Resolución No. S/n.- Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% de los asientos de cada unidad del transporte colectivo de pasajeros regulares de corta, media y larga distancia, así como los no regulares, estos últimos con capacidad mayor a dieciocho asientos

2Documentos Nº 30.675 - mayo 5 de 2021 | DiarioOficial
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 30 de abril y 3 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor
La Ley en
tu lenguaje
PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
1
Resolución S/n
Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% de los asientos de cada
unidad del transporte colectivo de pasajeros regulares de corta, media y
larga distancia, así como los no regulares, estos últimos con capacidad
mayor a dieciocho asientos.
(1.596*R)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
2021-10-1-0001347
/nar
Montevideo, 3 de Mayo de 2021
VISTO: lo dispuesto por el Poder Ejecutivo con fecha 28 de abril de
2021, en relación a las medidas adoptadas para detener la propagación
de la Pandemia originada por el COVID-19, y preservar la salud de
la población;
RESULTANDO: que es prudente continuar porque así lo requiere
la situación sanitaria actual, con las medidas adoptadas en el sector del
transporte de pasajeros por carretera en servicios regulares como en los
no regulares (estos últimos con una capacidad mayor a 18 asientos), por
las cuales se limita el aforo máximo permitido en un 50% (cincuenta
por ciento) de la capacidad total de asientos;
CONSIDERANDO: que las medidas de restricción de aforo
adoptadas oportunamente, deben ser prorrogadas según la situación
sanitaria del País;
ATENTO: a lo expuesto;
EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1
1º.- Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% (cincuenta por
ciento) de los asientos en cada unidad, hasta el 16 de mayo de 2021,
en los servicios de transporte colectivo de pasajeros regulares de corta,
media y larga distancia, así como los no regulares (estos últimos con
una capacidad mayor a 18 asientos).
2
2º.- Permanecerán vigentes las medidas ya adoptadas con
anterioridad, sobre los Protocolos de Higiene y de individualización
de pasajeros.
3
3º.- Exhórtase a las Intendencias del País a alinearse con las
presentes medidas en el plazo indicado.
4
4º.- Publíquese en el Diario Ocial, en dos diarios de circulación
nacional y en la página web del MTOP, y pase a la Dirección Nacional
de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a n
de proceder a la noticación de las agremiaciones que nuclean a las
empresas de transporte de pasajeros y a las empresas no agremiadas.
Cumplido, archívese.
LUIS ALBERTO HEBER.
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 356/021
Acéptase la renuncia presentada por el funcionario Dr. Enzo Ovidio Arce
Lagreca como Técnico III Médico, perteneciente al Centro Departamental
de Salto, a partir del 1º de febrero de 2021.
(1.595)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 4 de Febrero de 2021
VISTO: la renuncia presentada por el funcionario Dr. Enzo Ovidio
Arce Lagreca, C.I.: 3.164.778-4, quien detenta un cargo presupuestal
perteneciente a la Unidad Ejecutora 028 - Centro Departamental de
Salto, en el Escalafón “A”- Grado 8 - Técnico III Médico - Correlativo
1760, para acogerse a los benecios jubilatorios por imposibilidad física;
RESULTANDO: que la Dirección Técnica de Prestaciones de Salud
del B.P.S., dictamina que el funcionario congura una incapacidad total
y absoluta para todo trabajo, con un porcentaje de baremo de 49,20%;
CONSIDERANDO: que la incapacidad total y absoluta para todo
trabajo que le fuera dictaminada surge conforme lo establece el artículo
19 de la Ley Nº 16.713;
ATENTO: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por
Resolución Nº 5674/14 de Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada por el funcionario Dr. ENZO
OVIDIO ARCE LAGRECA, C.I.: 3.164.778-4, a su cargo presupuestal
de Técnico III Médico - Escalafón “A”- Grado 8 - Correlativo 1760,
perteneciente a la Unidad Ejecutora 028 - Centro Departamental de
Salto, para acogerse a los benecios jubilatorios por imposibilidad
física, a partir del 1º de febrero de 2021.
2) Comuníquese a la Unidad Ejecutora involucrada para
conocimiento y noticación del funcionario. A la Unidad Ejecutora
087 - Asistencia Integral.- Pase a los Departamentos de Cuentas
Personales y División Remuneración de la Gerencia de Recursos
Humanos de A.S.S.E.
Res.: 356/2021
Ref: 29/028/2/44/2021
/ja
Cra. Lourdes Gervasini, Gerente de Recursos Humanos de A.S.S.E.

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