Resolución No. 934/022.- Promúlgase el Decreto Departamental 3221, que modifica el literal b) del artículo 9º del Decreto Departamental 2592, que exonera del pago del Tributo de Patente de Rodados a los ediles departamentales

10 Documentos Nº 30.851 - enero 13 de 2022 | DiarioOficial
Publicaciones
Jurídicas
ASUNTOS INGRESADOS POR FUERA DEL ORDEN DEL DÍA
1.Actuaciones referentes a homologar el Acuerdo suscrito entre la
Intendencia de Artigas y la Administración de los Servicios de Salud del
Estado con el objetivo de realizar mejoras en el Centro Departamental
de Artigas a efectos de garantizar la calidad asistencial de los usuarios
que requieran hospitalización, ad referéndum del Tribunal de Cuentas
de la República.
Se aprueba en los términos expresados en la R/D No. 4706/21, que
gura en el anexo adjunto. (5/5)
2.Actuaciones referentes a designar a la funcionaria Sra. Marcela
Marchissio como asistente en la Secretaría Letrada del Directorio de
A.S.S.E. desde el 28 de setiembre de 2021 y hasta el reintegro de la Sra.
Leticia Silva Rodríguez.
Inclúyase a la citada funcionaria en la Estructura Salarial de A.S.S.E.
por la nueva función asignada en dicho período, cumpliendo una carga
horaria de 40 horas semanales.
Se aprueba en los términos expresados en la R/D No. 4524/21, que
gura en el anexo adjunto. (5/5)
3.Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.)
En este estado ingresan a la Sesión de Directorio los Señores
Fernando Cuenin y Mario Sánchez, Jefe de Operaciones y Especialista
en Protección Social y Salud del Banco Interamericano de Desarrollo
en Uruguay respectivamente, quienes realizaron una presentación
al Directorio respecto del préstamo para el fortalecimiento de la
gestión de A.S.S.E que el B.I.D. ha ofrecido al Ministerio de Economía
y Finanzas. El préstamo consiste en USD 8.000.000 que aportaría el
M.E.F. y USD 1.500.000 que aportaría A.S.S.E. El préstamo nancia
el Proyecto que busca mejorar el uso del presupuesto de A.S.S.E.,
generando una estrategia de cambio de cultura organizacional,
orientada hacia resultados desde las unidades asistenciales. Asimismo
busca la profesionalización y la incorporación de herramientas de
gestión. Maniestan que el B.I.D. solicita conocer cuál es la posición de
A.S.S.E. respecto del préstamo ofrecido, manifestando además que el
aporte que corresponde a A.S.S.E. puede realizarse a través de aportes
de Recursos Humanos u otros tales como proyectos ya avanzados y
en los que A.S.S.E. ya ha invertido.
Los Señores Directores agradecen las explicaciones aportadas
manifestando que consideran que el proyecto es importante para
A.S.S.E. por lo que gestionarán una reunión con el Ministerio de
Economía y Finanzas, previo a expedirse, así como la prórroga
correspondiente para responder en tiempo y forma.
Siendo las 17:00 horas y no habiendo otros asuntos para considerar,
se da por terminada la sesión de Directorio del día de la fecha.
Dr. Leonardo Cipriani, Presidente, Administración de los Servicios
de Salud del Estado; Dr. Marcelo Sosa, Vice Presidente, Administración
de los Servicios de Salud del Estado; Coronel (R) Julio Micak, Vocal,
Administración de los Servicios de Salud del Estado; Lic. Pablo
Cabrera, Representante de los Trabajadores, A.S.S.E.; Sra. Natalia
Pereyra, Representante de los Usuarios, A.S.S.E.
GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
INTENDENCIAS
INTENDENCIA DE SAN JOSÉ
3
Resolución 934/022
Promúlgase el Decreto Departamental 3221, que modica el literal b)
del artículo 9º del Decreto Departamental 2592, que exonera del pago
del Tributo de Patente de Rodados a los ediles departamentales.
(87*R)
San José, 18 de octubre de 2021.-
RESOLUCIÓN Nº 0465/2021.- VISTO: el Expediente N.º 2404/2021,
Oficio N.º 332/2021 de la Intendencia de San José, conteniendo
Proyecto de Decreto a los efectos de modicar las Normas Tributarias,
referidas a la exoneración del Tributo de Patente de Rodados a Ediles;
CONSIDERANDO I: el Decreto 2484 de 15 de junio de 1985 y
modicaciones introducidas en las Normas Presupuestales, incluidas
en el Presupuesto Quinquenal 1990 - 1994, establece la exoneración
del Impuesto de Patente de Rodados, a un vehículo propiedad de
cada uno de los señores Ediles Titulares, sin explicitar si la propiedad
debe ser exclusiva o si pueden darse situaciones de co-propiedad;
CONSIDERANDO II: que a efectos de subsanar la falta de denición
en el enunciado de la norma actual, la Intendencia propone otorgarle
una nueva redacción, estipulando que la propiedad del vehículo sea
al menos en el 50% del señor Edil exclusivamente, en situaciones de
bienes concubinarios resultantes del régimen de unión concubinaria
reconocida judicialmente o de hecho y bienes gananciales; excluyendo
otras formas de co-propiedad. Asimismo en casos de contratos de
leasing según el régimen establecido en la Ley 16.072 los Ediles que
tengan la calidad de Usuario del vehículo puedan ampararse en
la exoneración mencionada; CONSIDERANDO III: esta Asesora
comparte el proyecto, ya que con la bonicación mencionada las arcas
de la Intendencia prácticamente no se verán afectadas; ATENTO: a lo
expresado; la Junta Departamental de San José, por unanimidad de
presentes (31 votos armativos en 31), RESUELVE: aprobar el informe
elaborado por la Comisión Asesora, que aconseja sancionar en general
y en particular por unanimidad de presentes (31 votos en 31) el Decreto
Nº 3221 que se transcribe a continuación.AMC
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícase el literal b) del artículo 9º del Decreto
2592 (Normas Tributarias, año 1990), el que quedará redactado de
la siguiente manera: “Exónerase del pago del Tributo de Patente
de Rodados a un vehículo del cual cada uno de los ediles titulares
sea propietario en el 100% o al menos en el 50% en situaciones de
bienes concubinarios, resultantes del régimen de unión concubinaria
reconocida judicialmente o de hecho y bienes gananciales; excluyendo
otras formas de co-propiedad. En casos de contratos de leasing según
el régimen establecido en la Ley 16.072, los ediles que tengan la calidad
de Usuario del vehículo podrán ampararse en la presente exoneración.
Tratándose de Personas Jurídicas cuyo socio o representante sea un
Edil, el vehículo no se encontrará comprendido en la exoneración en
cuestión.” - Armativo Unanimidad 31 votos en 31 -
Artículo 2º.- En ocasión de realizarse las actualizaciones de egresos
por aplicación de normas presupuestales vigentes, deberán efectuarse
las adecuaciones necesarias para el mantenimiento del equilibrio
presupuestal. - Armativo Unanimidad 31 votos en 31 -
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, etc..
Pase al Tribunal de Cuentas de la República, a sus efectos.- AMC
SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN
JOSÉ, EL DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.-
Dr.Jorge Chápper, Presidente; Andrés Pintaluba, Secretario
General.
San José, 3 de enero de 2022.-
RESOLUCION Nº 934/2022

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