Resolución No. 83/016.- Apruébase la Estructura Orgánica de la Fiscalía General de la Nación y el correspondiente Manual de Organización y Funciones

IM.P.O.
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8Documentos Nº 29.420 - marzo 28 de 2016 | DiarioOficial
dictará el correspondiente acto administrativo. En tal caso el
interesado deberá iniciar un nuevo trámite de habilitación abonando
los aranceles respectivos.
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Artículo 9º.- El procedimiento de habilitación o renovación de
habilitación y/o incorporación de equipamiento médico, que se
establece mediante la presente norma, no será de aplicación para
aquellas solicitudes que se encuentren en trámite.
No obstante, el interesado podrá solicitar que se le aplique en forma
inmediata el procedimiento regulado en el Manual de Procedimiento
de Habilitación, en cuyo caso se le podrá otorgar el Permiso de
Funcionamiento previsto en el Artículo 6º.
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Artículo 10º.-
La Dirección General de la Salud elaborará y aprobará
un nuevo Manual de Procedimiento de Habilitación, en el que se
establecerán los requisitos para el otorgamiento de Permisos de
Funcionamiento, habilitación o renovación de habilitación de Servicios
de Salud y/o incorporación de equipamiento médico, tomando en
cuenta el intercambio de información con los Organismos públicos
(nacionales y departamentales) de recaudación tributaria y contralor
que se estimen necesarios.
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Artículo 11º.- Comuníquese, publíquese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE BASSO.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
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Resolución 83/016
Apruébase la Estructura Orgánica de la Fiscalía General de la Nación y el
correspondiente Manual de Organización y Funciones.
(369*R)
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Ref. Exp. 2016-11-0019-0082
Montevideo, 16 de febrero de 2016.
VISTO: la necesidad de adoptar las medidas pertinentes para
dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 19.334, de fecha 14 de
agosto de 2015, por la cual se creó como servicio descentralizado la
Fiscalía General de la Nación.
RESULTANDO: 1) Que el artículo 12 de la referida norma legal
preceptúa que, dentro del plazo de ciento ochenta días contados desde
su promulgación, el Director General del organismo debe elaborar y
elevar al Poder Ejecutivo el anteproyecto de Estatuto del Funcionario,
entre otras disposiciones allí indicadas.
2) Que a efectos de dar cumplimiento a esa norma legal el Director
General del Organismo, mediante Resolución Nº 65/2015 de fecha
05/10/2015, dispuso la conformación de un grupo de trabajo integrado
por la Cra. Maria Pereira (coordinadora), las Dras. Gabriela Aguirre
y Natalia Denegri y el Esc. Walter Fiorelli, incorporándose a ese equipo
-a partir del 26 de octubre- el Dr. Ignacio Montedeocar, por mandato
verbal del Sr. Director General.
3) Que en el proceso de elaboración de los documentos que se
aprueban a través del presente acto se trabajó en forma conjunta y
con el apoyo directo y permanente de un equipo técnico de la Ocina
Nacional del Servicio Civil.
4) Que, asimismo, en dicho proceso se contó con el apoyo y
asesoramiento de la Dirección de Gestión y Evaluación (AGEV), que
forma parte de la Dirección de Presupuestos, Control y Evaluación de
la Gestión, de la Ocina de Planeamiento y Presupuesto.
5) Que se dio cumplimiento a lo preceptuado por la Ley Nº 18.508,
de 26 de junio de 2009, según acta que se adjunta.
CONSIDERANDO: 1) Que el artículo 5, literal G de la Ley Nº
19.334 faculta al Director General de la Fiscalía General de la Nación
a “determinar la organización administrativa de sus dependencias y,
en general, dictar reglamentos, disposiciones y resoluciones, así como
realizar todos los actos jurídicos y operaciones materiales necesarios
para el cumplimiento de la presente ley y el funcionamiento regular
y eciente de los servicios”.
2) Que el artículo 638 de la Ley Nº 19.355 de 19 de diciembre de
2015, autoriza “al Inciso 33 ‘Fiscalía General de la Nación’ a realizar las
transformaciones de cargos que requiera el servicio, siempre que ello
no implique aumento de crédito presupuestal, lo que será comunicado
a la Contaduría General de la Nación, dando cuenta a la Asamblea
General y al Tribunal de Cuentas”.
3) Que en virtud de lo preceptuado por el artículo 15 de la Ley Nº
19.334, hasta tanto se dicte el Estatuto de los funcionarios de todas las
categorías, seguirán rigiendo las normas que regulan el funcionamiento
de la unidad ejecutora 019 -Fiscalía de Corte y Procuraduría General
de la Nación” del Inciso 11 “Ministerio de Educación y Cultura”;
4) Que, en consecuencia, son de aplicación en la actualidad las
disposiciones de la Ley 19.121, de fecha 20 de agosto de 2013, en todo
cuanto las mismas no se opongan a lo previsto en la Ley Nº 19.334.
5) Que la estructura organizacional de la Fiscalía General de la
Nación responderá a su misión y visión, y a la Planicación Estratégica
denida para el período 2015-2019 (ANEXO I).
6) Que la estructura de cargos y funciones proyectada se determina
teniendo en cuenta las necesidades de la organización para lograr un
excelente cumplimiento de los cometidos institucionales legalmente
establecidos, respetando la carrera administrativa y sin causar lesiones
de derechos funcionales.
7) Que los cargos que integran cada escalafón y grado se ubican
dentro de una escala ascendente en base a una valoración que
contempla entre otros, los siguientes criterios: grado de complejidad
de la tarea, jerarquía, responsabilidad exigida, competencias evaluadas
a través del conocimiento, idoneidad y experiencia.
8) Que a efectos de cubrir los cargos previstos en la nueva estructura
corresponde proceder a la transformación de los cargos existentes en la
actual estructura, respetando el crédito presupuestal asignado al Inciso.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el
artículo 220 de la Constitución de la República; artículos 1, 5 literal G, 12
y 15 de la Ley Nº 19.334; artículo 638 de la Ley Nº 19.355, concordantes
modicativas y complementarias; y a los informes favorables de la
Ocina de Planeamiento y Presupuesto y de la Ocina Nacional del
Servicio Civil,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA
NACIÓN (S)
RESUELVE:
1º.- APRUÉBASE la Estructura Orgánica de la Fiscalía General de
la Nación y el correspondiente Manual de Organización y Funciones
que lucen, respectivamente, en los ANEXO II y III, los que forman
parte del presente acto.
2º.- DISPÓNESE que la Estructura Escalafonaria de la Fiscalía
General de la Nación está comprendida por los siguientes escalafones:
CÓDIGO DENOMINACIÓN
APersonal Profesional Universitario
BPersonal Técnico
CPersonal Administrativo
DPersonal Especializado
EPersonal de Ocios
FPersonal de Servicios Auxiliares
CO Personal de Conducción

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