Resolución S/n.- Modifícase la Resolución del MTOP de fecha 9 de enero de 2020

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Resolución S/n

Modifícase la Resolución del MTOP de fecha 9 de enero de 2020.

(2.646)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Montevideo, 10 de Julio de 2020

VISTO: el Acuerdo suscrito con fecha 15 de mayo de 2020 entre el Poder Ejecutivo y la empresa UPM, la Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 28 de mayo de 2020 y la necesidad de uniformizar criterios técnicos;

RESULTANDO:I) que por Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 9 de enero de 2020, se reglamentó la circulación de vehículos de seis ejes del tipo tractor con semirremolque de hasta 48 toneladas de peso bruto total, sujeta al cumplimiento de los requisitos técnicos y operacionales indicados en su Anexo I;

II) que las Direcciones Nacionales de Transporte y Vialidad han evaluado diferentes planteamientos del sector privado referentes específicamente a las tolerancias en las mediciones de pesos y distancias entre ejes extremos de los vehículos;

III) que puede existir variabilidad en los pesos registrados por las balanzas instaladas a bordo de los vehículos en función de que la carga puede realizarse en condiciones no adecuadas para lograr la mayor precisión de aquellos equipos;

IV) que un aumento en la distancia entre ejes extremos prescrita en la Resolución el Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 9 de enero de 2020, sin implicar una variación en los límites de pesos y en el largo total de los vehículos, permite a las empresas transportistas disponer de una mayor flexibilidad para el armado de este tipo de combinaciones de tractor con semirremolque, y no genera efectos perjudiciales sobre los puentes;

V) que debe garantizarse equidad a las empresas transportistas, en los controles efectuados en las estaciones de pesaje del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;

CONSIDERANDO: I) necesario proporcionar un marco de actuación fluido a todas las empresas por los beneficios que aparejan los movimientos comerciales en los intereses del País;

II) que las tolerancias máximas en el pesaje están previstas en el Decreto Nº 311/007 de fecha 3 de setiembre de 2007 y aplican a todos los vehículos convencionales de transporte de cargas, incluyendo los tractores con semirremolques de seis ejes que por sus características constructivas tienen un peso bruto total admisible de 45 toneladas;

III) que si bien los tractores con semirremolque de seis ejes habilitados para...

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