Resolución S/n.- Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que se determinan

6Documentos Nº 30.738 - agosto 3 de 2021 | DiarioOficial
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
4
Resolución S/n
Incorpórase a la Nomenclatura Común del MERCOSUR estructurada a
diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, los ítems que
se determinan.
(2.578*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
003240
Montevideo, 26 de Julio de 2021
VISTO: el Decreto Nº 188/021, de 16 de junio de 2021, y la
Resolución Ministerial Nº 5043, de 27 de diciembre de 2016;
RESULTANDO: I) que el referido Decreto incorporó al
ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo
Mercado Común Nº 18/20, la cual modifica la Nomenclatura
Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo
Común;
II) que la Resolución Ministerial Nº 5043, de 27 de diciembre de
2016, sustituyó la nomenclatura nacional de Uruguay estructurada a
diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario;
III) que para la efectiva implementación aduanera de lo estipulado
en la norma referida en el visto, es conveniente realizar modicaciones
en la nomenclatura nacional estructurada a diez dígitos y su
correspondiente régimen arancelario;
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, ajustar el
Anexo de la Resolución Nº 5043 de esta Secretaría de Estado, de 27
de diciembre de 2016, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº
188/021, de 16 de junio de 2021;
ATENTO: a lo expuesto;
LA MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
1
1º.- Incorpórase a la Nomenclatura Común del Mercosur estructurada
a diez dígitos con su correspondiente régimen arancelario, aprobada por
la Resolución Ministerial Nº 5043, de 27 de diciembre de 2016, el contenido
del Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
2
2º.- Comuníquese a la Dirección Nacional de Aduanas; publíquese
y archívese.
AZUCENA ARBELECHE.
ANEXO
NCM DESCRIPCIÓN AEC CL E/Z I/Z UVF
3003.90.25.00 Agalsidasa alfa; velaglucerasa alfa 0 0 0 10
3003.90.29.00 Los demás 8 8 0 10
3004.90.15.00 Agalsidasa alfa; velaglucerasa alfa 0 0 0 10
3004.90.19.00 Los demás 8 8 0 10
3707.90.21.00 A base de negro de humo o de un colorante y resinas termoplásticas, para reproducción de
documentos por sistemas electrostáticos 2 2 0 10
7326.90.20.00 Cospeles aptos para la acuñación de monedas 2 2 0 10
7326.90.90 Las demás
7326.90.90.10 Con forma de partes de vehículos automotores 18 18 18 10
7326.90.90.90 Las demás 18 18 010
7419.90.40.00 Cospeles aptos para la acuñación de monedas 2 2 0 10
7419.99.90.00 Las demás 16 16 16 10
7505.22 - - De aleaciones de níquel
7505.22.10.00 A base de níquel-titanio (nitinol) 2 2 0 10
7505.22.90.00 Los demás 12 12 010
7607.19.10.00 Grabadas por proceso electroquímico de corrosión, incluso con capa de óxido de aluminio,
de espesor inferior o igual a 110 micrómetros y un contenido de aluminio superior o igual
al 98% en peso
2 2 0 10
7607.19.90.00 Las demás 12 12 010
8535.90 - Los demás
8535.90.10.00 Conmutadores con botellas o ampollas en vacío, sin interrupción de circulación de corriente
durante la conmutación, para una corriente nominal superior o igual a 100 A 2 2 0 10
8535.90.90.00 Los demás 16 16 010
9002.11.1 Para cámaras fotográcas, cinematográcas o para proyectores
9002.11.11.00 Para cámaras fotográcas 2BIT 2 0 10
9002.11.19.00 Los demás 16 16 010
9020.00.10.00 Máscaras antigás 2 2 0 10
Códigos a eliminar: 7505.22.00.00, 8535.90.00.00, 9002.11.10.00

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