Resolución S/n.- Apruébanse el Plan para la “Implementación del Sistema de Monitoreo Continuo de Efluentes”, y los instructivos para la transmisión de datos de monitoreo continuo de emisiones y para el autocontrol y aseguramiento de la calidad de los datos obtenidos en sistemas de medición de efluentes en continuo

VISTO: la conveniencia de implementar un sistema de vigilancia y control de los efluentes o emisiones líquidas de las industrias, mediante el monitoreo continuo (Exp. Nº 2019/14000/008200);

RESULTANDO: I) que la Dirección Nacional de Medio Ambiente ha venido diversificando sus estrategias de control, sumando herramientas que permitan aprovechar el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, de manera de gestionar en forma eficiente y eficaz la tarea de contralor;

II) que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14, literal B, de la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000 (Ley General de Protección del Ambiente), a fin de asegurar el cumplimiento de las normas de protección del ambiente, este Ministerio puede imponer el automonitoreo de los desechos o de las emisiones por los propios generadores;

III) que atendiendo a lo informado por el Area Control y Desempeño Ambiental, el 13 de mayo de 2019, y su ampliación, de 24 de julio del mismo año, resulta pertinente y necesario la implementación del sistema de monitoreo de efluentes continuo y remoto, permitiendo la determinación del caudal vertido y de otros parámetros en forma instantánea y en tiempo real, a través de un sistema de adquisición y transferencia de datos en línea, que reporte a la Dirección Nacional de Medio Ambiente, las condiciones de operación y resultados de medición en forma remota de los establecimientos Industriales y plantas de saneamiento que se ajusten a los criterios que se dirán;

IV) que el Area antes citada, entre otros análisis determinó el alcance del referido plan, estableciendo criterios generales, tales como el volumen de vertido de los establecimientos abarcados y las cargas a tratar, el tipo de actividad y de efluente, la depuración de los contaminantes y la forma de vertido, así como la existencia de cuencas con planes de acción en implementación, como la cuenca del Río Santa Lucía;

V) que para facilitar la aplicación del sistema a implementarse, se elaboraron los instructivos para la transmisión de datos de monitoreo continuo de emisiones, y, para el autocontrol y aseguramiento de la calidad de los datos obtenidos en medición de efluentes en continuo, en una primera instancia, para ciertos parámetros;

CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Medio Ambiente elaboró el plan para la implementación del sistema de monitoreo continuo de efluentes, a través de un proceso que contó con distintas instancias de discusión técnica y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR