Resolución S/n.- Establézcanse las condiciones para la autorización, desde diciembre de 2016 hasta el 28 de febrero de 2017, del acceso de vehículos a la faja de defensa de costas, ubicada en la Coronilla y Cerro Verde (departamento de Rocha)

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MARTES 3 de ENERO
de
2017 No. 23 Tomo
CCCVI
EN
ESTA
EDICIÓN ENCONTRARÁ:
ORGANISMO
EJECUTIVO
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN
Acuérdose prohibir
el
requerimiento continuo del certificado
de
nacimiento a los alumnos de reingreso que asisten o
los
centros educativos públicos y privados. Página l
MINISTERIO
DE
GOBERNACIÓN
.Acuérdese
reconocer
la
personalidad jurídico y aprobar
las
bases
constitutivas
de
lo
IGLESIA
EVANGÉLICA
PENTECOSTÉS
"LA
VID
VERDADERA".
Página 2
PUBLICACIONES VARIAS
MUNICIPALIDAD
DE
COMITANCILLO,
DEPARTAMENTO
DE
SAN
MARCOS
ACTA NÚMERO 71-2016
PUNTO DECIMO SEGUNDO Página 2
MUNICIPALIDAD
DE
SAN
JOSÉ,
DEPARTAMENTO
DE
ESCUINTLA
ACTA
NÚMERO 060-2016 PUNTO
QUINTO
Página 3
MUNICIPALIDAD
DE
ORATORIO,
DEPARTAMENTO
DE
SANTA ROSA
Acuérdese aprobar.
el
presente REGLAMENTO
DE
TASAS
MUNICIPALES
de
la
Municipalidad de Oratorio,
departamento
de
Santa
Rosa.
MINISTERIO
DE
TRABAJO
Y PREVISIÓN SOCIAL
Página 3
Acuérdese Óprobar
la
Reformo Parcial
de
los estatutos del
SINDICATO
DE
SERVIDORES
MUNICIPALES
DE
PATULUL,
SUCHITEPiQUEZ "S.S.M.P.S". Página 4
Acuérdese reconocer
la
Personalidad Jurídico del
SINDICATO
DE
TRABAJADORES
DE
SERVICIOS
GFLG Y
COMPAÑIA LIMITADA-SITRAGFLG-. Página 5
ANUNCIOS
VARIOS
-
Matrimonios
-Líneos
de
Transporte
-Disolución
de
Sociedad
-Títulos Supletorios
-Edictos
-Remates
-Constituciones
de
Sociedad
-Modificaciones
de
Sociedad
-
Convocatorios
Página 6
Página 6
Página 6
Página 7
Página 8
Página
11
Página
16
Página 16
Página
15,
16
ÓRGANO
OFICIAL
DE
LA
REPÚBLICA DE
GUATEMALA,
C.
A.
Director General: Héctor Salvatierra www.dca.gob.gt
ORGANISMO
EJECUTIVO
MINISTERIO
DE
EDUCACIÓN
Acuérdase
prohibir
el
requerimiento
continuo
del
certificado
de
nacimiento
a los
alumnos
de
reingreso
que
asisten a los centros educativos
públicos
y privados.
ACUERDO
GUBERNATIVO
NÚMERO
1-2017
Guatemala,
02
de
enero
de
201 7
EL
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la educación ha sido declarada de interés nacional de conformidad con
la Constitución Política de
la
República de Guatemala y
que
en concordancia
con
la
Ley de Educación Nacional establece, que es obligación del Estado
proporcionar y facilitar
la
educación a sus .habitantes, sin discriminación
alguna.
CONSIDERANDO
Que el certificado de nacimiento de los alumnos de reingreso, que asisten a
los centros educativos públicos y privados, contiene algunos elementos que
no sufren variaciones con el transcurso del tiempo, como
la
fecha de
nacimiento y que una
vez
presentado ese documento,
debe
evitarse
su
constante sustitución y consecuentemente su presentación será exigida en
una sola oportunidad, al iniciarse el nivel educativo que corresponda, salvo
que fueren necesarios cambios sustanciales en el mismo,
por
lo que debe
emitirse la disposición legal correspondiente.
POR
TANTO
En
ejercicio
de
las funciones que le confiere el artículo 183 literales e),
x),
y
con fundamento en los artículos
71
y 72, todos de la Constitución Política de
la República de Guatemala; 6 y 7
primer
párrafo
de
la
Ley del Organismo
Ejecutivo, Decreto
Número
114-97 del Congreso de la República de
Guatemala;
1,
2,
3,
4 y 33
de
la Ley de Educación Nacional, Decreto Número
12-91 del Congreso
de
la República de Guatemala.
ACUERDA
Artículo
i.
Prohibir el requerimiento continuo del certificado de nacimiento a
los alumnos de reingreso que asisten a los centros educativos públicos y
privados, el cual podrá ser exigido una sola vez al ingreso al centro educativo,
salvo que su contenido por cambios sustanciales en el mismo, haga necesaria
su actualización.

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