochenta y siete mil cincuenta
pesos uruguayos);
2º) Pasen los presentes obrados al Área de Auditores Delegados
del Tribunal de Cuentas a sus efectos.
Nota: 7973/2017
Res.: 5142/2017
/mmf
Dra. Susana Muñiz, Presidenta, Administración de los Servicios de
Salud del Estado; Dr. Mauricio Ardus, Vice Presidente, Administración
de los Servicios de Salud del Estado.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE COLONIA
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Resolución 1.962/017
Promúlgase el Decreto Departamental 48/017, por el que se modica
el art. 3º del Decreto Departamental 46/017, que autorizó a enajenar a
los Nietitos S.A. mediante la modalidad contractual donación modal, el
espacio público que se determina.
(5.110*R)
Emilio Della Santa, Presidente; Claudia Maciel Raimondo,
Secretaria General.
Exp. Nº 01/2017/4812
RESOLUCION Nº 1962/017.-
Colonia, 24 de octubre de 2017.-
VISTO: lo dispuesto por la Junta Departamental de Colonia, en
sesión celebrada el día 6 de octubre de 2017.
EL INTENDENTE DE COLONIA:
RESUELVE
I) Cúmplase, insértese, publíquese y acúsese recibo.
II) Siga a sus efectos a la Dirección de Relaciones Públicas y Prensa,
a la Asesora Esc. Jimena Madero y a la Dirección de Catastro.
Dr. Carlos Moreira Reisch, Intendente de Colonia; Dra. Esc. Soraya
Bertin Ricca, Secretaria General.
INTENDENCIA DE MALDONADO
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Resolución 8.107/017
Promúlgase el Decreto Departamental 3.975, relativo a la creación
del Registro Único Obligatorio de Empresas habilitadas para el uso de
contenedores “volquetas”.
(5.109*R)
JUNTA DEPARTAMENTAL DE MALDONADO
DECRETO 3975
LIBRO DE SESIONES XLVIII. TOMO X. Maldonado, 24 de octubre
de 2017
VISTO: Lo informado por las Comisiones de Medio Ambiente y
Legislación que este Cuerpo comparte,
LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESIÓN DE LA FECHA,
DECRETA:
Artículo 1º. (Del Registro). Créase el Registro Único Obligatorio
de Empresas habilitadas para el uso de contenedores “volquetas”,
que será llevado por la Intendencia Departamental de Maldonado.
Artículo 2º. (De la Habilitación). La habilitación de las mencionadas
empresas, será concedida por la Intendencia Departamental de
Maldonado, una vez vericado el cumplimiento de los requisitos
exigidos por el presente Decreto y su reglamentación. La misma será
de carácter precario y revocable.
Artículo 3º. (De las Empresas). Deberán inscribirse en el Registro
Único Obligatorio todas las Empresas que se dediquen al transporte
de carga y/o descarga de contenedores denominados “volquetas”
y/o sistemas “roll-on - roll-o” destinados al acopio de materiales,
sobrantes de materiales, tierra entre otros escombros, provenientes
de obras de ingeniería o arquitectura civil, desechos y otros orígenes.
Artículo 4º. (De la flota transportadora). Con respecto a los
camiones transportadores especialmente adaptados al efecto, las
empresas deberán contar como mínimo con 1 (un) camión hasta 20
volquetas, exigiéndose a partir de esa cantidad, un camión por cada
20 volquetas más o fracción.
Artículo 5º. (De los contenedores “volquetas”). La Intendencia
Departamental de Maldonado reglamentará las condiciones que
deben reunir las “volquetas”, especialmente respecto a las siguientes
características: construcción, dimensiones, pintura, sujeción y
señalización.
Artículo 6º. (De la conservación y aseo). Los vehículos y los
contenedores “volquetas” en que se efectúe el transporte de residuos
Decreto Nº 048/2017.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE COLONIA
DECRETA:
Artículo 1º. MODIFICAR el artículo 3º del Decreto Nº 046/2017
por el que se autoriza a la Intendencia de Colonia, a enajenar a Los
Nietitos S.A., mediante la modalidad contractual donación modal,
2599 m2 07 dm2 de vía pública correspondiente a parte de las calles
que se detallan de La Paz C.P., en los términos que surgen de dichos
obrados, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3º. La donación modal quedará condicionada a que
Los Nietitos S.A. realice inversiones en la planta industrial ubicada
en La Paz C.P. por un monto igual o superior a U$S 100.000 (dólares
estadounidenses cien mil), promoviendo con ello el efectivo
funcionamiento y continuidad del proceso industrial.
Dicha inversión deberá efectuarse en el plazo máximo de 3 (tres)
años a contar desde el cumplimiento del modo de la donación por
parte de Los Nietitos S.A.”.
Artículo 2º. Dar cuenta e insertar el presente Decreto en el registro
informático de la Junta Departamental.
Sala de Sesiones de la Junta Departamental de Colonia, a los seis
días del mes de octubre de dos mil diecisiete.

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