Sentencia Definitiva Nº 83/2025 de Juzgado Ldo.Civil 5º Tº, 18-08-2025

Fecha18 Agosto 2025
Tipo de procesoPROCESO CIVIL ORDINARIO

VISTO:
Para sentencia definitiva de segunda instancia, estas actuaciones caratuladas
“AA
c/ BB - TENENCIA.
RECURSO DE APELACIÓN. TAF 3°",
IUE 2-54953/2024, venidos a conocimiento de este Tribunal en apelación de la sentencia
definitiva No 3/2025 de fecha 3 de febrero 2025, dictada por la Dra.
A.B.C., Juez
Letrado de Primera Instancia de F.B. de 2° Turno.

RESULTANDO:
1.- Por la recurrida la A quo resolvió: "Amparase la demanda, otorgándose la tenencia de
CC a su padre el Sr.
AA.
Sin especial sanción procesal.

Consentida o ejecutoriada cúmplase.

Expídase testimonio, efectúese los desgloses que se solicitaren y previo corte de cuerda archívese.

Honorarios fictos 3 BPC.

N. a domicilio..”.-
2.- A fs. 132 y ss., compareció el representante de la parte demandada a interponer recurso de
apelación.

Manifestó que le agravia la atacada en tanto se funda básicamente en el interés superior del
menor y en las declaraciones de los testigos de la parte actora.
-
De la prueba recibida surge a su juicio, que la tenencia no la ejerce en exclusividad la parte
actora, sino en conjunto con los abuelos paternos y la madre y que no han existido
contradicciones entre lo que dicen los testigos y lo expresado en la contestación de la
demanda.

Entiende que la demanda debió ser desestimada ya que la parte actora no ejerce en
exclusividad la tenencia por lo que solicita se revoque la sentencia impugnada.
-
3.- Por providencia No 628/2025 de fecha 14 de marzo 2025, se confirió traslado del recurso, el
que fue evacuado conforme resulta de fs.
142 y ss. por la parte actora, quien abogó porque se
mantenga la sentencia recurrida.
-
4.- A fs. 149 y ss., compareció la Defensa del menor a evacuar el traslado, y solicitó que se
confirme la Sentencia de Primera Instancia.
-
5.- Por providencia No 1027/2025 de fecha 9 de abril de 2025, se franqueó la apelación (fs.
152).-
6.- Estas actuaciones fueron recibidas en el Tribunal el 6 de mayo 2025 (fs. 157).-
7.- Por providencia No 448/2025 de fecha 8 de mayo de 2025, se dispuso el pasaje a estudio de
las Sras.
Ministras por su orden, por lo que cumplido, se procede al dictado de sentencia.-
CONSIDERANDO:
1.- Partes y accionamiento.-
- El 17 de junio de 2024 compareció el Sr.
AA a promover juicio de
tenencia de su menor hijo CC, nacido el 5 de mayo de 2013 (fs.2),
contra la madre BB.
-
Expresó que mantuvo una relación con la demandada, fruto de la cual nació CC,
y que actualmente se encuentran separados.
Que desde la separación y durante un año o año
y medio, tenían un régimen de tenencia compartida, aportando el compareciente una pensión
alimenticia mensual determinada en el expediente IUE: 317-633/2021.
-
Agrega, que desde hace aproximadamente tres años CC vive con él, haciéndose cargo de
su cuidado y manutención.
Lo lleva diariamente a la escuela, concurre a las reuniones
escolares y de fútbol, sin dejar de abonar la pensión alimenticia.
Vive con su padres quienes lo
ayudan con el niño.
Que de los 30 días del mes, CC pasa unos 5 días con su madre.
Entiende que CC tiene derecho a ser oído.
Señala que esa parte intentó realizar el proceso
de ratificación de tenencia, el que fue clausurado ante la oposición de la madre, accionar que
califica de mal intencionado, ya que CC está mucho más tiempo con él, al igual que otro
hijo de la demandada, del cual él se hace cargo.
Que junto con la ratificación de tenencia
solicitó el cese de la pensión alimenticia que sirve, actuaciones que solicita se acordonen a
estas, atento que la resolución de lo presentes tiene relación con lo allí solicitado.
-
- A fs. 13 y ss., el 8 de agosto de 2024, comparece la Dra. L.A.I. y expresa que
los progenitores de CC se encuentran separados desde que el mismo tenía 4
años.
Que en los primeros años de la separación el menor pasaba tiempo con ambos padres,
pero desde hace 3 años CC vive con su padre.
El niño en la actualidad tiene 11 años,
asiste a la escuela N° DD EE y está en quinto año escolar.
Cuenta que a la
escuela lo lleva su padre, que la misma queda a pocas cuadras de la casa de este y que en
algunas oportunidades se encarga de llevarlo la pareja de su madre.
Manifiesta que juega al
fútbol en el club FF en categoría semillas y que va solo a las practicas porque le
queda a una cuadra de la casa del padre.
Cuando es consultado acerca de con quien vive
manifiesta que vive mas con su papá que con su mamá:
"me quedo la semana con papá y
cuando quiero ir con mamá le digo que me vaya a buscar.
Hay veces que me quedo 5 días con
papá y 2 con mamá"
." Otras veces me quedo 4 con mamá y 2 o 3 con papá". Aclara que han
sido pocas las veces en que se ha quedado más días con su madre, que se siente a gusto así.

Que desde los 8 o 9 años pasó a estar más con su padre.
Relata que su padre vive en la
misma casa que sus abuelos paternos pero que al fondo tiene como un apartamento con baño
y duermen ahí, pero comen y cocinan junto a sus abuelos con los cuales disfruta tiempo
también.

Consultado sobre cuanto hace que no ve a su madre, responde que la vio hace dos días atrás;
"hay días que salgo de la escuela y después me quedo a dormir con ella.” Agrega que ha
estado 4 o 5 días sin verla y que no recuerda haber pasado mucho tiempo sin tener contacto
con la misma, que le gusta quedarse con su madre, que tiene un hermano mayor por parte de
madre que vive con ella y que "
papá lo crio, a veces se va a la casa de papá. Se queda a
dormir uno o dos días".
Los cumpleaños casi siempre lo festeja con su padre: "cuando cumplí
11 lo festeje con mamá y papá por separado"
En cuanto a las consultas medicas cuenta que el
último control fue con su padre, que antes cuando vivía más tiempo con su madre era ella
quien se encargaba de llevarlo.
Menciona que últimamente ha compartido más tiempo con su
madre situación que se viene dando "
hace como 3 semanas o 2", ya que su padrastro y su
madre lo invitan a salir, que a veces van a pescar.

En referencia a ambos padres, recalca que pasa a gusto con ambos, o compartiendo
actividades en conjunto.
“Así me siento bien", y refiere que le gustaría tener una tenencia
compartida o alternada, pero que no está seguro
Entiende la Defensa que en base a lo manifestado por el niño, y en función del interés
primordial de este, es conveniente que el mismo siga bajo el cuidado diario de su progenitor
como se ha venido dando hasta ahora, por lo cual se sugiere se haga lugar a la demanda en
todos sus términos.
-
- La parte demandada quien sostiene que CC se queda con su padre un día a la semana,
que es ella o el abuelo quienes lo llevan a la escuela y al fútbol, que los $ 7.000 que recibe
como pensión alimenticia los invierte en su hijo y que el niño vive con ella en el domicilio
denunciado en la comparecencia.
Refiere que la Defensa del niño coadyuva con la parte actora
y que la opinión de CC no puede analizarse en forma descontextualizada, sino en
consonancia con los demás medios de prueba.
-
Solicita que en definitiva se rechace la demanda.
-
2.- Agravios.-
Los agravios refieren a que:
- la A quo valoró en forma errónea el interés superior del menor, que la tenencia no la ejerce en
exclusividad el padre, ya que tres días está con la madre y los cuatro restantes la tenencia la
ejercen los abuelos del menor.

- La sede sobre valoró las declaraciones de los testigos propuestos por la actora.

- entiende que la declaración del testigo no tiene porque coincidir con lo contestado y quien
lleva al menor a la escuela es totalmente irrelevante.
-
3.- La prueba.-
-Trasladada.-
Resultancias del acordonado IUE: 2-27180 “AA – RATIFICACIÓN DE TENENCIA”
Resultancias de testimonio de IUE: 317-64/2024 “AA C/ BB
CESE DE PENSIÓN ALIMENTICIA” (fs 64 a 92).
- Testimonial.-
GG (fs. 48), vecina del actor, conoce a la demandada.
Expresa que “ellos tienen un hijo en común llamado CC que tiene 11 años. CC vive con
el papá y el papá vive con sus dos padres.
Desde que nació CC vive con su padre.”
En cuanto a la demandada expresa la testigo que
“CC tiene vínculo con la madre pero no
un vínculo diario, convive más con el padre que con la madre.
Yo tengo una nena más grande
que CC y juegan juntos, y van al fútbol juntos.
CC va a la Escuela DD FF
de mañana, no se que asistencia médica tiene.
No se cual otra actividad realiza CC aparte
del fútbol.

Actualmente estoy cursando 34 semanas de embarazo y estoy en reposo por eso se que
CC está más con su padre, y he visto que la mamá de él lo ha ido a buscar.
No sabría decir
si CCl pernocta con la mamá porque siempre está en el barrio, y siempre juega con mi nena
y otro nene en el campito, siempre están ahí.
CC a la escuela va con el padre que es quien
lo lleva, yo me levanto a las 6.30 porque tengo que levantar a mi nene y entonces ya me quedo
levantada y lo veo por la ventana que el padre lo lleva a CC a la escuela porque vivimos
casas pegadas y a la práctica de fútbol va solo.”

Refiere que ve a CC todos los días con el padre, pero hace una semana que vio a la mamá
que lo fue a buscar a la casa del padre, que no ha visto ningún otro familiar de parte de la
demandada ir a buscar a CC, a quien ha visto es al otro hijo de la demandada que ha ido a
ver a CC porque van a jugar al campito.

Expresa que le parece que la demandada vive sola, que ve bien a CC con su padre y sus
abuelos, lo ve feliz, bien alimentado, bien vestido.

Agrega que “CC estuvo viviendo ahí donde vive ahora pero cuando los padres estaban
juntos vivían por calle HH y luego se separaron y para mi el niño vivió siempre con el papá
al lado de mi casa.
Incluso ella tuvo problemas de salud cuando ya estaban separados y los
dos dos nenes de ella vivieron con el actor, CC y JJ.
El actor se hizo cargo de su hijo
y del hijo de la Sra.
BB. No recuerdo cuanto hace que se separaron. El padre de CC
trabaja, siempre lo vi trabajando, vendía en la casa quinielas, hacia algunas changas y después
en el LL.
En el LL también estaba con el tema de las quinielas, raspadita y ahora creo
que sigue en lo mismo.
No sabría decir si tiene un horario de trabajo, a veces coincidíamos que
yo salia para mi trabajo y el también.
A las 8 lo veo llevar a CC a la escuela, y a...

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