Sentencia Definitiva Nº 17/2026 de Tribunal Apelaciones Penal 1º Tº, 24-04-2026
| Fecha | 24 Abril 2026 |
| Categoría | Abuso sexual |
| Tipo de proceso | PROCESO PENAL ORDINARIO |
| Materia | DERECHO PENAL |
Ministro redactor:
Dr. M.M.J.
VISTOS:
Para sentencia definitiva de segunda instancia, estos autos: AA: JUICIO POR LA PRESUNTA AUTORIA DE REITERADOS DELITOS DE ABUSO SEXUAL AGRAVADOS Y REITERADOS DELITOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA AGRAVADOS EN REITERACION REAL ENTRE SÍ. IUE: 2-37255/2023”; venidos a conocimiento de este Tribunal desde el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Las Piedras de 1º turno, en virtud del recurso interpuesto por la defensa del imputado D.. E.L.G., contra la sentencia definitiva N.º 203/2025 del 20 de octubre de 2025, dictada por la Sra. Jueza Letrada D.. S.M., con intervención de la Fiscalía Letrada Departamental de Las Piedras de 4º tuno, representada por la D.. C.G.P..
RESULTANDO:
I) La sentencia definitiva N.º 203/2025 del 20 de octubre de 2025 –en lo que atañe a la apelación deducida – falló condenando a AA como responsable en calidad de autor de reiterados delitos de abuso sexual agravados y un delito continuado de violencia doméstica agravado, en régimen de reiteración real entre sí; imponiéndole una pena de siete (7) años y diez (10) meses de penitenciaría, con descuento del tiempo de duración de la medida cautelar oportunamente dispuesta y cumplida en caso de corresponder, y poniendo a su cargo las prestaciones legales accesorias del art. 105, literales d) y e) del Código Penal.
II) La D.. E.L.G. – por el acusado – deduce apelación a fs. 302 y expresa agravios en cuanto no se tuvo presente que el acusado – AA – sufre una incapacidad congénita reconocida por el BPS y problemas de aprendizaje que lo colocan en una situación de especial vulnerabilidad.
La defensa sostiene que esta condición fue sistemáticamente aprovechada por BB, su expareja, quien entre 2014 y 2023 presentó reiteradas denuncias que luego retiró, utilizándolas como mecanismo de control y represalia. Afirma que la denuncia más reciente, en la que también intervino la hija CC, fue motivada por el hecho de que el acusado comenzó una nueva relación sentimental en 2020, contrayendo matrimonio en 2024, por lo que obedece a un ánimo de venganza.
En cuanto a los hechos denunciados, el acusado niega categóricamente haber ejercido violencia física o abuso sexual contra su hija, señalando que los relatos de esta presentan contradicciones y cambios de narrativa a lo largo del proceso, y que en las fechas indicadas, él no residía en el domicilio familiar porque tenía medidas de restricción. Los testigos aportados por la defensa, amigos, vecinos y familiares que lo conocen desde hace años, lo describen como un padre dedicado y trabajador, y coinciden en que era quien asumía el cuidado cotidiano de los hijos mientras BB descuidaba sus responsabilidades.
La defensa controvierte además la valoración probatoria realizada por la jueza de primera instancia, quien habría minimizado los testimonios de descargo y privilegiado los de fiscalía; durante la audiencia BB declaró oculta por un biombo, lo que se interpreta como un indicador de falta de credibilidad, y en tal sentido, la apelación señala que los abusos sexuales que habría sufrido la madre BB fueron anteriores a la relación con el acusado, que es ajeno a ellos.
Por otra parte, en la apelación se niega la existencia de violencia doméstica, indicando que los hechos relatados – e.g. impedirle salir con un short roto – no constituyen violencia y las denuncias, además, fueron archivadas.
Finalmente, la apelante solicita al Tribunal de Alzada que revoque la impugnada, o en su defecto, abata la pena.
También solicita el diligenciamiento de prueba consistente en una pericia psiquiátrica y psicológica a través del ITF, oficio al BPS e incorpore como prueba superviniente la partida de matrimonio y su historia laboral, todo ello en garantía del debido proceso y del principio de igualdad de las partes.
III) La D.. C.G.P. – por fiscalía – evacua el traslado y aboga por la confirmatoria (fs. 340).
En primer lugar, la fiscalía señala que la defensa apeló la sentencia de condena sin fundamentar adecuadamente sus agravios, limitándose a menciones genéricas sin señalar errores concretos de la resolución, lo que implica un incumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso.
La impugnante además intenta introducir prueba nueva de forma extemporánea – y además inconducente, como los oficios al BPS – cuestiona la credibilidad de los testimonios por haberse declarado con protección (biombo), y sugerir que las denuncias respondían a una venganza personal de la madre, argumentos que la fiscalía rebate uno a uno señalando que contradicen los hechos probados y la normativa vigente.
En efecto, el archivo de la denuncia quedó sin efecto porque se hizo lugar al reexamen. En cuanto a la declaración de la víctima sin confrontar al acusado, es un derecho de aquella – cita normativa – y al contrario de lo argumentado por la defensa, lejos de implicar algún tipo de indefensión, la declaración se hizo en forma garantista: pudiendo haberse tomado como prueba anticipada, se optó en cambio, por permitir su declaración en juicio oral.
Del ánimo de venganza no hay prueba y está demostrado que el acusado convivía con las víctimas, tanto por las fechas de la denuncia, como por el hecho de que se incumplieron las medidas, lo que se explica por el fenómeno del ciclo de la violencia que sufren las víctimas en estos casos. La declaración de la niña es consistente, más allá que existan mínimas divergencias que no afectan la veracidad del relato.
La prueba hay que analizarla en su conjunto – no dividiéndola artificialmente como propone la apelante – y en cuanto a los testigos de la defensa, sus testimonios fueron valorados por la sentenciante, teniendo presente la calidad de sospechosos por mantener vínculo cercano con el imputado.
Fiscalía culmina la contestación dando las razones por las cuales no debe accederse a la prueba solicitada, y en definitiva pide la confirmación de la impugnada.
IV) Por providencia 1926/2025, se franquea el recurso de apelación con efecto suspensivo.
Recibidos los autos, pasan a estudio de los Sres. Ministros por su orden, y culminado, se dicta la presente.
CONSIDERANDO:
I) El Tribunal, por unanimidad, habrá de confirmar la sentencia atacada – salvo en cuanto a la pena – por los fundamentos siguientes.
II) Los hechos que la sentencia tuvo por probados consisten en que la familia compuesta por BB y sus hijos CC e EE, sufrió durante años situaciones de violencia doméstica en múltiples formas, con la primera denuncia registrada en 2014.
A pesar de que se impusieron medidas cautelares en reiteradas ocasiones, estas no siempre se cumplieron, y la familia terminó retomando la convivencia con el agresor, AA.
En 2021, la situación derivó en que quedaran en situación de calle, siendo derivados por el MIDES al Hogar La Pilarica.
Una vez allí, CC manifestó a una educadora su temor de que su padre retomara el contacto con la familia, revelando además que su madre había reanudado la comunicación con él y que ya conocía la dirección del hogar. En ese contexto, CC relató haber sido víctima de abuso sexual por parte de su padre durante el tiempo en que convivieron: describió episodios en los que él le tocaba sus genitales por debajo de la ropa y en otra ocasión le tocó los senos mientras ella estaba semidormida. Estos abusos habrían comenzado cuando CC tenía aproximadamente diez años y se repitieron de forma sostenida hasta que dejaron de convivir.
Este develamiento dio origen a la denuncia formal y a la derivación de los menores a la ONG El Paso, cuyas técnicas comprobaron que los tres integrantes del núcleo familiar habían sido víctimas de violencia intrafamiliar crónica, que incluía maltrato físico, psicológico, económico y patrimonial. Entre los indicadores de daño identificados se destacaron lesiones autoinfligidas, ideas de muerte y miedo hacia el progenitor.
Las profesionales – además – señalaron como elemento indicador específico del abuso sexual el relato coherente y consistente de CC.
III) Prueba en segunda instancia: Al apelar, la defensa pide como prueba la pericia psiquiátrica y psicológica de su defendido, que se oficie al BPS para que informe su estado de incapacidad congénita, y acompaña con su escrito la historia laboral nominada de AA. Anuncia también testimonio de partida de matrimonio con DD pero no luce agregado.
Se funda el derecho en las medidas para mejor proveer previstas en el art. 271.8 CPP, el que señala en resumen que el tribunal podrá disponer, durante el plazo para dictar sentencia, diligencias para mejor proveer. (…) El tribunal de segunda instancia, si considera que mediante dicha prueba se ha alterado gravemente el principio de igualdad de las partes en el proceso, podrá disponer las medidas complementarias que entienda adecuadas para asegurar el respeto del derecho de defensa en juicio. Las diligencias para mejor proveer solo pueden tener como objeto hechos alegados y controvertidos por las partes.
La referencia a que las medidas deben tomarse en el plazo para dictar sentencia, que solo pueden tener como objeto los hechos alegados y controvertidos por las partes, y en especial, la mención del tribunal de segunda instancia, indica que se trata de una potestad probatoria excepcional que solo puede ser adoptada por el tribunal A quo, nunca durante el trámite de la apelación.
No obstante, realizando una interpretación favorable al derecho a la prueba, la Sala analizará la petición como si se tratara de la solicitud de prueba en segunda instancia (367 CPP).
El artículo vigente – cuya redacción proviene de la ley 19.549 – limita dicha posibilidad a las situaciones previstas en el art. 253.2 CGP; esto es: documentos posteriores a la conclusión de la causa – o cuya existencia se haya conocido con posterioridad – y la prueba de hechos nuevos.
Ahora bien. La prueba solicitada está dirigida a demostrar que el imputado tendría cierto grado de inimputabilidad por su condición...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.