Resolución S/n.- Apruébanse el Plan para la “Implementación del Sistema de Monitoreo Continuo de Efluentes”, y los instructivos para la transmisión de datos de monitoreo continuo de emisiones y para el autocontrol y aseguramiento de la calidad de los datos obtenidos en sistemas de medición de efluentes en continuo
VISTO: la conveniencia de implementar un sistema de vigilancia y control de los efluentes o emisiones líquidas de las industrias, mediante el monitoreo continuo (Exp. Nº 2019/14000/008200);
RESULTANDO: I) que la Dirección Nacional de Medio Ambiente ha venido diversificando sus estrategias de control, sumando herramientas que permitan aprovechar el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, de manera de gestionar en forma eficiente y eficaz la tarea de contralor;
II) que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14, literal B, de la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000 (Ley General de Protección del Ambiente), a fin de asegurar el cumplimiento de las normas de protección del ambiente, este Ministerio puede imponer el automonitoreo de los desechos o de las emisiones por los propios generadores;
III) que atendiendo a lo informado por el Area Control y Desempeño Ambiental, el 13 de mayo de 2019, y su ampliación, de 24 de julio del mismo año, resulta pertinente y necesario la implementación del sistema de monitoreo de efluentes continuo y remoto, permitiendo la determinación del caudal vertido y de otros parámetros en forma instantánea y en tiempo real, a través de un sistema de adquisición y transferencia de datos en línea, que reporte a la Dirección Nacional de Medio Ambiente, las condiciones de operación y resultados de medición en forma remota de los establecimientos Industriales y plantas de saneamiento que se ajusten a los criterios que se dirán;
IV) que el Area antes citada, entre otros análisis determinó el alcance del referido plan, estableciendo criterios generales, tales como el volumen de vertido de los establecimientos abarcados y las cargas a tratar, el tipo de actividad y de efluente, la depuración de los contaminantes y la forma de vertido, así como la existencia de cuencas con planes de acción en implementación, como la cuenca del Río Santa Lucía;
V) que para facilitar la aplicación del sistema a implementarse, se elaboraron los instructivos para la transmisión de datos de monitoreo continuo de emisiones, y, para el autocontrol y aseguramiento de la calidad de los datos obtenidos en medición de efluentes en continuo, en una primera instancia, para ciertos parámetros;
CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Medio Ambiente elaboró el plan para la implementación del sistema de monitoreo continuo de efluentes, a través de un proceso que contó con distintas instancias de discusión técnica y...
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